¿Qué daños se pueden reclamar en un accidente de tráfico? Todo lo que debes saber aunque la aseguradora te lo ponga difícil

Es prácticamente imposible que no tengas daños para reclamar en un accidente de tráfico.

Aunque sean solo unos rasguños en el coche.

Si tienes la mala suerte de sufrir un siniestro, te vas a encontrar varios problemas:

➡️Que discutan la culpa en el accidente y por tanto la aseguradora de turno no quiera pagarte ninguna indemnización.

➡️Que tú creas erróneamente que no puedes reclamar nada (más habitual de lo que crees).

➡️Que, aunque la compañía que tiene que indemnizarte reconozca la culpa, te discuta los daños que reclamas.

Para la culpa, tendrás que pelearte para demostrar que tienes derecho a que te paguen la indemnización.

Para los daños, también tendrás que demostrarlos, pero tienes un problema añadido: que NO conoces el Baremo de Tráfico ni sabes qué puedes reclamar.

Sea como sea tu accidente, vas a necesitar ayuda legal.

Hace más de 20 años que ayudamos a víctimas como tú y tenemos algo muy claro: si quieres que de verdad te paguen todos los perjuicios sufridos en un siniestro, tienes que apoyarte en un abogado experto en accidentes.

En la mayoría de los casos vas a recuperar todo o parte los honorarios que pagues al abogado con la cobertura por defensa jurídica que tienes incluida en tu póliza.

Así que no pierdes nada por pedir asesoramiento, y tendrás la tranquilidad de que tus derechos como víctima se defienden como debe ser.

En Abogados Lesiones queremos escucharte y podemos ayudarte.

¿Qué se consideran daños en un accidente de tráfico?

Los daños que se reclaman en un accidente de tráfico son todos aquellos perjuicios que sufres en el siniestro, y que te producen un menoscabo tanto a nivel físico o psíquico como material.

No hay dos accidentes iguales, ni tampoco dos víctimas iguales.

Alrededor de las reclamaciones derivadas de accidentes de circulación hay mucha “literatura”, y también mucha información confusa que te afecta negativamente:

✔️No conoces un proceso de reclamación.

✔️Tampoco los plazos, que de no cumplir pueden dejarte sin indemnización.

✔️No tienes ni idea de cómo rebatir a una aseguradora su “no te pago porque eres culpable”.

✔️El Baremo de Tráfico es un galimatías de más de 500 páginas que no sabes cómo aplicar.

✔️No conoces los conceptos que incluye el Baremo que puedes reclamar en tu caso.

✔️Si no los conoces, puedes dejar de reclamar indemnizaciones a las que tienes derecho.

✔️No tienes modo de saber si una oferta que te hace la aseguradora está correcta o no (y ya te adelantamos que siempre son a la baja).

Pufffff… asusta, ¿verdad?

No lo olvides: como víctima, siempre estás en desventaja frente a una aseguradora.

¿Qué debes tener en cuenta?

  • Primero, que el tiempo juega en tu contra en estas reclamaciones.
  • Segundo, que las compañías defienden sus intereses económicos, no los tuyos.
  • Tercero, que siempre que puedan, buscarán el modo de decirte que no pagan.
  • Cuarto, que nunca van a ofrecerte la indemnización real que te corresponde.

Una cosa es que hayas leído o te hayan contado que puedes reclamar tus lesiones o que tienen que repararte el coche.

Eso es solo la punta del iceberg.

Detrás de una reclamación por daños en un siniestro de tráfico hay muchísimos factores a tener en cuenta y conceptos a valorar.

De la misma forma que acudes al médico especialista cuando tienes una dolencia concreta, debes hacer cuando necesitas un abogado especialista en accidentes para que te oriente y ayude.

  

Los tipos de daños en un accidente de tráfico y cómo los valoran las aseguradoras

Si ya te has informado o has leído en internet, sabrás que la indemnización por un siniestro se divide en tres grandes bloques:

  • Daños materiales.
  • Daños personales.
  • Perjuicio patrimonial, dividido a su vez en lucro cesante y daño emergente.

¿Es más fácil reclamar unos u otros?

La respuesta es un gran DEPENDE.

No es lo mismo que tengan que repararte el coche a que hayas tenido un accidente de bici y ésta haya quedado inservible para su uso.

Tampoco es igual que tengas un esguince cervical o una fractura.

Y por supuesto hay mucha diferencia entre que la aseguradora pague unas facturas de farmacia o rehabilitación, a que deban hacerse cargo de una adecuación de vivienda o ayuda de tercera persona permanente porque el lesionado ha sufrido daños cerebrales irreversibles.

Y otra cosita muy importante: no te creas que es más fácil reclamar y que te paguen tus lesiones si son menores que si son muy severas o graves.

