La reclamación a una compañía de seguros por accidente de tráfico se compone de varios pasos que debes conocer para garantizar que prospere con garantías.
Has sufrido un siniestro. Grande o pequeño, da igual.
Eres la víctima y no eres culpable exclusiva. Comienza para ti el proceso de reclamación a la aseguradora del responsable de todos los perjuicios que hayas tenido.
Un calvario. Lo sabemos. Porque a la situación traumática que has vivido se añade la falta de información y una absoluta desinformación sobre los pasos que tienes que dar.
Miles son las preguntas que se te pasan por la cabeza:
✔️ ¿Qué hago con mi coche/moto/bici?
✔️ ¿Dónde acudo a tratarme de mis lesiones?
✔️ ¿Por qué la aseguradora no quiere indemnizarme si tengo daños materiales leves?
✔️ ¿Cómo sé qué plazos tengo para reclamar y de qué dependen?
✔️ ¿Cuáles son los daños que puedo incluir en la reclamación a la compañía?
✔️ ¿Y si no me valoran todos los perjuicios sufridos?
✔️ ¿Qué hago si la oferta de la aseguradora está por debajo de lo que me corresponde?

Y así un largo etcétera que seguro que no tienes ni idea de cómo resolver.
Porque, además, tienes que restablecerte. Y eso es lo más importante…
Más allá de cualquier indemnización, que por muy elevada que sea, jamás te va a resarcir los malos momentos que vas a pasar como víctima, y más si sufres lesiones graves, de esas que te cambian la vida.
La mala noticia es que no vas a recibir ningún tipo de ayuda por parte de la aseguradora. De sobra es conocido por todos que las compañías defienden sus propios intereses y no los del perjudicado.
La buena noticia es que la inmensa mayoría de las reclamaciones a compañías de seguros por accidente de tráfico se resuelven satisfactoriamente para la víctima cuando está debidamente asesorada por un abogado especialista.
Es un derecho del perjudicado elegir libremente al abogado que defienda sus intereses.
Y además lo tiene cubierto gracias a la cobertura por defensa jurídica incluida en su póliza de seguro, incluso en la de hogar si se trata de un atropello o un accidente como pasajero de un medio de transporte público.
Esto es lo que vas a necesitar para reclamar a una compañía de seguros por un accidente de tráfico:
➡️ Lo primero, información. Tienes que saber qué debes hacer desde el primer momento.
➡️ Lo segundo, asesoramiento. No olvides que estás en desventaja frente a la aseguradora siempre.
➡️ Lo tercero, acompañamiento en el proceso. Tanto médico, como legal y jurídico. Lo importante es que tú te centres en recuperarte, que es lo más importante.
El proceso de reclamación a la compañía de seguros por accidente de tráfico
En un proceso de reclamación a la compañía de seguros por un accidente de tráfico es fundamental dar correctamente los primeros pasos, para no tener problemas después para que te paguen la indemnización.
¿Y qué pasos son esos?

Porque si nunca has sufrido un siniestro, lo más probable es que no tengas ni idea de lo que tienes que hacer.
Y resulta que en este camino hay unos plazos que van a condicionarte y que si no conoces pueden darte muchos problemas después hasta el punto de que peligre tu indemnización (o incluso que te quedes sin ella).
Muchos perjudicados se lanzan a buscar información en internet y deciden actuar por su cuenta.
ERROR.
Está bien informarse. Pero es muy importante tener en cuenta que cada accidente de tráfico es diferente a los demás. Y por eso el tuyo debe valorarse de forma particular, atendiendo a las circunstancias de tu caso.
Imagina que tienes la “suerte” de sufrir un siniestro donde la culpa está clara y no hay dudas sobre el derecho que tienes a ser indemnizado. Hasta ahí bien, porque el proceso es más sencillo teniendo en cuenta que ya no pueden discutirte la responsabilidad.
Y ahora imagina un accidente de los controvertidos: no está clara la culpa, el contrario te la niega, tenéis versiones contradictorias, el responsable se ha dado a la fuga sin dejar datos, o la compañía te dice que no paga porque apenas tenéis daños materiales.
Problemas a la vista.
Un consejo desde ya: NUNCA desistas de reclamar porque una aseguradora te deniegue el pago, o incluso porque creas que eres culpable.
Primero infórmate, porque son muchos los casos de perjudicados que inicialmente pensaban que no tenían derecho a indemnización alguna y la han conseguido.
Los plazos de una reclamación a la compañía de seguros
Como punto de partida, hay unos plazos que debes conocer desde el principio, para que tu reclamación no te dé problemas:
Plazo para dar el parte a tu seguro
Tienes 7 días desde la fecha del siniestro, según el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro, en su artículo 16, aunque en algunas ocasiones puede ser mayor según las condiciones de la póliza de seguro de cada uno.
Si tus lesiones son graves y no puedes hacerlo tú, siempre puede ocuparse un familiar de dar el parte correspondiente.
Plazo de la primera asistencia médica para reclamar indemnización por lesiones
Es raro que haya una víctima de accidente, por leve que haya sido, que no sufra algún tipo de lesión a consecuencia del mismo.
CUIDADO.

