Conoce los motivos por los que la compañía puede no querer pagarte la indemnización que te corresponde y qué puedes hacer para reclamarla con garantías.
“Houston, tenemos un problema” 😨
Esta popular frase pronunciada por los astronautas de la NASA en la misión del APOLO 13 allá por 1970 bien puede aplicarse a lo que puedes encontrarte cuando eres víctima de un accidente y la compañía de seguros de turno se niega a pagarte la indemnización.
Y no exageramos ni un pelín.
Igual eres de los que piensan que cuando sufres un siniestro las aseguradoras se van a volcar en ayudarte y van a entender lo mal que lo pasas, o lo difícil que te está resultando recuperarte.
Gran error.
No decimos que siempre sea así.
Pero por desgracia, la desventaja de la víctima frente a una aseguradora es real.
✔️ Problemas con la culpa….
✔️ Problemas para valorar el alcance de tus lesiones.
✔️ Problemas para que reconozcan todos los perjuicios que has tenido…
Y más problemas, algunos de los cuales es posible que ya conozcas si eres lector habitual de nuestro blog.
Cuando no te pagan la indemnización por tu accidente de tráfico puedes hacer dos cosas:
➡️ Quedarte ahí y renunciar a lo que te corresponde.
➡️ Informarte, asesorarte con un abogado especialista que se enfrente a la compañía de tú a tú y en idénticas condiciones, y conseguir que te indemnicen.
Tú decides.
La desventaja del perjudicado por un accidente de tráfico: la falta de amparo que sufre la víctima
Cuesta pensar que encima de que eres el perjudicado, además tengas que andar dando explicaciones y justificando por qué tienes derecho a que te paguen los daños sufridos, cuando no eres culpable del siniestro.
¿Verdad?
Y sentimos decirte que esto ocurre muchas más veces de las que crees.

Todo sería diferente si la víctima de un siniestro contara con un amparo normativo que verdaderamente protegiera sus intereses.
Pero no es el caso.
Porque, aunque el nuevo Baremo de Tráfico que entró en vigor en 2016 mejoró de una manera sustancial las compensaciones económicas a las víctimas graves o grandes lesionados y fallecidos, perjudicó, y mucho, a los que resultan con daños más leves, que son casi el 80% de las víctimas de siniestros en nuestro país.
Por eso el problema no es solo que una compañía de seguros no quiera pagarte.
Es que, además, la normativa actual le da mecanismos para hacerlo y dejarte desasistido.
Así, las aseguradoras se han ido “creciendo” en su posición de ventaja, y se aprovechan del desconocimiento y la falta de información que tienes como víctima.
¿Y qué hacen?
✔️ Directamente no pagarte sin motivo ni justificación.
✔️ No contestar tus requerimientos (o los de tu abogado) para forzarte a demandarles e incurrir en gastos.
✔️ No cumplir los requisitos que marca la Ley para una oferta motivada, como no adjuntar a la misma el informe médico que les ha servido para valorar tus daños.
✔️ Hacerte una oferta por teléfono vía tramitador (sobre todo cuando saben que no tienes abogado) para que no quede constancia de que la valoración de tus daños está por debajo de lo que te corresponde….

…. ¿Seguimos? …. 😨
Puede haber muchos motivos por los que una compañía de seguros no quiera pagar la indemnización por accidente de tráfico a la que tienes derecho.
Pero también hay un dato claro: en la mayoría de las ocasiones se puede rebatir su postura.
Y no solo eso, también se puede ganar, y con garantías, tu reclamación.
Ahí lo dejamos.
Alcoholemias: cuando el positivo puede ser motivo para no querer pagarte indemnización
Cuando hablamos de alcoholemias todos sabemos que conducir bajo los efectos del alcohol puede ser objeto de una sanción administrativa o Delito Penal, según la tasa de alcohol arrojada por el infractor.
Y que la cosa se complica si hay un accidente de tráfico por medio con víctimas y daños.
Cuando se trata de un Delito y se abre una causa penal contra el infractor, las compañías pueden aprovechar en estos casos para no querer pagarte la indemnización por los perjuicios que has tenido.
Sin embargo, los Tribunales tienden a establecer la obligación de las aseguradoras de abonar las indemnizaciones correspondientes, al margen de que su asegurado haya dado positivo y esté imputado por conducir ebrio.

