¿Qué hacer ante un accidente de tráfico sin carnet?
¿Eres tú quien circula sin carnet?
¿Qué ocurre si eres ocupante de un vehículo cuyo conductor no tiene carnet?
¿Y si eres un tercero perjudicado, cómo te afecta?
¿Es igual circular sin carnet que hacerlo con este documento caducado?
Todas estas dudas son muy habituales en cualquier accidente de tráfico, y en muchas ocasiones la víctima no sabe si va a poder cobrar una indemnización.
Básicamente, porque existe la creencia errónea de que viajar con un conductor sin carnet significa perder los derechos como víctima.
Pero, además, si tú eres el conductor que circula sin carnet y tienes la mala suerte de provocar el accidente, tu responsabilidad es mayor y puedes enfrentarte incluso a consecuencias penales.
Seas conductor o seas ocupante, las aseguradoras no van a ayudarte en supuestos así, y en todos los casos vas a necesitar la ayuda de un abogado experto en accidentes de tráfico.
Si te ha pasado algo así en Abogados Lesiones podemos ayudarte, tanto si eres conductor como si eres ocupante, en la defensa de tus intereses en caso de siniestro.
Accidente de tráfico sin carnet: la parte legal y sus consecuencias
Estamos seguros de que todo el mundo sabe que no puede conducirse sin carnet.
En España la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial indica que es obligatorio sacarse el carnet de conducir para circular con cualquier vehículo o con un ciclomotor.

Hay varios tipos de carnet con sus propios requisitos según el tipo de vehículo que vayas a conducir, pero todos ellos tienen como finalidad determinar que eres apto para manejar un vehículo, sea de la clase que sea.
Pero, además, no basta con tener el carnet, sino que hay que renovarlo cada cierto tiempo, y debes estar pendiente para evitar que se te pase el plazo, porque no siempre vas a recibir un aviso de la DGT.
¿Qué casos pueden darse cuando se circula sin carnet?
Pueden darse varias situaciones distintas:
➡️Que no tengas carnet sin más, es decir, que nunca te lo hayas sacado.
➡️Tenías carnet, pero has perdido todos los puntos, que te han ido quitando al imponerte sucesivas sanciones: por ejemplo, multas por exceso de velocidad, o por circular hablando por el móvil.
➡️Te han quitado el carnet por resolución judicial en un procedimiento penal, como puede ser por circular bajo los efectos del alcohol, o por exceso de velocidad, entre otros.
Importante: a todos los efectos, estas situaciones te colocan en la misma posición en relación con la responsabilidad que te tocará asumir.
Renovar tu carnet de conducir: el trámite que debes tener siempre controlado
Aunque parezca mentira, las estadísticas indican que como mínimo hay uno de cada 10 conductores en nuestro país que circula con el carnet caducado, y lo que es peor, que en la mayoría de los casos es por despiste.
Ahora bien, da igual que te haya caducado hace 10 días que hace 6 meses, porque la sanción te va a caer igual.
Los plazos para renovar el carnet varían dependiendo del tipo de permiso que necesitas: no es igual conducir un vehículo particular, que ser conductor de una moto, de camiones o de un autobús público.
Puedes renovar el carnet hasta tres meses antes de que caduque, con los plazos siguientes:
➡️Para los permisos de ciclomotores, motos y el carnet B tienes que renovarlo cada 10 años hasta cumplir los 65 años, y a partir de ese momento se renueva cada 5 años.
➡️Para los permisos de conductores profesionales la renovación es cada 5 años hasta que cumplas los 65 años, y a partir de ese momento renuevas cada 3 años.

Es importante que sepas que si no renuevas tu carnet no significa que lo pierdas, es decir, sigues disponiendo del documento, pero NO está en vigor, y eso conlleva consecuencias.
También debes recordar que el carnet tienes que llevarlo siempre encima cuando circules, bien físicamente o bien a través de la aplicación móvil gratuita de la DGT para llevar tu permiso de conducción en formato digital en tu móvil (miDGT).
¿Qué ocurre si te lo piden y no lo llevas encima?
Te expones a una sanción de 100 euros, lo mismo que si tus datos no están actualizados (por ejemplo, has cambiado de domicilio), en cuyo caso te pueden multar con 80 euros.
Cuidado también si circulas en una moto con cilindrada mayor que la que tienes autorizada en el carnet, porque te expones a una multa de 500 € y perder 4 puntos.
¿Es lo mismo circular sin tener el carnet de conducir que hacerlo con el documento caducado?
Esta duda es muy habitual y provoca mucha confusión, porque lo normal es pensar que, en uno u otro caso, lo único que puede pasar es que te pongan una multa y ya está.
Pues bien, NO es lo mismo.
Ambas situaciones son diferentes y tienen consecuencias diferentes.
✔ ¿Qué pasa si circulas con el carnet de conducir caducado?
En este caso dispones del documento, pero no está en vigor.
Si es tu caso, se considera infracción grave y te van a imponer una multa de 200 euros sin pérdida de puntos, pero, además, puede llegar a considerarse delito según el caso.
✔ ¿Qué ocurre si circulas sin haber tenido nunca carnet de conducir?
En este caso estás cometiendo directamente un delito tipificado en al artículo 384 del Código Penal.

