blog

Reclamar Indemnización de accidente por mal estado de la carretera

Puedes reclamar una indemnización por accidente por mal estado de la carretera si hay desperfectos en la vía, daños acreditados y pruebas de que el accidente se produce por falta de mantenimiento, señalización o conservación de la calzada.

Sufrir un accidente por culpa de un bache, un socavón, gravilla sin señalizar o una carretera en mal estado genera una sensación de impotencia enorme.

Es habitual pensar que no se puede reclamar nada porque en el siniestro no hubo otro vehículo implicado.

Sin embargo, puedes hacerlo si demuestras que el accidente se produjo por un defecto de conservación, señalización o mantenimiento de la vía.

La clave no está solo en demostrar que la carretera estaba deteriorada, sino en acreditar que ese desperfecto fue la causa directa del accidente y de los daños sufridos.

La reclamación puede incluir lesiones, secuelas, daños materiales, gastos médicos y pérdidas económicas.

Actuar rápido, asesorarse legalmente y conservar pruebas es fundamental para conseguir una indemnización por mal estado de la vía.

Tabla de contenidos

¿Se puede reclamar una indemnización por el mal estado de la calzada?

Sí, es posible reclamar una indemnización por accidente por mal estado de la carretera, pero no se concede de forma automática.

Para que la reclamación prospere debe existir un daño real y, sobre todo, una relación causal clara entre el estado defectuoso de la vía y el accidente sufrido.

Esto afecta tanto a vías estatales como autonómicas, provinciales, urbanas o autopistas de peaje, que tienen que mantenerse en condiciones óptimas de seguridad para los usuarios.

 

Cuando existe un defecto relevante de conservación y este provoca un accidente, surge lo que se conoce como “responsabilidad patrimonial”.

En la práctica, la reclamación suele dirigirse contra la Administración responsable de la vía o contra la empresa concesionaria encargada del mantenimiento en el caso de las autopistas de peaje.

Ahora bien, no basta con demostrar que había un bache o un firme deteriorado.

La Administración suele defenderse alegando que el accidente se produjo por culpa del conductor, exceso de velocidad, falta de atención o circunstancias meteorológicas.

Por eso, las pruebas para demostrar la relación causal entre el estado de la carretera y los perjuicios sufridos adquieren un papel decisivo en la reclamación.

La indemnización puede incluir, según cada caso:

  • Daños materiales.
  • Lesiones temporales.
  • Secuelas físicas o psicológicas.
  • Gastos derivados del accidente (por ejemplo, consultas médicas, rehabilitación, asistencia, desplazamientos o grúa)
  • Pérdida de ingresos o ganancias no obtenidas por culpa del accidente.

La valoración de lesiones y secuelas se realiza aplicando:

  • El sistema de valoración de daños personales previsto en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCVM).
  • La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, conocida como Baremo de Tráfico, actualizado a 2026.

La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

 

La responsabilidad patrimonial de la Administración permite reclamar daños sufridos por los ciudadanos cuando se han producido por el funcionamiento anormal de los servicios públicos.

En el caso de accidentes por mal estado de la carretera la base de la reclamación suele encontrarse en la obligación de conservación y mantenimiento de las vías públicas.

Dicho de forma sencilla: si una carretera presenta un estado peligroso que la Administración debía haber reparado, señalizado o controlado y ese defecto provoca un accidente la víctima puede reclamar los daños sufridos.

La regulación general de esta responsabilidad aparece recogida en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en la normativa administrativa y de tráfico aplicable.

No obstante, cada caso debe analizarse individualmente, porque la Administración no responde automáticamente por cualquier accidente ocurrido en una vía pública.

Será necesario demostrar:

  • La existencia del desperfecto o falta de conservación de la vía.
  • Los daños sufridos por la víctima.
  • El nexo causal entre el mal estado de la carretera y los perjuicios sufridos.
  • La ausencia de culpa exclusiva de la víctima.

Tipos de desperfectos comunes: Socavones, falta de señalización y objetos en la vía

 

Existen numerosos defectos de conservación que pueden provocar accidentes graves, especialmente para motoristas, ciclistas y conductores que circulan de noche o con lluvia.

Entre los desperfectos más habituales se encuentran:

  • Baches
  • Socavones
  • Grietas profundas.
  • Firme deteriorado.
  • Gravilla suelta.
  • Obras sin señalizar.
  • Señales caídas o defectuosas.
  • Falta de iluminación.
  • Alcantarillas hundidas.
  • Objetos u obstáculos en la calzada.
  • Restos de obras.
  • Ramas, piedras u otros elementos no retirados.

