Cuando una aseguradora no te quiere dar más rehabilitación para curarte después de un accidente de tráfico, tienes un problema.
Da igual que tu accidente haya sido más leve o más grave.
En los últimos tiempos hemos comprobado cómo hay aseguradoras que deciden de forma unilateral suspender la rehabilitación a un lesionado antes de tiempo.
Y esto te perjudica en todos los sentidos.
Tanto a la hora de reclamar tu indemnización como a la hora de restablecerte.
La rehabilitación es una parte fundamental de tu proceso curativo como víctima de un siniestro, y condiciona en gran medida la reclamación de tu indemnización.
Es muy importante que conozcas por qué te influye, en qué te perjudica y qué puedes hacer si te ves en esta situación.
Como siempre, te recomendamos no “lidiar” por tu cuenta con la aseguradora, porque siempre tienes las de perder.
Para eso estamos los abogados expertos en accidentes de tráfico: si no sabes qué hacer o cómo actuar cuando te dejan sin rehabilitación de la noche a la mañana, llámanos, seguro que podemos ayudarte.
Por qué es importante la rehabilitación tras un accidente de tráfico
Raro es el siniestro con lesiones en el que no necesites tratamiento rehabilitador.
De hecho, y salvo contadas excepciones en algún tipo de daños personales, las propias aseguradoras van a exigir para indemnizar que hayas necesitado rehabilitación.
Esto es así porque, de no hacerla, la compañía de turno entiende que solo has necesitado lo que se llama “una primera asistencia facultativa”.
Es decir, sin necesidad de tratamiento posterior.
Para una aseguradora esto significa “no tengo que pagarte indemnización alguna porque no tienes nada, ya te has curado”.
Esto, como decimos, es la excepción, porque en casi todos los accidentes vas a necesitar un tiempo para curarte de los daños sufridos, y no te curas tomando analgésicos nada más, que quitan el dolor, pero no curan.
Lo que realmente te va a curar es la rehabilitación que hagas.
Ahora bien, cada perjudicado por un siniestro es diferente a los demás.

Y el gran problema que todas las víctimas que requieren hacer tratamiento rehabilitador es que las compañías utilizan criterios estadísticos a la hora de valorar el tiempo que necesitas para curarte.
Un ejemplo: tienes un accidente cuando viajas en un coche con tu madre de 60 años, y tú tienes 25. Ambos sufrís la misma lesión, un latigazo cervical.
Los dos hacéis rehabilitación, el mismo número de sesiones.
Cuando acabáis, tú te has recuperado muy bien, pero tu madre no.
Os cortan a los dos la rehabilitación porque la aseguradora de turno dice que para un latigazo cervical son las sesiones que corresponden.
Pero resulta que tu madre de 60 años ya tenía una patología previa en el cuello que se ha agravado con el accidente, y no se ha restablecido todavía.
¿Crees que la aseguradora va a tener en cuenta este detalle para darle más rehabilitación?
La respuesta es NO.
Y la gran perjudicada es tu madre que no se ha recuperado del todo.
Como este ejemplo hay montones de casos.
Las compañías no entienden que cada persona es diferente, y a la hora de valorar lo que necesita un lesionado para curarse hay que tener en cuenta muchos factores: la edad, la constitución física, los antecedentes médicos, o el sexo son algunos de ellos.
Todos estos factores influyen en el proceso de recuperación de la víctima.
Por eso no se puede generalizar, y por eso cuando las compañías no valoran cada caso en particular, se equivocan cortando antes de tiempo el tratamiento a los lesionados.
Cuidado con los plazos para la rehabilitación: no cumplirlos te puede dejar sin ella
Si no empiezas a rehabilitarte dentro de los plazos que se indican en la normativa, te puedes encontrar con que la aseguradora de turno te diga que no te paga indemnización.
Lo justifican diciendo que se ha “roto el nexo causal entre el accidente y los daños que has sufrido”.
Y a más abundamiento, te vienen a decir algo así como “no debes tener mucho interés en recuperarte si no has empezado aún la rehabilitación…”
O también algo así como “si de verdad tuvieras lesiones estarías haciendo rehabilitación, como no la estás haciendo no tienes ningún daño, luego no vengas a reclamar…”
¿Qué plazo es ese?
El plazo genérico para que empieces la rehabilitación es de 15 días a contar desde el accidente.
Dicho de otro modo, tienes que empezar a rehabilitarte antes de que hayan transcurrido 15 días desde el siniestro.

