Cuando tienes un accidente con un vehículo de tu empresa es normal que te surjan dudas a la hora de saber si puedes reclamar una indemnización igual que si lo tienes con tu propio coche.
Muchos trabajadores utilizan a diario el vehículo de empresa para desarrollar su actividad profesional.
Si eres uno de ellos, ya sabes que estás expuesto a sufrir un accidente de tráfico en cualquier momento.
Y empiezan las preguntas:
✔️ ¿A quién tengo que avisar?
✔️ ¿Tengo alguna responsabilidad si yo he causado el accidente?
✔️ ¿Cómo reclamo las lesiones que he tenido?
✔️ ¿Me ayuda la empresa a reclamar el accidente?
✔️ ¿Siendo accidente laboral quién me atiende para tratar mis lesiones?
Esto es solo el principio.
Hay una parte de la reclamación por accidente con vehículo de empresa que no varía igual que en cualquier otro siniestro: los conflictos para determinar la responsabilidad y la valoración que te vaya a hacer la aseguradora de los perjuicios que tiene que pagarte (lesiones y daños).
No te recomendamos gestionar el accidente por tu cuenta, y mucho menos que te ayude un abogado que no conoce cómo funcionan las compañías de seguros, ni el Baremo, ni los problemas que te van a surgir en tu reclamación.
De la misma forma que acudes a un abogado de laboral si te han despedido o a uno de familia si quieres divorciarte, cuando sufres un siniestro tienes que asesorarte con un abogado especialista en accidentes de tráfico.
Aunque la compañía te reconozca la culpa.
Aunque tus lesiones no sean graves.
Sea como sea tu accidente, en Abogados Lesiones podemos ayudarte.
Los accidentes con vehículos de empresa son cada vez más habituales: el accidente laboral
Si tienes un vehículo de empresa para trabajar es probable que te desplaces a menudo por motivos profesionales.

En determinadas profesiones, por ejemplo, si eres comercial y visitas a tus clientes, o tienes un alto cargo y necesitas acudir a muchas reuniones fuera de tu lugar de trabajo, lo normal es que tengas que moverte con el coche tanto en ciudad como por carretera.
Lo mismo ocurre si, por ejemplo, eres conductor de un vehículo VTC, un visitador médico, o un conductor de camiones.
El problema de estos siniestros no es solo que el vehículo de empresa no es tuyo.
Cuando tienes un accidente con vehículo de empresa estás trabajando, y, por tanto, tu siniestro es laboral.
✔️ Esto significa, lo primero, que te va a atender tu mutua laboral, con los problemas que conlleva porque las mutuas del trabajo quieren darte el alta lo antes posible.
Y eso te perjudica.
No es la primera vez que un lesionado no está recuperado del todo de sus daños y la mutua laboral decide darle el alta antes de tiempo para que se incorpore a trabajar.
Ahí ya necesitas que te asesore un abogado, porque tienes derecho a recibir rehabilitación a través del seguro del coche y según qué centro elijas, es más fácil que recibas el tratamiento completo que necesitas.
Pero eso a las mutuas laborales no les gusta, porque no controlan tu recuperación.
Es posible gestionar estos inconvenientes con ayuda legal, que puedas hacer la rehabilitación en un centro concertado con las compañías, y que la mutua laboral te supervise.
Pero tienes que saber cómo hacerlo bien desde el principio.
✔️ Lo segundo, como las mutuas laborales quieren que te pongas bien cuanto antes, es muy difícil que te pongan en el informe médico de alta que te quedan secuelas.

