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Daños morales accidente de tráfico: en qué consisten y cómo se reclaman en la indemnización

Reclamar los daños morales por accidente de tráfico es uno de los trámites más complejos a la hora de valorar una indemnización.

Si tú o alguien cercano estás en esta situación es porque hay por medio un siniestro grave o muy grave.

Esta parte de la indemnización afecta a víctimas con lesiones severas, y es una de las dudas más recurrentes por su complejidad y porque las compañías de seguros valoran estos perjuicios muy por debajo del alcance real del daño sufrido por la víctima.

Sin embargo, los daños morales afectan, y mucho, a la calidad de vida de la persona perjudicada y a su futuro, por eso deben valorarse de forma personalizada en cada caso.

En este artículo te explicamos de forma sencilla en qué consisten los daños morales por accidente, qué tipos hay y cómo se reclaman.

En Abogados Lesiones conocemos muy de cerca las complicaciones asociadas a estas reclamaciones, y podemos ayudarte para que te indemnicen por la totalidad de tus daños morales.

¿Por qué se reclaman los daños morales en un accidente de tráfico?

En la mayoría de los siniestros que se producen hay víctimas que pueden verse perjudicadas de distinta forma.

Puede que te hagan una faena colisionando tu vehículo y a ti no te pase nada, en cuyo caso vas reclamar los daños materiales como perjudicado.

Pero esto suele ser la excepción, porque es la casi totalidad de los accidentes la víctima sufre algún tipo de lesión.

Hablar de daño moral en un accidente de tráfico es referirse a un perjuicio mucho mayor, que va más allá de las propias lesiones sufridas.

Por ejemplo, tú puedes tener la clásica lesión de un siniestro que te afecta al cuello, la más habitual de todas, y tener que reclamar una indemnización por el latigazo cervical.

En la mayoría de estas reclamaciones no va a ver un daño moral, porque son lesiones más leves, vas a necesitar poco tiempo para curarte y te puede quedar alguna secuela menor o ninguna.

Ahora bien, no ocurre igual si sufres un siniestro de gravedad, donde vas a tener unas lesiones que van a requerir mucho más tiempo para restablecerte y con toda seguridad te van a quedar secuelas.

Cuando reclamas una indemnización por lesiones graves es muy probable que tengas que reclamar daño moral.

¿Por qué?

Básicamente porque, además del tiempo de curación y tus secuelas, las consecuencias físicas o psicológicas para tu persona son de tal gravedad que te van a afectar no sólo en el momento presente, sino también en tu vida futura.

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Es decir, hablamos de un perjuicio real que va a condicionar tu día a día o tu vida tal y como la conocías por la gravedad de tus lesiones y daños, y que debe ser reparado.

El Baremo de Tráfico lo que hace es tener en cuenta estas consecuencias para la víctima, y valorarlas para que reciba una compensación adicional por este perjuicio.

¿Cuál es la dificultad?

Hay varios problemas cuando reclamas daño moral en un accidente de tráfico:

 

➡️Como víctima desconoces cómo se puede valorar ese perjuicio, porque cada caso es diferente y afecta de forma distinta a cada persona.

➡️El cálculo de la indemnización por daño moral es muy complejo y no puede hacerse de forma automática, sino teniendo en cuenta las circunstancias de cada víctima.

➡️Cuantificar el daño moral aplicando el Baremo de Tráfico es imposible para la víctima, porque no sabes aplicarlo ni los conceptos que te pueden corresponder.

➡️El daño moral puede ser de muchos tipos, desde que tengas secuelas psicológicas, hasta un perjuicio físico de tal entidad que cambie tu vida a partir del accidente.

Esto ocurre, por ejemplo, con los grandes lesionados, cuyas necesidades en el futuro deben valorarse y pagarse por la aseguradora.

➡️Es evidente que no hay dinero en el mundo que pueda compensar a la víctima en estos casos tan graves, pero es necesario reclamarlo para que reciban la indemnización que por derecho les corresponde.

IMPORTANTE: NO podemos generalizar e insistimos en la importancia de valorar los daños de cada víctima en particular.

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Con esto queremos decir que el daño moral se reclama sobre todo cuando hay lesiones graves o muy graves, pero también pueden darse casos de lesiones de menor entidad que a una víctima en particular le afecten de forma más severa.

Por ejemplo, aunque las lesiones de cuello suelen ser en su mayoría más leves, a determinadas personas puede repercutirles de tal forma que exista daño moral.