Ahora bien, hay excepciones.
Imagina que has sufrido lesiones graves y estás en el hospital varias semanas.
Es muy probable que no puedas empezar la rehabilitación hasta que te den el alta hospitalaria.
O tu lesión ha sido una fractura que requiere un tiempo de inmovilización superior a 15 días, y tu traumatólogo no te puede prescribir la rehabilitación hasta estar en condiciones de hacerla.
En estos casos no podrías cumplir el plazo de los 15 días.
Cuidado con esto, porque siempre que esté justificado desde un punto de vista médico, la aseguradora no puede decirte que no has empezado a rehabilitarte en plazo.
Cómo puedes hacer la rehabilitación tras un accidente de tráfico
Dónde hagas la rehabilitación también te va a influir en tu proceso curativo.
Cuando tienes un accidente tu tratamiento NO lo cubre la Seguridad Social, aunque te atiendan en Urgencias de forma inmediata tras el siniestro.
Es un hecho de la circulación, por tanto, la rehabilitación tampoco te la va a dar la Seguridad Social, salvo en casos muy específicos.

Tus alternativas van a ser:
✔️Rehabilitación en Centros concertados con las aseguradoras en base al Convenio UNESPA.
✔️Rehabilitación en tu Mutua Laboral si, por ejemplo, se trata de un accidente in itinere, o tu profesión implica conducir, como un camionero o un taxista.
✔️Rehabilitación en una clínica o centro privado.
Recibir tu tratamiento en uno u otro sitio también va a influir en tu indemnización, y en el hecho de que te den más o menos rehabilitación.
¿Es mejor una u otra opción?
La respuesta es un gran DEPENDE.
Cada víctima es diferente, por eso siempre te recomendamos tener ayuda legal, porque podrás recibir asesoramiento sobre cómo gestionar tu rehabilitación de la mejor manera para ti.
✔La opción del Convenio UNESPA es la más habitual:
Puedes acudir a cualquiera de los centros que aparezcan en el Convenio y elegir el que mejor te venga.
Y puedes ir sin coste alguno, porque esos gastos los cubre la aseguradora.
Hasta ahí bien.
Pero CUIDADO, porque es aquí donde te puedes encontrar con que la aseguradora NO te quiere dar más rehabilitación en un momento dado.
¿Por qué?
Dentro del Convenio hay centros médicos más “afines” a las compañías de seguros.
Si tu compañía te dice que acudas al Centro de rehabilitación XXX, NO te lo recomendamos.
Lo más probable es que sea una clínica “amiga” del seguro.
Y esto significa que tienes muchas posibilidades de que te corten la rehabilitación antes de tiempo.
Por no hablar de que evitarán en lo posible tener que hacerte pruebas diagnósticas como una ecografía o una resonancia.
La consecuencia puedes imaginártela: tu tiempo de curación es más corto (da igual que estés o no restablecido, te van a cortar el tratamiento igual), y tu indemnización es menor (menos días de tratamiento = menos tiene que pagarte la compañía).
¿Qué te recomendamos?
Acudir al centro que mejor se adapte a tus necesidades o consultar a tu abogado qué opción es mejor para tu caso concreto, aunque tu compañía te insista o incluso te “obligue” (hay más casos de los que crees) a ir al centro que ellos decidan.