Un ejemplo frecuente es el accidente de motocicleta causado por gravilla no señalizada en una curva.

También son habituales los reventones de neumáticos por socavones profundos o las caídas de ciclistas por alcantarillas desniveladas.

Sin embargo, la mera existencia de un obstáculo no implica automáticamente responsabilidad de la Administración.

Habrá que acreditar que existió falta de mantenimiento, ausencia de señalización adecuada o retraso injustificado en la retirada del peligro.

No es lo mismo una piedra caída de manera imprevisible segundos antes del accidente que restos acumulados durante días sin señalización ni actuación de conservación.

 

Requisitos indispensables para que la reclamación sea viable

 

Muchas reclamaciones en accidentes por mal estado de la carretera se rechazan porque la víctima no consigue acreditar adecuadamente alguno de los elementos esenciales que prueban la responsabilidad de la Administración.

Para que la reclamación tenga posibilidades reales de éxito tienes que demostrar:

  • La existencia de un desperfecto o riesgo en la vía.
  • La existencia de lesiones y daños sufridos.
  • La relación directa entre el accidente, los daños y el estado de la carretera.
  • La ausencia de culpa exclusiva del conductor.
  • Pruebas suficientes que prueben la responsabilidad de la Administración.

Uno de los errores más frecuentes consiste en abandonar el lugar sin fotografiar el desperfecto y sin avisar a la Guardia Civil o Policía Local.

Cuando no existen pruebas objetivas la Administración suele negar la existencia del defecto o cuestionar su gravedad.

También resulta importante acreditar correctamente los perjuicios sufridos.

Esto incluye tanto la reclamación de daños materiales en el vehículo como las lesiones, gastos médicos, secuelas, baja laboral o pérdida de ingresos.

En la práctica, cuanto más completa sea la documentación, mayores posibilidades de éxito tendrá la reclamación.

Las pruebas más útiles suelen ser:

  • Fotografías y vídeos del lugar del accidente.
  • Atestado policial.
  • Testigos que han presenciado el siniestro.
  • Informes periciales (médicos o de peritos reconstructores de accidentes).
  • Informes médicos de evolución de lesiones.
  • Facturas de gastos.
  • Presupuestos de reparación.
  • Informes de asistencia en carretera.

También puedes pedir información sobre otras incidencias previas, avisos o actuaciones de mantenimiento para probar que la Administración conocía el riesgo y no actuó adecuadamente.

El nexo causal: Demostrar que el accidente fue provocado por la vía

 

El llamado “nexo causal” es el elemento más importante de este tipo de reclamaciones.

No basta con demostrar que el accidente ocurrió en una carretera en mal estado.

Hay que acreditar que el siniestro se produjo precisamente por culpa de esos desperfectos o deficiencias en la vía.

Por ejemplo:

  • Una moto cae al pasar por gravilla no señalizada.
  • Un coche revienta una rueda al entrar en un socavón profundo.
  • Un ciclista pierde el equilibrio por una alcantarilla hundida.
  • Un conductor pierde el control de su vehículo debido a obras insuficientemente señalizadas.

En todos estos casos, la clave consiste en demostrar que el desperfecto fue determinante en la producción del accidente.

En muchas ocasiones, un simple gesto como tomar la precaución de hacer fotografías inmediatamente después de ocurrir el accidente puede ser decisivo en la reclamación.

También tienen gran valor probatorio el Atestado policial, los testimonios de otros conductores o posibles grabaciones de cámaras en el lugar del siniestro.

Por ejemplo, puedes acreditar la ausencia de señales de peligro, la profundidad del bache o la existencia de múltiples reclamaciones previas en el mismo punto.

Cuanto más clara sea la conexión entre el desperfecto de la vía y el accidente más sólida será la reclamación.

La ausencia de culpa del conductor (fuerza mayor o negligencia)

 

Otro de los puntos más discutidos en este tipo de procedimientos es la posible responsabilidad del propio conductor.

La Administración puede rechazar o reducir la indemnización si considera que el accidente se produjo por culpa exclusiva de la víctima o por circunstancias inevitables.

Entre las causas más habituales alegadas por la Administración se encuentran:

  • El exceso de velocidad.
  • Las distracciones del conductor al volante.
  • La conducción imprudente o temeraria.
  • No respetar las señales existentes.
  • Falta de mantenimiento del vehículo.
  • Neumáticos en mal estado.
  • Condiciones meteorológicas extremas inevitables.
  • La fuerza mayor.

Por ejemplo, si un conductor circulaba claramente por encima de la velocidad permitida y pierde el control al atravesar un bache, la Administración podría alegar concurrencia de culpas.