Las lesiones menores son las que padece el 80% de las víctimas de accidentes, y dan muchos problemas porque las compañías no las valoran bien e incluso se niegan a pagarlas.

Como los famosos casos de latigazos y esguinces cervicales.

Y las lesiones severas o graves disparan las indemnizaciones, por eso se valoran a la baja por las compañías, para evitar pagar todo lo que puedan.

Conclusión: sean cuales sean tus daños, no esperes nunca a que la compañía dé el primer paso.

Busca ayuda de un abogado experto en accidentes y ponte en sus manos: te vas a ahorrar muchos quebraderos de cabeza, podrás ocuparte de recuperarte, que es lo importante, y podrás conseguir que te paguen lo de que verdad te corresponde.

Te explicamos a continuación de forma sencilla qué daños se pueden reclamar en un accidente de tráfico y los principales problemas que puedes encontrarte.

Qué daños materiales se reclaman en un accidente de tráfico

Casi todo el mundo piensa, cuando se habla de daños materiales, que esta parte de la indemnización se refiere a la reparación del coche, la moto, o la bici.

Incluso el patinete, si te arrollan circulando en uno.

Hasta ahí es verdad. Los daños materiales te los tienen que reparar.

Lo fácil: tienes seguro a todo riesgo, llevas el coche al taller, lo ve el perito y te lo reparan.

Las complicaciones: tienes el seguro a terceros, y esto implica que no te van a reparar coche o moto mientras el contrario no reconozca la culpa.

¿Y si la compañía te niega la culpa?

Empiezan los problemas y mientras tú no puedes arreglar tu coche o moto salvo que lo pagues por adelantado y luego reclames.

Otra complicación: el siniestro total.

Lo fácil: la compañía te lo valora bien (valor venal + valor de afección) y te pagan. A veces pasa.

Lo difícil: no te valoran el siniestro bien y te toca reclamar (por desgracia, más habitual).

Vamos con los daños en una bici.

Si eres de los que ha contratado un seguro para bici, la cosa es algo más sencilla.

Pero si no tienes seguro de bici, la compañía del culpable te va a poner todas las pegas del mundo porque es la única aseguradora y tienen que hacerse cargo de todo.

¿Quieres repararla? Si no te la valoran bien te toca hacerlo por tu cuenta.

¿Y si tú crees que no se puede reparar, pero la compañía de turno no quiere pagarte el siniestro?

Ahí lo dejamos.

Todas estas situaciones son mucho más habituales de lo que crees y generan muchísimos problemas a la hora de reclamar daños materiales.

Pero hay más.

Los daños materiales comprenden también todos aquellos objetos que llevabas en el accidente y que se han roto o dañado.

Por ejemplo, unas gafas de sol o de ver, una mochila con un ordenador, el equipaje en un accidente de autobús o coche, un reloj, o un teléfono móvil.

Incluso la ropa que llevabas puesta si tras el accidente los servicios de emergencias tienen que romperla para atenderte.

Hace unos meses tuvimos un caso en el despacho donde las víctimas eran varios miembros de una familia que venían de vacaciones.

Llevaban en el coche dos tablas de surf, valoradas cada una en 300 €, y que, por supuesto, se dañaron en el accidente, junto con el equipaje que traían (el coche dio varias vueltas de campana).

Todo eso también son daños materiales. Y también se reclaman.

Lo mismo ocurre con el casco de una víctima de accidente de moto o de bici, los guantes o la indumentaria de ciclista o motorista.

¿El problema?

  • Que hay que justificar que llevabas estos objetos en el momento del accidente.
  • Que hay que sacar fotos y conservar todo lo dañado.
  • Que hay que aportar presupuestos o facturas de reparación.
  • Y que las aseguradoras son muy reacias a pagar este tipo de daños.

Esto no significa que no puedas reclamar los daños materiales.

Si tienes ayuda legal tu abogado te va a orientar sobre cómo gestionar su pago y qué vas a necesitar.

Qué daños personales se reclaman en un accidente de tráfico

Aquí viene el principal obstáculo de todo perjudicado en un siniestro con las compañías.

Los daños personales son las lesiones que has tenido.

Y tipos de lesiones hay muchas: leves, graves, muy severas, o los casos más extremos, con el fallecimiento de la víctima.

El tipo de lesión determina la mayor o menor cuantía de la indemnización.

El pago de los daños personales se divide, en términos generales, en días y secuelas.

Indemnización por días: qué son y problemas

La compañía tiene que pagarte los días que tardas en recuperarte, que se cuentan desde la fecha del accidente hasta que recibes el alta médica.