Aunque las tengas, pondrán que NO las tienes porque así no se pillan los dedos con una posible recaída.
Y eso también te perjudica, porque si tienes secuelas te tienen que indemnizar por ellas, pero si no constan en los documentos médicos de la mutua laboral, ninguna compañía de seguros querrá pagártelas.
A todo ello hay que añadir las particularidades de los distintos tipos de accidentes que puedes tener con un vehículo de empresa:
- In itinere (cuando te ocurren en el trayecto de casa al trabajo o viceversa)
- En misión (cuando te ocurren en un desplazamiento cuando tienes que cumplir un encargo de tu empresa, como una reunión de trabajo fuera de tu ciudad).
- Como conductor profesional (usas el vehículo de empresa habitualmente, por ejemplo, si eres transportista).
Cada uno de ellos tiene sus propias particularidades, por eso es importante que te asesores legalmente con un abogado especialista antes de meterte en reclamaciones a la aseguradora de turno.
Los problemas más habituales en un accidente con vehículo de empresa
Puede parecer que si tienes un siniestro con vehículo de empresa será más fácil reclamar porque, salvo que seas culpable, no tienes que ocuparte del arreglo de los daños materiales, sino solo de tus lesiones.
Esto no es así.
De hecho, los daños materiales que hayas tenido con tu vehículo de empresa también influyen en tu reclamación.
En todos estos años ayudando a víctimas de todo tipo de siniestros, hemos comprobado cuáles son los problemas más habituales cuando tienes un accidente con coche de empresa.
Y sabemos que, si no actúas con rapidez, puedes quedarte sin indemnización.
No te quedas con los datos del vehículo responsable
Imagina que tienes el accidente, y rellenáis un parte amistoso ambas partes, o el contrario te facilita los datos del mismo.
Tú comunicas el siniestro a tu empresa y les facilitas todos los datos del siniestro.
Y no te quedas con ellos.

Por el motivo que sea la empresa se ocupa de tramitar el siniestro obviando que tú también los necesitas para reclamar las lesiones, y cuando pides los datos para reclamar tus lesiones no te los dan.
Esto, que puede parecer una tontería, no lo es, y de hecho nos hemos encontrado más de un caso así.
Si no conservas la información del accidente, no puedes reclamar a la compañía del responsable.
Y peor se pone la cosa si encima te discuten la culpa.
Hay empresas que por tema de gestión interna no quieren que sus empleados conserven la información del accidente.
Hay perjudicados que toman los datos e incluso fotos del siniestro con el móvil de la empresa, y cuando lo entregan en el trabajo porque se lo piden, por ejemplo, si van a estar de baja por las lesiones sufridas, se quedan sin prueba alguna de la existencia del siniestro.
Estas situaciones pueden complicarte mucho la reclamación de tus daños personales.
Por eso siempre recomendamos que, aunque tu accidente haya sido con vehículo de empresa, actúes como si lo hubieras tenido con un vehículo propio:
✔️Conserves toda la información del mismo (datos del contrario, aseguradora, matrícula, modelo de vehículo…)
✔️Saques fotos de los vehículos implicados y del parte amistoso, si es que lo rellenáis, incluyendo en la casilla correspondiente que ha habido víctimas, aunque tus lesiones sean leves.
✔️Recabes datos de testigos presenciales si los hay, por si tienes problemas con la culpa.
✔️Llames a la Policía o Guardia Civil a la menor pega que te ponga el contrario para reconocer su culpa.
✔️Acudas siempre, aunque tengas lesiones leves, al Hospital más cercano para que te den un primer diagnóstico de tus daños, y en cualquier caso antes de que pasen 72 horas desde el siniestro.
✔️Contactes cuanto antes con un abogado especialista en accidentes de coche.
No puedes acreditar los daños materiales y te deniegan la indemnización por el artículo 135 del Baremo de Tráfico
Otro error muy habitual en un accidente con vehículo de empresa es despreocuparte de los daños materiales que ha sufrido el coche porque no es cosa tuya repararlo.
Aunque tú no vayas a reclamar la indemnización por daños materiales (lo va a hacer tu empresa), la mayor o menor gravedad de esos daños influye, y mucho, en tu reclamación.