Un caso real de lesión cervical que derivó en daño moral fue el de una lesionada que trabajaba en limpieza de hospitales, y sufrió una cervicalgia con mareos, vértigos y mucha incapacidad que le supuso una baja laboral de más de 10 meses.

Las secuelas de la lesión cervical fueron tan severas que tuvieron que cambiarle las funciones de su puesto de trabajo para adaptarlas a su situación tras el alta médica.

Esto es un perjuicio moral provocado por las secuelas del accidente, porque nuestra clienta se vio afectada en la actividad laboral que venía ejerciendo antes del siniestro, que quedó limitada de forma parcial.

Con esto queremos insistir en la necesidad de analizar caso por caso, las circunstancias de la víctima, y las consecuencias derivadas de sus lesiones y daños. 

 

¿Qué tipos de daños morales en accidente de tráfico se pueden reclamar?

Para reclamar una indemnización por daños morales en un accidente de tráfico hay que valorar el tipo de perjuicio sufrido por la víctima y su alcance.

Pueden ser perjuicios físicos, psicológicos, o que afecten también a la familia del perjudicado por la severidad de sus lesiones.

Todos ellos vienen detallados en el Baremo de Tráfico, y es necesario tener ayuda de abogados especialistas en accidentes de tráfico para valorar qué tipo de daño moral se puede reclamar.

Vamos a ver cada uno de los tipos de daños morales que se pueden reclamar, que son los siguientes:

  • Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial.
  • Daños morales complementarios por perjuicio estético.
  • Perjuicio moral por la pérdida de calidad de vida provocada por las secuelas de la víctima.
  • Perjuicio moral por la pérdida de calidad de vida de los familiares de un lesionado grave o muy grave.
  • Daños morales por pérdida de feto a consecuencia del accidente.
  • El llamado perjuicio excepcional.

Los daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial

Es un daño moral incluido en el Baremo dentro del perjuicio personal particular, es decir, que NO lo tienen todas las víctimas, y hay que ver cada caso particular para reclamarlo.

Se trata de un plus económico que se reclama sólo en casos de grandes lesionados, con daños muy graves y secuelas muy severas, que a afectar para siempre a su vida diaria.

Por ejemplo, se incluye siempre cuando vas a reclamar una indemnización por paraplejia o tetraplejia en un accidente, porque estas lesiones medulares afectan de por vida a la víctima.

Para reclamar este concepto el Baremo indica que es necesario:

  • Que una sola secuela funcional de la víctima esté valorada en 60 puntos o más.
  • O que la suma de las secuelas concurrentes sea de 80 puntos o más.

Para que lo entiendas bien, cada secuela de la víctima se valora por puntos y teniendo en cuenta su edad cuando sufre el siniestro.

¿Qué debes tener en cuenta?

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Las secuelas no se suman tal cual, sino que en casos donde el perjudicado tiene varias secuelas hay que aplicar una fórmula, llamada “Fórmula de Balthazar”, y el resultado de aplicarla nos dará el número de puntos que vamos a reclamar.

Esto no es nada sencillo, sobre todo en lesiones suele haber secuelas interagravatorias, duplicadas y concurrentes, y es necesario aplicar la Fórmula de Balthazar.

Las compañías siempre dan valores bajos a las secuelas para evitar que sumen puntos y tener que pagar este daño moral complementario a la víctima.

Para cada caso el Baremo de Tráfico establece una horquilla de cantidades, que va desde el valor más leve al más severo, en función de que el perjuicio sea más o menos importante.

En este año 2024 los daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial se valoran entre un mínimo de 23.721,33 € y un máximo de 118.606,64 €.

Si una víctima supera con creces los 60 puntos con una secuela, por ejemplo, habrá que puntuar en la horquilla una cantidad mayor, pues no es igual que tengas una secuela que vale 60 puntos a que se valore en 80 puntos.

La diferencia de puntos entre lo que te ofrezca la aseguradora y lo que te corresponda de verdad puede ser de mucho dinero si puntúan a la baja, dinero que debes reclamar.

Daños morales por perjuicio estético

Este daño moral se aplica a las secuelas estéticas, como pueden ser quemaduras, cicatrices, cojeras o daños más graves como una amputación.

Puede reclamarse este concepto cuando el perjuicio estético valorado supone más de 36 puntos de secuela.

Como en las funcionales, aquí también se puntúa el perjuicio sufrido atendiendo a su mayor o menor gravedad, correspondiendo más puntos cuanto más importante es, y teniendo en cuenta también la edad de la víctima.

En este año 2024 la horquilla de puntos para valorar los daños morales por secuelas estéticas oscila entre los 11.860,66 € y los 59.303,32 €.