Lo que se está castigando con este delito es el riesgo en la conducción que estás creando para ti y pare el resto de usuarios de la vía al no disponer del permiso obligatorio para circular.
OJO porque es muy habitual intentar justificar estas conductas con excusas como “aunque no tengo carnet sé conducir muy bien”, “tengo el teórico y estoy recibiendo clases en la autoescuela” o “el copiloto que va conmigo SÍ tiene carnet, aunque yo no lo tenga”.
Ninguna de estas justificaciones te va a servir para evitar un procedimiento penal por el delito de circular sin carnet de conducir.
Y todo ello sin hablar de que tengas la mala suerte de verte involucrado en un accidente de tráfico, porque entonces las consecuencias tanto penales como civiles son mucho más graves para ti.
Recuerda bien esto: te vas a enfrentar a una sanción y a las responsabilidades que correspondan tanto si conduces sin haber tenido nunca carnet como si lo haces habiendo perdido todos los puntos.
Si estás en alguna de estas situaciones nuestra recomendación es que contactes de inmediato con un abogado de Derecho Penal experto en delitos contra la Seguridad Vial para que te ayude en el proceso penal.
Accidente de tráfico sin carnet: qué pasa cuando tú eres el conductor
En el escenario de un accidente donde alguno de los conductores involucrados circula sin carnet las cosas se ponen mucho más complicadas.
Lógicamente la posición no es la misma si eres conductor que si eres ocupante.
Pero de cara a las compañías de seguros, tienes un problema importante por las consecuencias que conlleva esta conducta, tanto legales como en tu relación con la aseguradora.
Qué hacen las aseguradoras ante un accidente de tráfico sin carnet
Cuando provocas un accidente de tráfico circulando sin carnet, el riesgo en la conducción se transforma en un siniestro real donde hay daños y puede haber víctimas con lesiones.
Para las compañías de seguros estas conductas son casi lo mismo de graves que si circulas habiendo consumido alcohol o drogas.
Esto significa que van a analizar con lupa estos accidentes y van tomar cartas en el asunto… y siempre va a suponer un perjuicio para ti.

Tu gran problema es que muy probablemente la compañía de seguros no te cubra los daños propios y a terceros, seas o no culpable del siniestro, solo por no tener carnet o tenerlo caducado.
Esto significa que tendrías que hacerte cargo:
➯De la reparación de los daños materiales de tu vehículo y del contrario (incluyendo el pago de un siniestro si se diera el caso).
➯Del pago de las indemnizaciones en concepto de daños personales a los perjudicados, incluyendo gastos médicos y lo que resultara necesario para las víctimas.
Todo ello sin hablar de las multas y el posible delito contra la Seguridad Vial con las consecuencias que ya te hemos comentado y que también tendrías que asumir.
Consecuencias penales como conductor culpable de un accidente circulando sin carnet
Este es el peor escenario que podría producirse, porque estás cometiendo el delito del artículo 384 del Código Penal con todo lo que conlleva.
De momento, los agentes de la autoridad van a inmovilizar tu vehículo y a detenerte.
Te vas a enfrentar a un proceso penal por delito, lo que puede suponerte multa de 12 a 24 meses, con pena de prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Ahora bien, te pueden imponer una de esas tres penas, nunca las tres juntas.
¿Qué va a tener en cuenta el Juez a la hora de graduar tu pena?
Básicamente valorará la gravedad de la conducta, los daños causados, si eres reincidente, o si tienes antecedentes penales.
A todo ello tendrás que añadir la responsabilidad civil, porque tu aseguradora pagará las indemnizaciones a las víctimas, pero luego ejercerá el derecho de repetición reclamándote todas las cantidades pagadas.
Nuestro consejo es que cuanto antes busques ayuda legal y aproveches las ventajas de contratar un abogado particular experto en accidentes de tráfico que pueda asesorarte: recuerda que lo necesitas por Ley en el procedimiento penal.
Accidente de tráfico sin carnet: qué pasa cuando tú eres la víctima
Las víctimas de un siniestro donde uno de los conductores circula sin carnet muchas veces no saben si van a poder reclamar una indemnización por los daños sufridos y cómo hacerlo.
Es algo parecido a lo que ocurre cuando el responsable es, por ejemplo, un vehículo que se da a la fuga, y que te deja sin tener ni idea de cómo proceder después ni a quién reclamar.
Sin embargo, los ocupantes tienen una particularidad, y es que no son responsables de la conducción porque no intervienen en ella, son elementos “pasivos”.
Esto significa que si sufren daños en un siniestro tienen derecho a reclamar los perjuicios sufridos, al margen de quién sea responsable o en qué circunstancias.