Ni se te ocurra quedarte en casa como un campeón esperando a ver si se te pasan los dolores derivados del siniestro a base de ibuprofenos.
En ABOGADOS LESIONES hemos visto cómo lesionados con daños leves esperaban para acudir al médico a ver si con analgesia se restablecían. Y cuando veían que la cosa iba a más y decidían acudir al Hospital, se les había el plazo establecido en el Baremo de Tráfico.
No esperes para acudir al médico de inmediato, tengas más o menos dolor.Tienes hasta 72 horas desde el accidente para recibir la primera asistencia médica.
Y si te pasas de plazo, te vas a encontrar con la negativa de la compañía a pagarte lesiones. Aunque las tengas.
Plazo de prescripción de la acción
El punto de partida lo establece el artículo 1969 del Código Civil, al indicar que el tiempo para la prescripción de toda clase de acciones, si no hay disposición especial que indique otra cosa, se contará desde el día en que pudieron ejercitarse.
La vía penal se utiliza poco después de la reforma del Código Penal y la desaparición de los Juicios de Faltas, y queda abierta solo para determinados accidentes, como los derivados de Delitos contra la Seguridad del Tráfico con lesiones y daños, como los casos de alcoholemias y otros supuestos muy específicos.
El plazo en estos casos para interponer denuncia es de 6 meses a contar desde la fecha del accidente.
Para la vía civil la acción prescribe al año, según el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
Pero debes tener en cuenta el momento desde que empieza a contarse ese plazo, que debe hacerse desde que la acción de reclamación a la compañía de seguros se puede ejercitar, y esto no es posible hasta poder cuantificar económicamente los perjuicios que hayas tenido como víctima.
Qué se reclama a la compañía de seguros
Esta es otra de las grandes dudas que tienen la mayoría de perjudicados en un siniestro.
✔️ ¿Qué puedo reclamar yo?
✔️ ¿Qué conceptos me indemnizan?
✔️ ¿Cómo se valoran y cómo calcula la indemnización?
Imaginamos que te lo has preguntado muchas veces, Y es muy posible que tengas una vaga idea de lo que puedes incluir en la reclamación.
Pero no nos engañemos. La aseguradora intentará pagarte lo menos posible. Y esto significa que no va a pagarte nada que no reclames.
Insistimos. Estás en desventaja frente a la compañía siempre. Porque dudamos que conozcas en profundidad los más de 500 artículos del Baremo de Tráfico y sepas cómo aplicar las Tablas que se incluyen en el mismo para calcular una indemnización. Y es normal.
Imagínate que tienen que operarte a consecuencia de las lesiones que has tenido en el siniestro. Pues el Baremo establece una cantidad que puedes reclamar a la aseguradora por cada intervención quirúrgica que hayas sufrido derivada de los daños sufridos.
Pero si no lo sabes… no lo vas a reclamar.

Otro ejemplo: tienes secuelas que te han quedado después de que te hayan dado el alta médica. Las secuelas se valoran por número de ellas, número de puntos asignados a cada una en función de su mayor o menor gravedad, y tu edad.
Pregunta del millón: ¿cómo sabes cuantos puntos valen tus secuelas? ¿cómo haces el cálculo en tu reclamación?
Estas son algunas de las dudas frecuentes que te van a surgir a la hora de reclamar a la aseguradora del responsable, y todas ellas tienen un denominador común: tu desconocimiento sobre el modo de aplicar el Baremo de Tráfico.
Tranquilidad.
La reclamación a la compañía de seguros por accidente de tráfico debe hacerse por la totalidad de los perjuicios que hayas tenido.
Y para ayudarte estamos los abogados especialistas. No olvides que nuestra misión es conseguir que te paguen por todos los daños sufridos. Y en eso nos enfrentamos como expertos a las aseguradoras de igual a igual.
¿Cuándo debe hacerse la reclamación?
Una duda recurrente de muchos perjudicados es saber cuándo pueden hacer la reclamación.
Y es obvio que no podemos hacerla si no podemos cuantificar los daños sufridos.
Por eso el requerimiento a la compañía se realiza una vez que el perjudicado ha recibido el alta médica por estabilización de sus lesiones. Si sufres un siniestro el 1 de enero y te dan el alta el 31 de julio, el plazo del año para reclamar empieza a contar desde el 31 de julio, que es cuando has alcanzado la estabilidad lesional.