Como imaginas, las compañías de seguros intentarán siempre ofrecer una menor puntuación para pagar menos indemnización, por eso debes tener siempre ayuda legal especializada.

Daños morales por pérdida de calidad de la vida ocasionada por las secuelas

Esta indemnización adicional es una de las más habituales como daño moral y se aplica sobre todo a lesionados graves, si bien con menos puntos de secuela también puede reclamarse.

El objetivo es compensarte como lesionado por los perjuicios que te han supuesto las secuelas padecidas, que afectan a tus actividades de la vida diaria o de tu desarrollo personal.

El Baremo aclara qué tipo de limitaciones se incluyen aquí en su artículo 107, distinguiendo:

  • Las secuelas te impiden o limitan tu autonomía personal cuando afectan a tareas de tu día a día normal (Art.51 del Baremo).

Ejemplo: lesionado que por secuelas medulares no puede vestirse, asearse o comer por sí mismo.

  • Las secuelas te impiden o limitan tu desarrollo personal cuando afectan al ejercicio de determinadas actividades muy concretas de tu vida (Art.57 del Baremo).

Ejemplo: te cambian de puesto de trabajo porque ya no puedes hacer las tareas profesionales del mismo como venías haciendo antes del siniestro.

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El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida se valora en 4 grados, del más grave al más leve, y vienen a equivaler a los diferentes grados de una incapacidad laboral.

Cada uno de los grados también se valoran en el Baremo con una horquilla de puntos, según sea más o menos grave el daño moral.

Reclamar esta indemnización adicional siempre da problemas por la negativa de las compañías de seguros a pagar o porque valoran a la baja, lo que puede suponerte como víctima perder mucho dinero.

Estos son los grados:

Grado muy grave de perjuicio moral: se aplica a víctimas con daños muy severos, que le impiden hacer casi todas las actividades básicas de la vida, como son comer, beber o vestirse.

El ejemplo más habitual es el del lesionado que después del accidente se queda en coma, o aquellos que van a vivir el resto de su vida en un estado vegetativo.

La horquilla de cantidades para este daño moral está entre 111.193,73 y 185.322,88 euros, y debe valorarse según la mayor o menor gravedad de la víctima.

Grado grave de perjuicio moral: se aplica a víctimas que no van a tener autonomía personal para desempeñar su actividad profesional o la mayoría de sus tareas relacionadas con su desarrollo personal.

Es un equivalente a la incapacidad permanente absoluta laboral.

La horquilla de cantidades para este daño moral está entre 49.419,44 y 123.548,59 euros.

Grado moderado de perjuicio moral: se aplica a víctimas que no podrán hacer parte de su actividad profesional o de desarrollo personal.

Es similar a una incapacidad permanente total laboral y la horquilla de cantidades para este daño moral está en 2024 entre 12.354,86 y 61.774,29 euros.

Grado leve de perjuicio moral: se aplica a víctimas que tienen más de 6 puntos de secuelas y no pueden hacer determinadas tareas específicas propias de su desarrollo personal.

También se aplica a perjudicados cuya actividad profesional sufre limitaciones, al margen de los puntos de secuela que tenga.

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Por ejemplo, si has sufrido una lesión en un hombro, eres ama de casa y no puedes hacer parte de tus tareas domésticas, como hacer camas o pasar el aspirador.

Lo mismo ocurre si tu empresa te limita las funciones que desempeñas en tu trabajo porque hay una parte que te es imposible realizar, o te cambian de puesto.

La particularidad del daño moral leve es que no hace falta ser un lesionado grave o muy grave, como en los otros grados, y las limitaciones para poder reclamar son menores.

Por ello las compañías de seguros no valoran este perjuicio, y en la mayoría de los casos hay que reclamarlo judicialmente.

Daños morales por pérdida de calidad de la vida de la familia de un gran lesionado

Este perjuicio se valora en casos de víctimas con daños muy severos, como pueden ser las que sufren lesiones medulares, que van a necesitar ayuda permanente.

Las familias tienen que adaptarse a la situación, y ello conlleva tener que cuidarlos y atenderlos el resto de su vida, con el perjuicio que les supone también a ellos.

Para la valoración de este daño moral se tiene en cuenta la edad de la víctima y el alcance y severidad de las secuelas.

El Baremo incluye en este concepto una cantidad mínima (37.064,58 €) y una máxima (179.145,45 €), y hay que ver qué cantidad se reclama en función del grado de dedicación y cuidado que necesita el lesionado. 

Esta indemnización no se reclama directamente por las familias, sino que lo hace la propia víctima, siendo un pago que va a destinar a compensar el perjuicio que van a tener sus familiares.