Lo único que ocurre es que necesitan asesoramiento legal para saber cómo enfocar esa reclamación y a quién dirigirla.
En este sentido te da lo mismo como víctima que el responsable circule sin carnet de conducir, con el carnet caducado, o que esté sin permiso de conducción por haber perdido todos los puntos o por sentencia judicial.
Tu punto de partida debe ser la tranquilidad de que, de una u otra forma, vas a poder reclamar y que la aseguradora del responsable va a indemnizarte los daños y perjuicios sufridos.
Esto significa que la aseguradora tiene obligación de pagarte la indemnización que te corresponda, sin poder alegar como excusa para no pagarte que el conductor de turno circulaba sin carnet.
Si eres ocupante del vehículo conducido por alguien sin carnet
Si se da esta situación no debes preocuparte porque puedes reclamar al margen de ser ocupante del vehículo cuyo conductor circula sin el permiso de conducir.
En este caso debes dirigir la reclamación a la aseguradora de dicho vehículo, que es quien tiene que pagar tus daños y perjuicios.
Y tiene que hacerlo pese a que su asegurado sea la persona que conducía sin carnet, porque eso a ti no te afecta.

Dicho de otro modo, el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro impide a la aseguradora repercutir en ti, que eres ocupante, la causa de oposición a la cobertura que tiene con su asegurado, como es circular sin carnet.
¿Qué daños puedes reclamar?
Por un lado, tus lesiones, es decir, los daños personales.
Esto incluye el tiempo que hayas tardado en curar desde el accidente hasta tu alta médica y tus secuelas, tanto las funcionales como las estéticas.
Si el accidente es grave y tus lesiones son severas, el Baremo de Tráfico recoge una serie de factores de corrección que se te aplican en función de los daños sufridos.
Como víctima, no vas a saber qué factores puedes reclamar ni cómo se calcula tu indemnización, y si no lo sabes lo más probable es que pierdas dinero, no lo olvides.
Por eso es fundamental que tengas asesoramiento legal de abogados especialistas en accidentes de tráfico, incluso también porque la aseguradora es probable que no quiera pagarte utilizando la excusa del conductor sin carnet.
Por otro lado, reclamas daños materiales si los has tenido, por ejemplo, si se te dañan unas gafas, un móvil, equipaje, y otros bienes u objetos.
Por último, reclamas el perjuicio patrimonial, que comprende el lucro cesante y el daño emergente:
➡️El lucro es cualquier perjuicio económico que hayas tenido a causa del siniestro, por ejemplo, un descenso en tu nómina porque tuviste que coger baja laboral por el accidente.
➡️El daño emergente es cualquier gasto que hayas tenido que pagar derivado del siniestro, por ejemplo, unas pruebas médicas o rehabilitación.
Si eres un tercero perjudicado conductor u ocupante
Otra de las situaciones habituales es que te encuentres, “sin comerlo ni beberlo”, en medio de un accidente donde el contrario circulaba sin permiso de conducción.
En este caso tampoco hay problema, seas el conductor o el ocupante del vehículo perjudicado.
En ambos supuestos puedes reclamar la indemnización que te corresponda al seguro del vehículo responsable.
Y lo mismo que en el caso anterior, la aseguradora contraria NO puede negarte el pago alegando que su asegurado conducía sin carnet, porque a ti tampoco te afecta.
Al igual que en el caso anterior puedes reclamar daños materiales, personales y el perjuicio patrimonial.
Y de la misma forma, necesitarás asesoramiento legal para evitar problemas con la compañía y para calcular tu indemnización por los daños sufridos.
Si eres víctima No culpable de un accidente, pero circulabas sin carnet
Vamos por el tercer caso, y es el supuesto donde circulas sin carnet, y un tercero provoca el accidente de tráfico.
Imagina que al lugar acuden los agentes de la autoridad y cuando te piden la documentación resulta que tú no tienes carnet de conducir.
Pues bien, en este caso tú eres la víctima y desde ese punto de vista puedes reclamar la indemnización que te corresponda, porque circular sin carnet NO significa que seas culpable.

Ahora bien, eso no impide que te impongan la condena que corresponda si te imputan el delito del artículo 384 del Código Penal por circular sin el permiso de conducir.
Se daría en este caso la paradoja de que te condenen penalmente, pero a la vez te indemnice la aseguradora del vehículo responsable del accidente.
No obstante, mucho cuidado en estos casos, porque te puede pasar que la compañía del contrario pretenda responsabilizarte aprovechando que circulas sin carnet.
Mucho ojo porque hay muchos siniestros controvertidos y si se da el caso, puedes encontrarte muchos problemas con la aseguradora sin ser culpable del accidente.
Sea como sea tu caso, conductor u ocupante, vas a necesitar siempre ayuda legal especializada.
¿Te has visto en una situación de este tipo?
¿La aseguradora te pone pegas porque circulabas sin carnet, aunque no seas culpable?
¿Te han imputado el delito del artículo 384 del Código Penal y necesitas asesoramiento legal para defender tus intereses?
Queremos y podemos ayudarte porque somos abogados expertos en accidentes de tráfico.
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