El inconveniente al que te enfrentas en estos casos es que tienes que personarte como acusación por ser perjudicado en el procedimiento penal abierto contra el infractor, y el proceso puede alargarse en el tiempo.
Hay compañías que optan por indemnizar a las víctimas para evitar el pago de intereses de demora, y posteriormente repetir contra su asegurado, en base a las cláusulas de exención de responsabilidad para estos casos que se contemplan en la mayoría de las pólizas de seguro.
Vas a necesitar un abogado en estos casos sí o sí. No solo para personarte en el procedimiento penal, sino también para que, con esa ayuda legal, puedas cobrar tu indemnización sin tener que esperar al juicio.
¿Y si tú eres la víctima y das positivo en alcohol tras un siniestro?
Imagina que sufres un accidente y cuando se persona la Policía, os hacen la prueba de alcoholemia y resulta que tú eres la víctima, no culpable, pero das positivo en alcohol y te cae una sanción por infracción administrativa.
Ya tienes un problema.
Porque la seguradora del contrario te va a poner pegas para pagarte la indemnización alegando que conducías bajo los efectos del alcohol.
Cuidado, estamos hablando de que es clara la culpa de la otra parte, por ejemplo, cuando has recibido un golpe por detrás estando detenido en un paso de peatones.

Pues bien, la compañía no puede negarse a pagarte porque el hecho de que dieras positivo no ha influido en este caso concreto en la dinámica del accidente.
Otra cosa es que se trate de esos típicos siniestros controvertidos, donde la aseguradora puede tener muchos más motivos para discutirte el pago de una indemnización. Imaginamos que te queda claro que en uno y otro caso vas a necesitar la ayuda de un abogado.
Recuerda que la compañía vela por sus intereses económicos, no por los tuyos, y siempre que pueda, intentará evitar el pago de un siniestro. 😨
¿Me quedo sin indemnización si el culpable del accidente no tiene seguro?
Otro caso que genera polémica es cuando tienes un siniestro y descubres que el contrario no tiene seguro.
La primera impresión puede ser que, si no hay seguro, no puedes ni reparar tu coche ni reclamar indemnización por lesiones.
La buena noticia en estos casos es que sí vas a poder realizar tu reclamación, y tienes que hacerlo al Consorcio de Compensación de Seguros, una entidad que se ocupa de abonar las indemnizaciones en estos casos.
No me pagan indemnización por faltas administrativas
Otro argumento que puedes encontrarte de una aseguradora para no querer pagarte una indemnización tiene que ver con que después de sufrir el accidente, la compañía conozca que circulabas sin haber pasado la ITV de tu vehículo, o con tu carnet de conducir caducado.
En ambos casos, se te va a imponer una sanción por una infracción de tipo administrativo, pero ello no es impedimento para que reclames el pago de tu indemnización, y mucho menos para que la aseguradora se niegue a pagártela, porque sigue habiendo una responsabilidad civil que nada tiene que ver con la infracción administrativa.