✔El caso de las Mutuas Laborales: también pueden cortarte la rehabilitación
Si tu siniestro ha sido in itinere o en tu horario laboral, van a atenderte en tu mutua laboral, donde pueden ocurrir dos cosas:
👉 Que no quieran que hagas rehabilitación por el seguro del coche (Convenio UNESPA) porque quieren controlar todo tu proceso curativo.
Esto no significa que no puedas hacerlo: de hecho, puedes elegir hacerla en tu mutua laboral o en un centro adherido al Convenio, porque así lo permite el Convenio de Asistencia Sanitaria.
Si decides hacerla fuera de tu mutua laboral, ellos pueden hacerte el seguimiento.
👉 Que hagas la rehabilitación en tu Mutua Laboral: CUIDADO porque aquí es donde puedes encontrarte con que te corten el tratamiento antes de tiempo.
¿Por qué?
Porque a cualquier Mutua Laboral lo que le interesa es que te pongas a trabajar lo antes posible.
Si para esto te tienen que cortar la rehabilitación te dejarán a medias, aunque tú sigas mal y no te hayas curado.
✔Rehabilitación por privado: ¿qué tiene que decir la aseguradora?
Imagina que decides hacer la rehabilitación en un centro privado de tu confianza, porque ya te conocen o te has tratado antes.
O prefieres tratarte en una clínica a través de tu seguro médico privado, porque necesitas muchas sesiones de rehabilitación (en muchos de estos casos tienes copagos).
O, por ejemplo, estás haciendo rehabilitación en un centro concertado y la interrumpes porque te vas unos días de vacaciones, y en tu lugar de vacaciones sigues con el tratamiento unos días en un centro privado, abonando tú la factura correspondiente.
¿Puede hacerse?
Por supuesto que sí.
Otra cosa es que a las aseguradoras no les guste un pelo, porque es un gasto que tienen que abonarte y no les interesa, pudiendo acudir a un centro concertado según Convenio UNESPA.
Estos gastos de rehabilitación se denominan “daño emergente” y están dentro del llamado perjuicio patrimonial que tienen que pagar las compañías incluido en el Baremo de Tráfico.
Es fundamental que tengas la prescripción médica de tu traumatólogo para hacer ese tratamiento, que no se produzcan saltos temporales si haces varias tandas de rehabilitación (por ejemplo, en un centro concertado y luego en uno privado) y que todo esté bien justificado con las facturas que reclames.
Qué motivos tiene una aseguradora para no darte más rehabilitación tras un accidente de tráfico
Seamos claros: las compañías se mueven por intereses económicos.
Su objetivo es pagar las menores indemnizaciones posibles.
La rehabilitación va unida a la indemnización porque condiciona tu tiempo de curación.

Por eso hay clínicas concertadas con las compañías que directamente acortan los tiempos de rehabilitación de los lesionados.
Y también por eso a las aseguradoras no les gusta que tú hagas la rehabilitación por tu cuenta, un tratamiento que NO pueden controlar.
¿Por qué otros motivos puedes encontrarte con que la aseguradora no quiere darte más rehabilitación?
✔️Primero, por aplicar el famoso criterio de intensidad del artículo 135 del Baremo de Tráfico:
Ese articulito que dice que si tus daños materiales son escasos no puedes haber tenido lesiones.
La mayoría de estos casos de accidentes leves provocan como lesiones traumatismos cervicales, en especial el latigazo o esguince cervical.
Esta lesión “no existe” para las compañías cuando los daños materiales en tu vehículo son pequeños (por debajo de los 400 euros).
En consecuencia, si esto ocurre tú no tienes ninguna lesión.
Y por tanto te deniegan la rehabilitación.
Da igual que tengas informes médicos que lo acrediten.
Aplican el criterio de intensidad y no te autorizan los gastos médicos, negándote la rehabilitación.
O te lo autorizan, pero te cortan las sesiones dejándote a medio curar.
✔️Segundo, porque decides no hacer caso a la “sugerencia” de tu compañía de ir a un determinado centro a rehabilitarte, y eliges el que mejor te conviene.
A la aseguradora no le hace ninguna gracia que tú decidas dónde rehabilitarte, y como no has ido donde ellos te han “indicado”, te suspenden la rehabilitación cuando quieren.
✔️Tercero, porque se han enterado que has decidido contratar un abogado particular experto en accidentes de tráfico ajeno a las compañías.
A partir de ese momento, tu aseguradora se olvida de ti, porque no le gusta nada que cuentes con ayuda legal independiente, en lugar de usar sus servicios jurídicos.
Cómo influye en la indemnización que la aseguradora no quiera darte más rehabilitación
Cuando la compañía de seguros no te quiere dar más rehabilitación, te está perjudicando.
✔El perjuicio principal es que afecta a tu salud y recuperación: si no estás bien y necesitas más tratamiento, cuando la aseguradora te corta la rehabilitación te está impidiendo restablecerte como debería ser.
Esto obliga a muchos perjudicados a tener que buscar alternativas para seguir tratándose y completar su proceso curativo para quedar lo mejor posible.
✔El segundo perjuicio afecta a tu indemnización, porque la compañía te corta el tratamiento recortando también los días que has empleado en recuperarte.
Esto significa que, si haces más rehabilitación posteriormente, te vas a encontrar con que, aunque lo acredites con informes médicos, la aseguradora no te compute este periodo en el cálculo de la indemnización.
¿Debe ser así?
La respuesta es NO, siempre que no haya saltos temporales entre una y otra tanda de rehabilitación: con ayuda legal es posible reclamar este periodo y que te lo paguen.
Cuando la aseguradora no te quiere dar más rehabilitación si tienes lesiones leves
Uno de los principales conflictos con las compañías de seguros son las reclamaciones derivadas de siniestros leves, que provocan lesiones principalmente en columna, y, en concreto, los famosos esguinces y latigazos cervicales.