Si eres habitual lector de nuestro blog sabrás la problemática que actualmente tienen las víctimas de accidentes con lesiones leves (y a veces menos leves) cuyos daños materiales son escasos.
El famoso artículo 135 del Baremo de Tráfico es un obstáculo muy habitual para muchos lesionados que ven cómo las aseguradoras se niegan a indemnizarles porque los daños materiales son de escasa entidad.
El “culpable” de todo esto es el famoso criterio de “intensidad” recogido en ese artículo, enemigo de la mayoría de las víctimas de un siniestro.
El artículo en cuestión indica que para poder pagarte lesiones en accidentes leves los daños materiales de tu vehículo tienen que superar una determinada cuantía, que oscila entre 400 y 800 euros dependiendo de cada compañía de seguros.
Sin embargo, estos casos se están ganando en los Tribunales si tienes buen asesoramiento legal, pero para ello tienes que conocer el alcance de esos daños materiales:
➡️ Sacar fotos no solo de tu coche de empresa, sino también del contrario, puede ayudarte a demostrar que el golpe no fue tan “leve” como quieren hacerte creer.
➡️ Cuanto antes comiences la rehabilitación mejor, para ganar tiempo en lo que se gestiona el peritaje del coche de empresa, y si es posible, acude a una clínica “de las buenas” concertada con las aseguradoras (tu abogado te explicará por qué no debes ir a una que se lleve muy bien con las aseguradoras).
De esta forma evitas que la aseguradora pueda rechazar hacerse cargo de tu rehabilitación a través del Convenio UNESPA, que resulta gratuita para ti, alegando que los daños materiales son escasos por aplicación del criterio de intensidad.
Si te es posible y te lo facilitan, intenta hacerte con una copia de la peritación o de la factura de reparación del vehículo de empresa.
¿Y si eres culpable y has causado daños en el accidente con tu vehículo de empresa?
Puede que te estés preguntando qué ocurre con los daños en el vehículo de empresa si eres tú el culpable del siniestro.
Seguro que ya sabes que solo puedes reclamar indemnización cuando no eres el culpable exclusivo del accidente.
Hasta ahí, todo claro.
Pero si has sido culpable… ¿puede tu empresa reclamarte los daños que has provocado en su vehículo?

En términos generales, la empresa podría reclamarte si has provocado el accidente cometiendo una negligencia o con culpa grave en el ejercicio de tus funciones.
Por ejemplo, circulabas bajo los efectos del alcohol (aquí la cosa es más grave aún porque cometes un delito contra la Seguridad Vial y te puedes enfrentar a pena de cárcel y a tener que pagar todos los daños causados a terceros).
O circulabas hablando por el teléfono móvil y provocas un siniestro porque te saltas un Ceda el paso o un Stop.
En resumen, la empresa puede reclamarte daños o perjuicios cuando hayas tenido una conducta dolosa o culpa grave a la hora de provocar el accidente.
En cualquier caso, cada accidente es diferente, y puede haber una culpa compartida, o versiones contradictorias, que te perjudique tanto con la empresa como a la hora de reclamar tu indemnización.
No dejes de asesorarte con un abogado especialista en accidentes y cuanto antes, mucho mejor, para evitar problemas.
¿Qué indemnización pedir en un accidente con vehículo de empresa?
Dejando de lado la reclamación de daños materiales, que en principio no te afectan salvo por lo que ya hemos comentado y los tramita tu empresa, tú reclamarías en el accidente los daños personales y el prejuicio patrimonial.
Estos dos conceptos se reclaman igual que si tienes el siniestro con un vehículo que es tuyo.
Un breve apunte sobre los “otros” daños materiales que puedes reclamar
Imagínate que acudes con tu vehículo de empresa a una reunión de trabajo, y llevas en el coche tu ordenador y tu móvil personales.
Tienes al accidente y ambos aparatos resultan dañados.