Hay una salvedad que te va a dar problemas, y es para el caso de que tu vehículo no haya pasado la ITV, y tenga algún tipo de problema mecánico que haya podido intervenir de una u otra forma en el desarrollo del siniestro.
Dicho de otro modo, cuando ese fallo mecánico ha sido la causa del accidente, y si hubieras pasado la ITV te lo habrían detectado, es casi seguro que la compañía no va a querer pagarte la indemnización.
Ahora bien, no todo es blanco ni negro.
Consulta siempre a un abogado antes de desistir de reclamar, porque en estos casos puede reclamarse indemnización en un porcentaje por una posible concurrencia de culpas (hoy llamado contribución de la víctima a la producción del daño en el accidente).
Y esto significa que cobrarías una parte de la cantidad que te correspondería, que normalmente suele estar en torno al 50% de tu indemnización total.
No me pagan indemnización porque me consideran culpable exclusivo
La discusión sobre la culpa, el motivo número 1 por el que una aseguradora no te querrá pagar una indemnización.
Sobre este tema ya hemos hablado muchas veces, porque es sabido que solo puedes reclamar cuando no eres el culpable exclusivo del accidente.
Y claro, puede que no seas el culpable.
Pero que la compañía de seguros del contrario considere que sí lo eres.
Y se niegue a pagarte enviándote lo que se llama una “respuesta motivada”.
Los motivos pueden ser muy variados (aunque no siempre te lo justifican):
➡️ El conductor contrario dice que la responsabilidad es tuya.
➡️ Hay dos versiones contradictorias, la tuya y la del otro interviniente.
➡️ La culpa no está clara.
En cualquiera de los tres casos te vas a encontrar un NO por parte de la compañía.
¿No se puede hacer nada?
SÍ, claro que se puede hacer.
NUNCA des por buena una negativa por el tema de la culpa. NUNCA.

La experiencia nos ha demostrado que en muchas ocasiones la realidad es bien distinta.
Y que, con un buen estudio del caso, una estrategia legal adecuada y la ayuda de medios de prueba como una pericial de un perito reconstructor de accidentes se puede dar la vuelta incluso a un Atestado que aparentemente te da culpable.
Y otro buen ejemplo de ello son los famosos casos donde hay una concurrencia de culpas, es decir, cuando ambas partes intervinientes en el accidente (tú y el contrario) tenéis una parte de la responsabilidad.
La postura de la aseguradora será la mayor, es decir, negarse a pagar nada de nada.
La resolución de estos casos, sin embargo, es bien distinta, y es posible percibir una parte de la indemnización total que te correspondería, que se va a minorar en proporción al porcentaje de culpa de cada parte.
Contribución de la víctima a la producción del daño: no todo vale
Otro caso habitual es cuando la compañía no te quiere pagar la indemnización por accidente de tráfico alegando que los daños se han producido porque tú has contribuido a ello.
Por ejemplo, imagina que ibas en moto, pero sin casco, y tus lesiones se localizan en la cabeza, aunque la culpa del siniestro no haya sido tuya.
O que viajas sin el cinturón de seguridad.

Evidentemente has contribuido al resultado lesivo, porque seguramente tus lesiones habrían sido menores si hubieras llevado el casco o el cinturón.
Pero eso es una cosa y otra bien distinta es que no seas el responsable del siniestro, sino la víctima.
También puedes pelear una indemnización, si bien ocurre como en el caso anterior, es decir, que la misma se va a ver reducida en un porcentaje que habrá que negociar con la compañía de seguros obligada al pago.
No me pagan por culpa del artículo 135 del Baremo de Tráfico
El artículo 135 del Baremo ha hecho mucho “daño” a los perjudicados por accidentes leves con lesiones y daños.
Porque una cosa es que no haya habido perjuicios graves y otra bien distinta que la compañía no quiera pagarte indemnización precisamente por eso, aunque lo tengas acreditado de mil maneras diferentes.
Los Juzgados reciben cada día multitud de demandas contra aseguradoras por aplicación indebida del artículo 135.
La buena noticia es que en la inmensa mayoría de los casos se ganan.
En ABOGADOS LESIONES estamos tramitando este tipo de reclamaciones a diario con más de un 90% de éxito.
¿El secreto?
Interpretar el artículo 135 como corresponde, desde la perspectiva de la víctima.
Y con argumentos y pruebas sólidas que demuestran que hay un perjuicio y que debe ser compensado económicamente, diga lo que diga la compañía, e incluso la normativa, que, dicho sea de paso, no está nada acertada con este artículo.