Muchas de estas lesiones curan con la rehabilitación prácticamente en su totalidad, pero NO en todos los casos.
¿El problema?
Las compañías utilizan criterios estadísticos para determinar qué tiempo necesitas para curarte, en lugar de valorar a cada lesionado en particular, según sus circunstancias médicas.
Por ejemplo, si estiman que con 20 sesiones se cura un esguince cervical, van a cortar a las 20 sesiones sin tener en cuenta cómo te encuentras o si te has restablecido del todo.
Así, puedes requerir más tratamiento porque tienes antecedentes de patologías previas, o porque, por la edad que tienes, necesitas rehabilitarte más (por ejemplo, personas más mayores).
El objetivo de las compañías siempre es el mismo: menos rehabilitación significa pagar menos días de indemnización.
Cuando la aseguradora no te quiere dar más rehabilitación si tienes lesiones graves
Si tus lesiones son de gravedad te enfrentas a varios problemas:
✔ Tu tiempo de restablecimiento se alarga, y lo más probable es que necesites varios periodos de rehabilitación, dependiendo de tus lesiones.
Lo habitual en estos casos es que la compañía de seguros no te los compute todos a la hora de calcular la indemnización que te corresponde, aunque no tengas saltos temporales.
✔ Como tardas más tiempo en curarte, la aseguradora va a tratar de cortarte el tratamiento cuando consideren, pese a que todavía tengas posibilidades de mejorar desde el punto de vista médico.
✔ En muchos casos, la lesión grave implica que pases un tiempo de convalecencia sin poder empezar la rehabilitación, por ejemplo, si tienes una fractura que requiere intervención quirúrgica o un periodo de inmovilización.
✔ Puedes haber sufrido varias lesiones en distintas zonas corporales, y poder empezar la rehabilitación para curar una lesión, pero no la otra.

Por ejemplo, empiezas a rehabilitarte por un esguince cervical, pero tienes que mantener reposo por una fractura que también has sufrido.
Cualquiera de estos supuestos, al margen del tipo de lesión que hayas tenido, puede darte problemas con la compañía, por eso siempre te recomendamos que tengas siempre ayuda legal para orientarte sobre cómo hacer tu rehabilitación.
¿Qué puedes hacer cuando la aseguradora no quiere darte más rehabilitación tras un accidente de tráfico?
Partiendo de la base de cada accidente y cada lesionado es diferente, lo mejor es valorar tu caso concreto para decidir qué pasos dar y asegurarte una recuperación lo más completa posible.
Algunas de las opciones que tienes son:
👉 Negociar con la compañía de seguros contraria las posibilidades de seguir recibiendo tratamiento cuando no te has restablecido del todo.
👉 Hacer más rehabilitación a través de tu seguro privado, si lo tienes.
👉 Solicitar a la Seguridad Social que te vea un traumatólogo que pueda prescribirte más tratamiento (esto supone, no obstante, tiempos de espera).
👉 Acudir a una clínica privada, recibir la rehabilitación que precises, pagarla de tu bolsillo y reclamarla luego a la compañía como daño emergente (gastos médicos necesarios).
¿Hay una solución mejor que la otra?
La respuesta es NO.
Por eso insistimos en la importancia de que tengas siempre ayuda legal.
Muchos de los problemas suscitados cuando la aseguradora no te quiere dar más rehabilitación pueden resolverse cuando un abogado experto en accidentes de tráfico te asesora sobre las mejores soluciones, NO en genérico, sino aplicadas a tu caso concreto.
¿Te ha pasado algo así? ¿Tienes problemas con la aseguradora porque no te has restablecido y te ha cortado la rehabilitación?
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