Estos días se pagan de diferente manera según hayas tenido que estar hospitalizado, en UVI o similar, incapacitado para hacer tu vida normal (con baja laboral, inmovilizado…) o, aunque hicieras tu vida habitual hayas estado tratándote con rehabilitación para curarte.

En el Baremo estos días se llaman de perjuicio personal básico, y perjuicio personal particular en tres grados: moderado, grave y muy grave, y cada uno de esos días se paga a una cantidad.

¿Cuál es el problema de la indemnización por días?

Ni más ni menos, que las aseguradoras intentan pagar los días al menor precio posible.

Cuando has estado 15 días en la UCI no te los van a discutir, porque lo tienes acreditado en los informes médicos.

Si estás tres semanas hospitalizado, tampoco lo discuten.

Pero si, por ejemplo, una lesionada de 80 años sale del Hospital tras su ingreso por una FX de cadera y la trasladan a un centro de rehabilitación porque no puede valerse por sí misma, esos días también deberían computarse como de hospital.

Pero las compañías no siempre lo consideran así.

Los mayores problemas surgen con los días de perjuicio moderado, que son los que, por ejemplo, estás de baja laboral por el accidente, o tienes que estar inmovilizado en tu casa por y no puedes hacer tu vida normal.

Muchas aseguradoras no computan todos los días de baja laboral cuando son periodos prolongados.

Y en otras ocasiones no quieren considerar días moderados si te ves obligado a estar en casa sin moverte por las lesiones, porque “no tienes acreditada una baja laboral” (ERROR).

La diferencia entre valorar los días de una u otra manera puede suponer miles de euros de diferencia en la indemnización, sobre todo el lesionados de larga duración.

Es muy importante acreditar muy bien el cómputo de días, y que un abogado experto te asesore para pedir los documentos médicos que lo acrediten frente a la aseguradora.

Indemnización por secuelas: qué son y problemas

Una secuela es un dolor o limitación física, psíquica o estética que te queda una vez que has recibido el alta médica.

Pueden ser funcionales o estéticas, y se valoran por separado.

Las secuelas se valoran por puntos y atendiendo a la edad de la víctima, y para cuantificar la indemnización hay que acudir a unas Tablas que se incluyen en el Baremo de Tráfico.

La complicación: reclamar varias secuelas no es sumar dos y dos, porque cuando una víctima tiene varias, hay que aplicar una formulita (fórmula de Balthazar) que te indica el número total de puntos de secuelas que tienen que pagarte.

Una misma secuela tiene una horquilla de puntos que va de la valoración más leve (un punto) a la más severa (el máximo de puntos que se otorga a esa secuela).

Por sentido común, según tu secuela sea más leve o más grave, deben pagarte más o menos puntos.

Esta es la teoría.

En la realidad las compañías no funcionan así: siempre valoran las secuelas a la baja, es decir, con la mínima puntuación (eso cuando la valoran, porque muchas veces no las reconocen).

¿Qué ocurre?

Pues que una valoración a la baja de secuelas ahorra a la compañía mucho dinero de la indemnización.

Valorar las secuelas debe hacerse de forma personalizada, según cada lesionado, y teniendo en cuenta su evolución médica y su estado residual tras el alta médica.

Indemnización por secuelas en los accidentes muy graves

Los accidentes de tráfico graves incluyen en la valoración de secuelas una serie de conceptos que se pagan dependiendo de cada caso en particular.

Estos conceptos se incluyen en el Baremo de Tráfico y son:

 ✔️Los daños morales complementarios.

Es un plus que se paga a lesionados graves cuando tiene secuelas funcionales y una de ellas alcanza los 60 puntos o el resultado de las secuelas concurrentes llega a 80 puntos o más.

También se paga cuando hay perjuicio estético, siempre que sumen más de 36 puntos.

✔️El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados.

El Baremo paga una indemnización a los familiares de un gran lesionado, porque tienen que ocuparse de cuidar y atender de modo permanente a la víctima.

Por ejemplo, un perjudicado que queda con una tetraplejía a consecuencia del accidente.

Para poder reclamar este concepto, la víctima debe sumar más de 80 puntos con las secuelas concurrentes que le hayan quedado.

✔️El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas.

Esta indemnización valora y paga lo que vendrían a ser el equivalente a las incapacidades laborales derivadas de las secuelas, y se dividen en 4 grados:

  • Muy grave: equivale a una gran invalidez, pierdes tu autonomía personal y no puedes hacer la mayor parte de tus actividades de la vida normal (comer, beber, asearte…)
  • Grave: equivale a una incapacidad permanente absoluta, no puedes hacer algunas de tus actividades esenciales, incluyendo cualquier trabajo o profesión.
  • Moderado: equivale a una incapacidad permanente total, no puedes realizar una parte de tus actividades de desarrollo personal, entre ellas tu trabajo habitual.
  • Leve: el Baremo establece dos variantes, que se valoran según las secuelas sumen más o menos de 6 puntos, pero siempre que no puedas desempeñar actividades importantes para tu desarrollo personal.