Como abogados de lesiones medulares sabemos que este daño moral hay que reclamarlo siempre.

Daños morales por la pérdida del feto en un accidente de tráfico

Esta indemnización se paga a las mujeres embarazadas que pierden el feto en un siniestro con una cantidad fija indicada en el Baremo, que depende del tiempo de gestación:

  • Cuando el feto se ha perdido dentro de las 12 primeras semanas de gestación la aseguradora tiene que pagar este 2024 la cantidad de 18.532,29 euros.
  • Cuando se pierde después de las primeras 12 semanas de gestación el Baremo indemniza en 2024 con el importe de 37.064,58 €.

Daños morales consistentes en un “perjuicio excepcional”

Este concepto se utiliza poco porque el Baremo no lo define, sino que lo recoge para casos muy concretos donde haya algún tipo de daño moral que no se valora en todos los perjuicios anteriores.

Sólo puede pedirse cuando se reclama una indemnización por muerte en accidente o cuando el lesionado padece secuelas graves.

El cálculo de este daño moral se hace aplicando como máximo el 25% sobre la cantidad que salga como indemnización a pagar por perjuicio personal básico.

Qué hace falta para reclamar daños morales en accidente de tráfico

La clave a la hora de pedir el pago de los daños morales está en demostrarlos, y eso no siempre es sencillo.

Hay muchas veces que no es fácil acreditar el alcance real del perjuicio para la víctima.

Esto afecta a la indemnización, porque al haber horquillas de cantidades entre mínimo y máximo, es complicado determinar qué cantidad exacta pedir por daño moral.

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El otro problema es, como siempre, la postura de las aseguradoras, que no reconocen el daño moral fácilmente, o si lo hacen lo pagan mal (menos de lo que deberían).

A partir de la indemnización por secuelas en un accidente grave hay que hacer la valoración de estos perjuicios morales y su cálculo para reclamarlos a la compañía.

Por eso es imprescindible que el perjudicado tenga un buen asesoramiento legal y sean abogados de siniestros quienes valoren el alcance del perjuicio y reclamen en defensa de los derechos de la víctima.

¿Qué documentos serán necesarios?

➡️Informes médicos que acrediten las secuelas, sean funcionales o estéticas.

Aquí entran todos los documentos que acreditan la evolución de las lesiones, y en qué estado queda el perjudicado cuando recibe el alta médica porque ya está estabilizado.

➡️Informes de especialistas que demuestren el alcance y severidad de las lesiones.

Son muy importantes cuando hay lesiones muy específicas que requieren de valoración por médicos muy especializados en ese tipo de daño.

➡️Informes laborales de empresas o expertos en incapacidades, cuando hay que acreditar pérdida o limitación de la capacidad para desempeñar el trabajo o profesión habitual.

➡️Informes periciales, emitidos por peritos expertos en valorar el daño corporal.

Los peritos van a especificar en sus informes hasta dónde llega el daño moral y qué limitaciones para el desarrollo personal o la autonomía personal tiene la víctima, y qué tipo de actividades se ven afectadas por el accidente.

Estos informes son necesarios porque las aseguradoras van a emitir también periciales cuando la víctima sea reconocida por sus servicios médicos.

Como los peritos de compañía van a valorar el daño moral a la baja (o no valorarlo) es imprescindible rebatir sus argumentos con los informes periciales aportados por la víctima.

Resumiendo:

➯Los daños morales en un accidente de tráfico suelen reclamarse por víctimas con lesiones graves, aunque hay excepciones para lesiones de menor entidad.

➯Las aseguradoras discuten esta parte de la indemnización siempre, y en muchos casos hay que reclamarlo en vía judicial.

➯Es fundamental demostrar la entidad del daño y hacer bien los cálculos atendiendo al alcance real del perjuicio sufrido.

➯Lo más complejo es determinar qué cantidad se solicita, dado que la mayoría de conceptos reclamables como daño moral no incluyen una cantidad fija, sino una horquilla económica con un mínimo y un máximo.

Conocemos muy bien cómo reclamar el daño moral en accidente porque hemos defendido los intereses de cientos de lesionados graves.

Es muy importante buscar asesoramiento legal inmediato, y nosotros estamos deseando ayudarte a resolver todas tus dudas.

Si lo deseas puedes consultarnos tu caso gratis y sin compromiso y recibir toda la información que necesites.

No olvides que en un accidente de tráfico la ayuda legal gratuita es posible gracias a la defensa jurídica incluida en tu póliza de seguros.

 

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