Ahora bien, pueden darse otros muchos supuestos. Imagina el caso de una víctima con daños graves, que requiere largos periodos de baja y mucha rehabilitación. Es fácil en estos casos estar más de un año en tratamiento médico.
En la mayoría de estos casos puede hacerse una reclamación a la compañía para que realice pagos a cuenta de la indemnización final al lesionado.
Es muy importante tener cuidado con los plazos, pero cuando estás asistido de abogado no vas a tener problemas porque él será quien se ocupe de realizar los requerimientos cuando corresponda.
¿Cómo se hace la reclamación?
Tras los últimos cambios operados en el Baremo, el actual artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor recoge que la víctima debe hacer una reclamación previa a la compañía (que va a interrumpir la prescripción hasta que la aseguradora haga una oferta o respuesta motivada de pago).
Esta reclamación debe hacerse de forma fehaciente para que quede constancia (burofax o email con acuse de recibo), y si tienes asesoramiento legal será tu abogado quien la realice en tu nombre.
El requerimiento del perjudicado y la oferta motivada de la compañía
Una vez que remites el requerimiento de pago a la aseguradora, ésta dispone de un plazo de tres meses para contestar con una oferta o respuesta motivada de pago, y si no lo hace en ese tiempo tendrá que pagar intereses de demora.
¿Cuál es la diferencia?
La oferta motivada incluye ya la cantidad que en concepto de indemnización la compañía considera que te corresponde.
En cambio, en la respuesta motivada la aseguradora te indica por qué no paga, y puede ser porque aún no puede valorar tus lesiones, o bien porque no acepta la responsabilidad o entiende que no procede pagarte por el motivo que sea.

En ese momento, tanto si ha respondido y no estás conforme con la valoración, como si no lo ha hecho y hay que reclamar por la vía judicial, ya puedes iniciar un procedimiento civil contra la compañía.
Mención aparte están los llamados “pagos a cuenta” de la indemnización final, que forman parte del proceso de reclamación a la compañía en los casos de siniestros graves con lesionados de larga duración.
El artículo 7 dice para estos casos que cuando la compañía no puede hacer la oferta motivada porque la víctima se encuentra aún en proceso de recuperación de sus lesiones, debe remitir una respuesta motivada, en la que indiquen el motivo por el que aún no realizan la oferta de pago, y con el compromiso de hacerlo en cuanto sea posible, ofreciendo además ese pago a cuenta de la indemnización final.
Hay casos en los que las aseguradoras realizan varios pagos a cuenta a lo largo del proceso curativo del lesionado. Y puede ocurrir que cuando hagan la oferta final de indemnización estemos de acuerdo o no.
De ello dependerá la aceptación de la oferta final, por el contrario, la interposición de un procedimiento judicial contra la compañía, cuya cuantía será la que entendamos te corresponde, descontando los pagos a cuenta ya realizados por la aseguradora.
¿Por qué vas a necesitar un abogado para tu reclamación a la compañía de seguros?
Seguro que a estas alturas ya sabes la respuesta.
No es fácil preparar y sacar adelante con éxito la reclamación de tu indemnización sin un buen asesoramiento legal.
👉 Sin información…
👉 Sin ayuda….
👉 Sin conocimientos de cómo aplicar el Baremo…
Y todo ello acompañado de las mil y una trabas que te vas a encontrar a poco que tu accidente tenga algún tipo de “pega” para las compañías.

Y, además, sin contar con un plazo que se te puede pasar, o con no tener ni idea de si la oferta que te hace la aseguradora es la correcta o no te han valorado adecuadamente los perjuicios sufridos.
Y no nos engañemos. Rara es la vez que una compañía paga todos los daños derivados de un accidente adecuadamente.
En ABOGADOS LESIONES sabemos que necesitas ayuda. Y, además, es un derecho que tienes como perjudicado.
Elegir un abogado de tu confianza te aporta la tranquilidad que necesitas sabiendo que tus derechos van a ser defendidos por expertos en accidentes, y preocupándote únicamente de lo importante, que es recuperarte.
Recuerda que los honorarios del abogado particular que elijas te salen gratis en todo o en parte gracias a la cobertura por defensa jurídica que tienes incluida en la póliza de seguro, y que además te tramitamos sin coste alguno para ti.
¿Te surgen dudas? ¿No sabes por dónde empezar tu reclamación?
Contacta con ABOGADOS LESIONES y para empezar un abogado te hará una valoración gratuita y sin compromiso de tu caso 😃
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