El artículo 135 establece una serie de requisitos para indemnizar lo que llaman “lesiones menores de la columna vertebral”.
Y aquí el caballo de batalla principal es el de las reclamaciones de lesiones de cuello (latigazo cervical, cervicalgia, esguince cervical).
No nos engañemos, puedes tener una cervicalgia por muchos motivos ajenos a un accidente de tráfico.
Pero eso no significa que las aseguradoras se nieguen sistemáticamente a pagar indemnizaciones derivadas de lesiones de cuello diagnosticadas, tratadas y documentadas en los informes médicos del lesionado.
Insistimos, el porcentaje de casos ganados en los Tribunales por estos motivos es elevadísimo, no lo olvides.
Cuando se trata de una colisión a baja velocidad
Este criterio recogido en el artículo 135 es uno de los más utilizados por las compañías para no pagarte una indemnización.
En tres palabras, vienen a decir que si tu vehículo (y/o el contrario) no tienen apenas daños materiales, no pueden haberse producido lesiones.
✔️ Aunque tengas informes médicos que digan lo contrario.
✔️ Aunque hayas estado de baja laboral.
✔️ Aunque demuestres el tiempo de tratamiento rehabilitador que has necesitado para curarte.
Y ya ni te cuento si encima quieres reclamar secuelas porque las tienes.

Que no te confundan: tienes derecho a reclamar estas lesiones y la compañía tiene la obligación de abonártelas, sean más leves o menos.
La aseguradora aportará informes biomecánicos y criterios estadísticos en defensa de su postura para decir que no tienes daños.
Pero no solo hay Jurisprudencia de nuestros Tribunales que falla a favor del lesionado, sino también Estudios e Investigaciones científicas y médicas que acreditan echan por tierra las valoraciones de las aseguradoras en este sentido.
Cuando la compañía alega que no existe nexo causal
Otro motivo esgrimido por las aseguradoras para no pagarte es la “inexistencia” de nexo causal entre el accidente y las lesiones que has tenido.
Su apoyo para este argumento vuelve a ser el artículo 135 del Baremo y sus criterios: de intensidad, topográfico, cronológico y de exclusión.
Y están directamente relacionados con todas esas lesiones más “leves” a las que nos hemos referido, que afectan a la columna cervical, lumbar y dorsal.
Volvemos a lo mismo: si están acreditadas, deben reclamarse, pero eso sí, con garantías, y para eso te hará falta la ayuda legal de un abogado especialista en accidentes de tráfico, que te va a guiar en el proceso, y, sobre todo, sabe qué argumentos y qué documentos tienes que aportar para que la compañía te pague.
No me pagan la indemnización porque el culpable del accidente se ha dado a la fuga o conducía un vehículo robado
Como víctima no culpable de un accidente, seguramente se te quede “cara de póker” cuando te enteras de que el vehículo responsable del accidente que has tenido había sido robado.
Y mucho más si te colisiona y acto seguido desaparece del mapa.
Pasa, y mucho a menudo de lo que crees.
Y es un marrón.
Pero esto no significa que no puedas reclamar tu indemnización.

¿Qué ocurre si el culpable es el conductor de un vehículo robado?
Aquí la aseguradora del mismo no te querrá pagar.
Pero el Consorcio de Compensación de Seguros SÍ, que se hace cargo de estos casos.
El único inconveniente que te vas a encontrar es que en estos supuestos se apertura también un procedimiento penal, en el que también tendrás que personarte como perjudicado con abogado, y que suelen ser largos, porque tu indemnización va a estar supeditada a que se acredite que ha habido un robo del vehículo.
¿Y cuando el vehículo que ha provocado el siniestro se da a la fuga?
Aquí también interviene el Consorcio de Compensación de Seguros.
Pero Ojo porque hay algunas particularidades:
➡️ El Consorcio en este caso te va a pagar indemnización por daños personales (lesiones) pero no por daños materiales.
➡️ Tienes que acreditar que el accidente ha existido, que el responsable es un vehículo fugado, y que ese accidente te ha provocado daños.
Esto significa que sin pruebas el Consorcio seguramente no querrá pagarte.
¿Y qué puedes hacer para recopilar esas pruebas?
- Llama de inmediato a la Policía sin moverte del lugar del accidente.