Tienes derecho a reclamar su reparación porque son objetos tuyos que portabas en el momento del siniestro en el vehículo.
Para hacerlo vas a necesitar fotografías de ambos y presupuestos de reparación o facturas de arreglo para reclamar su importe.
Lo mismo ocurriría con cualquier otro objeto tuyo que llevaras en el vehículo de empresa y resulte dañado, por ejemplo, unas gafas de sol o de ver.
Los daños personales: igual que cualquier otro siniestro
La reclamación de los daños personales funciona igual que en un accidente con vehículo propio.
Lo que tienes que tener en cuenta aquí es que las compañías de seguros van a tender a minimizar tus daños para pagarte lo menos posible de indemnización.
Y puedes encontrarte con se nieguen a pagarte si la culpa no es clara o los daños materiales son escasos, como hemos visto.
¿Qué reclamas como daños personales en un accidente con vehículo de empresa?
✔️ Primero, el tiempo que has tardado en curarte, desde que tuviste el siniestro hasta que te dan el alta médica.
Recuerda que si tienes baja laboral los días se pagan más que si no has cogido la baja y compaginas el trabajo con la asistencia a rehabilitación (por ejemplo, si tus lesiones han sido más leves).
El perjuicio se clasifica en básico y particular, que a su vez se subdivide en moderado, grave y muy grave, dependiendo de si has requerido días de ingreso en la UCI, hospital, baja laboral o tiempo de reposo, y se paga una cantidad por cada día que varía en función de esas circunstancias.
Si no conoces el Baremo de Tráfico ni lo has manejado nunca, te vas a hacer un lío para interpretarlo y no vas a saber calcular tu indemnización por días o si la oferta que te hace la compañía está correcta.
Por eso te recomendamos siempre que busques ayuda legal lo antes posible.
✔️ Segundo, reclamas las secuelas que te han quedado después de recibir el alta médica.

Pueden ser funcionales, como un dolor residual o una limitación de movilidad, o estéticas (cicatrices, quemaduras y otros) y se calculan por separado.
Las secuelas se valoran por puntos, en función de su gravedad y de tu edad en el momento del accidente.
El problema que vas a tener aquí es que las aseguradoras reconocen pocas o ninguna secuela y si lo hace, siempre ofrecen la mínima cantidad, sin tener en cuenta su gravedad.
La diferencia es muy importante y puede haber muchos miles de euros de diferencia entre lo que te ofrece la compañía de seguros y lo que realmente te corresponde.
Para el cálculo de las secuelas tienes que acudir también a las Tablas incluidas en el Baremo de Tráfico, que son un verdadero galimatías para quien no lo conoce.
Vas a necesitar toda la documentación médica que tengas y que debes pedir, y hacerte todas las pruebas diagnósticas que necesites para demostrar tanto la lesión como, en su caso, la secuela, y ayuda legal para saber qué debes pedir a los médicos.
El Baremo de Tráfico contempla otra serie de conceptos para indemnizar como daños personales, sobre todo si las lesiones son más graves, que si no conoces no puedes saber que tienes que reclamarlas.
Cuando tienes asesoramiento legal externo, no tienes que ocuparte de nada porque tu abogado te va indicando lo que debes pedir y reclamará a la aseguradora en tu nombre si la oferta de indemnización se ha quedado corta y no se corresponde con los daños que tienes.
El perjuicio patrimonial: qué tienen que pagarte
En un accidente con vehículo de empresa también puedes sufrir un perjuicio patrimonial, que se divide en dos conceptos: el lucro cesante y el daño emergente.
✔️ El lucro cesante consiste en todos los perjuicios económicos o ganancias dejadas de obtener a consecuencia del accidente.
Imagínate que eres comercial, tienes un accidente, y te toca estar de baja laboral tres meses, durante los cuales no percibes las comisiones habituales que tienes cuando desempeñas tu actividad profesional.
Ese lucro cesante puedes reclamarlo, pero hay que demostrarlo porque las compañías de seguros son muy reacias a reconocerlo.
✔️ El daño emergente engloba todos los gastos que has tenido derivados del siniestro.
Por ejemplo, gastos de farmacia, de desplazamiento a los médicos, de rehabilitación, y otros similares.
El perjuicio patrimonial no es nada fácil de reclamar y en la mayoría de las ocasiones las compañías de seguros ponen pegas para reconocer esos daños.
En Abogados Lesiones conocemos las dificultades para reclamar en un accidente con vehículo de empresa y los obstáculos que te puedes encontrar.
Si tienes dudas y no sabes si puedes reclamar, podemos ayudarte.
No olvides que, aunque viajes en un vehículo de empresa, estás cubierto por el seguro del coche que estás utilizando y puedes utilizar la cobertura por defensa jurídica incluida en la póliza para cubrir en todo o en parte nuestros honorarios, que pueden salirte GRATIS.
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