✔️La pérdida de feto a consecuencia del accidente.

El Baremo valora este concepto el momento en que se produce la pérdida del feto (pérdida en las primeras 12 semanas de gestación o a partir de las 12 semanas de gestación).

 

✔️El llamado “perjuicio excepcional”

Este concepto es una especie de “cajón de sastre”, que es muy difícil que una aseguradora te lo reconozca y su valoración se hace en base a criterios de proporcionalidad (como máximo el 25% de la indemnización por perjuicio personal básico).

Como puedes ver, son muchos conceptos y con muchos requisitos, y como tónica general, las compañías van a evitar valorarlas para que la cuantía de la indemnización que tengan que pagar no se dispare.

En casos así de graves es imprescindible que tengas ayuda legal para calcular el importe de tu indemnización.

Los daños por perjuicio patrimonial en un accidente de tráfico

Este es el tercer bloque de una indemnización y se divide en dos conceptos: lucro cesante y daño emergente.

Perjuicio patrimonial: lucro cesante

El lucro cesante es todo perjuicio económico que tengas por haber tenido el accidente, o pérdida de ganancias que no has obtenido a consecuencia del mismo.

Es un concepto muy discutido por las aseguradoras, y que, sin embargo, es más habitual de lo que crees.

Imagina que por un accidente estás de baja laboral y te pierdes los meses de baja las comisiones que recibes habitualmente en tu actividad profesional.

O eres taxista y tu taxi, que es tu medio de trabajo, tiene que permanecer un tiempo en el taller para repararse, tiempo que tú no puedes trabajar al tener el taxi inmovilizado, perdiendo dinero.

Para reclamar el lucro cesante es necesario demostrar documentalmente esas pérdidas, para lo que te va a hacer falta ayuda legal, porque las aseguradoras no suelen pagarlo.

Perjuicio patrimonial: daño emergente

El daño emergente comprende todos los gastos que has tenido derivados directamente del accidente, que tiene que pagarte la compañía.

Imagínate que te atropellan, y a consecuencia del atropello te fracturas varias piezas dentales que necesitan reconstrucción o implantes.

Las facturas del dentista te las tiene que pagar la aseguradora.

Otros gastos habituales son los de farmacia, alquiler de muletas o sillas de rueda, desplazamientos a consultas médicas, rehabilitación o pruebas diagnósticas como una ecografía o una resonancia.

Para reclamar estos conceptos también necesitas facturas o presupuestos y siempre a tu nombre.

En los accidentes muy graves el daño emergente cobra mucha importancia porque va asociado a una serie de gastos que va a tener de futuro una víctima con secuelas muy graves.

Son conceptos también muy discutidos por las aseguradoras, que van a tratar de valorar siempre en mínimos, y que incluyen:

  • Gastos por asistencia sanitaria futura: se pagan a víctimas que quedan en estado de coma o vegetativos crónicos, con secuelas neurológicas muy graves, lesiones medulares, o sufren amputaciones, entre otras.

Se requiere para pagar estos gastos que la suma de las secuelas en estos casos sea igual o superior a 50 puntos o sean concurrentes e interagravatorias sumando 80 puntos o más.

En este apartado pueden reclamarse los gastos de prótesis y ortesis, y la rehabilitación domiciliaria y ambulatoria, siempre que esté justificada en informes médicos.

  • Gastos por pérdida de autonomía personal: pagan la adecuación de una vivienda o los costes de movilidad o necesidad de ayuda de una tercera persona cuando la víctima tiene un menoscabo físico intelectual, sensorial u orgánico, que le impide o limita realizar las actividades esenciales de la vida diaria.

Conclusión: a la hora de valorar qué daños se reclaman en un accidente de tráfico, debes tener en cuenta:

  • Que hay que conocer a fondo el Baremo de Tráfico.
  • Que hay que saber cómo acreditar ante una compañía de seguros el derecho a que te paguen por todos los perjuicios sufridos.
  • Que como víctima estás siempre en desventaja, por falta de información y por desconocer qué puedes reclamar y como se valoran y cuantifican tus daños.

Aunque una aseguradora diga que eres culpable y se niegue a pagarte, no des por buena su negativa hasta consultar con un abogado experto en accidentes.

¿Te han quedado dudas?

Si quieres saber qué daños se pueden reclamar en tu accidente de tráfico y no sabes por dónde empezar, podemos ayudarte.

Recuerda que nuestros honorarios te pueden salir gratis en todo o en parte gracias a la cobertura por defensa jurídica que también te gestionamos de modo gratuito.

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