- Recaba los datos de testigos presenciales que puedan acreditar que han visto el accidente.
- Vete a urgencias de inmediato para que dispongas de un informe que acredite que tus lesiones derivan directamente del siniestro que acabas de sufrir.
- Asesórate con un abogado especialista que te ayude a recopilar las pruebas, te guíe en el proceso curativo y reclame al Consorcio en tu nombre.
Otros casos por los que pueden no pagarte una indemnización por accidente
En todos los años que en ABOGADOS LESIONES llevamos ayudando a las víctimas de accidentes de tráfico son unas cuantas las veces que las compañías de seguros nos han negado el pago de indemnizaciones para nuestros clientes.
Aunque luego con una buena defensa legal la inmensa mayoría de las reclamaciones se han ganado.
En el listado de negativas de las aseguradoras a pagar a los perjudicados no podía faltar una alusión al tema de los fraudes de algunos supuestos perjudicados.
Este asunto viene de lejos, desde mucho antes de que entrara en vigor el actual Baremo de Tráfico.
Y de alguna manera condicionó en parte todo el proceso de elaboración de la nueva normativa, en especial, afectando al famoso tema de las lesiones cervicales, donde según las aseguradoras, la “picaresca” de algunos supuestos lesionados no tenía límites.
No vamos a entrar en análisis y posturas sobre el tema, pero sí decir que en algunas ocasiones las aseguradoras han tenido razón.
Pero de ahí al ataque sin sentido de las compañías a todo el que sufre, por ejemplo, lesiones de cuello, pensando poco menos que son montajes para “sacar dinero al seguro” hay un abismo.

Y los grandes perjudicados en toda esta historia son las víctimas.
Desde nuestra postura como abogados, y alguna vez nos ha pasado, rechazamos cualquier caso que arroja indicios de “poco claros o sospechosos de fraude”.
Pero de la misma forma, defendemos y llevamos a los Tribunales si hace falta los intereses de cualquier víctima, por muy leves que sean sus daños, que creemos tiene derecho a recibir una indemnización por los daños sufridos.
Por qué necesitas un abogado especialista en accidentes de tráfico
Primero los datos.
En ABOGADOS LESIONES hemos escuchado muchas veces eso de que “el seguro no me paga la indemnización por accidente de tráfico”.
Muchas veces.
Ahora otros datos.
Cerca del 90% de clientes que llegan a nuestro despacho diciendo que el seguro no les quiere pagar terminan cobrando por los perjuicios sufridos.
Y la lección a todo lo que hemos expuesto, es fácil:
✔️ Lo primero, no te conformes con el NO. Primero, infórmate.
✔️ Lo segundo, no des por buena la versión de los hechos que te argumente la aseguradora.
✔️ Lo tercero, no esperes a recibir el NO para asesorarte. El tiempo es fundamental.
✔️ Y cuarto, no intentes negociar por tu cuenta con la compañía. Pierdes tiempo y energía y no vas a obtener resultados.
Y ahora nosotros.
Ya son más de 20 años ayudando a las víctimas de siniestros, leves y graves, controvertidos y aceptados, en vía amistosa y en vía judicial.
Sabemos lo que hay.
Por eso siempre insistimos en la importancia de que te asesores y te informes, porque la consulta es gratuita y al menos sabrás qué puedes hacer en tu caso concreto desde un punto de vista legal especializado.
A partir de ahí, toca decidir si quieres cómo quieres reclamar.
A nosotros nos encantará ayudarte.
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