Del mismo modo, si el accidente se produce durante un fenómeno meteorológico extraordinario e imprevisible podrían alegar existencia de fuerza mayor.

Eso no significa que cualquier mínima imprudencia elimine automáticamente el derecho a reclamar.

En muchos casos puede existir una responsabilidad compartida o parcial.

Por eso es tan importante que un abogado especialista analice el accidente, las pruebas disponibles y las posibilidades reales de reclamación.

 

¿A quién se debe reclamar los daños del accidente?

 

Uno de los errores más frecuentes en este tipo de reclamaciones consiste en dirigir la reclamación contra una Administración incorrecta.

No basta con reclamar “a la Administración” de forma genérica.

Es imprescindible identificar correctamente quién es el titular o responsable de la vía donde ocurrió el accidente.

Dependiendo del tipo de carretera, la responsabilidad puede corresponder al Estado, a una Comunidad Autónoma, a una Diputación Provincial, a un Ayuntamiento o incluso a una empresa concesionaria.

Además, algunas vías tienen organismos específicos de conservación y mantenimiento, especialmente en autopistas o infraestructuras gestionadas mediante concesión.

En muchos casos, el propio Atestado Policial puede indicar la titularidad de la vía.

También puedes comprobar la Administración competente a través de:

  • Señales identificativas.
  • Punto kilométrico.
  • Denominación de la carretera.
  • Información administrativa.
  • Servicios de conservación.

Cuando existen dudas lo más recomendable es buscar asesoramiento especializado antes de presentar la reclamación.

 

Carreteras Estatales, Autonómicas o Provinciales: Cómo identificar al titular

 

De forma general, la distribución de titularidad administrativa según el tipo de vía es la siguiente:

  • Carreteras estatales: Administración General del Estado.
  • Carreteras autonómicas: Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Carreteras provinciales: Diputación Provincial o entidad competente.
  • Vías urbanas: Ayuntamiento.

 

Por ejemplo, las autovías y carreteras nacionales suelen depender del Estado, mientras que muchas carreteras secundarias dependen de Comunidades Autónomas o Diputaciones.

Las calles urbanas normalmente son responsabilidad municipal.

Para identificar correctamente al titular de la vía debes revisar:

  • El nombre de la vía.
  • El punto kilométrico.
  • Las señales existentes.
  • El Atestado policial o de la Guardia Civil.
  • La información de conservación viaria.

En determinados casos, algunas carreteras pueden depender de organismos concretos de conservación o mantenimiento.

El papel de las empresas concesionarias en autopistas de peaje

 

En autopistas de peaje y determinadas vías concesionadas puede existir responsabilidad de la empresa encargada de la explotación y conservación.

Estas entidades tienen obligaciones de mantenimiento y seguridad similares a las de la Administración respecto al estado de la vía.

Por ello, si el accidente ocurre en una autopista de peaje te recomendamos:

  • Conservar el ticket o justificante del peaje.
  • Solicitar parte o incidencia a la concesionaria.
  • Guardar justificantes de asistencia en carretera.
  • Pedir referencias o imágenes si existen cámaras de control.

En ocasiones, las grabaciones internas de tráfico pueden resultar importantes para acreditar el accidente o la existencia de un obstáculo en la vía.

También es importante comunicar la incidencia lo antes posible, especialmente si el desperfecto continúa generando peligro para otros conductores.

 

Qué hacer en el momento del accidente: Pruebas fundamentales

 

Las primeras actuaciones tras el accidente influyen directamente en el éxito de una reclamación.

Muchas víctimas se centran únicamente en retirar el vehículo o resolver la urgencia inmediata y olvidan recopilar pruebas esenciales.

El problema aparece después, cuando la Administración niega la existencia del desperfecto o discute la causa del accidente.

Por eso, si las circunstancias lo permiten y siempre priorizando la seguridad, conviene seguir una serie de pautas básicas que te recomendamos seguir paso a paso.

 

 

Garantizar la seguridad tras el siniestro

 

Lo primero es proteger a las personas implicadas y evitar nuevos accidentes:

  • Señaliza la zona.
  • Colócate en un lugar seguro.
  • Activa las luces de emergencia.
  • Llama al 112 si existen lesionados o riesgo para la circulación.

 

No abandonar el lugar sin documentar lo ocurrido

 

Nunca te marches del lugar del accidente sin recopilar pruebas para demostrar el accidente y la responsabilidad de la Administración que corresponda.

Si abandonas el escenario del siniestro luego no podrás recopilar las pruebas in situ que te ayudan a acreditar tu derecho a la indemnización.

 

Avisar a la autoridad competente

 

Solicitar presencia policial es un requisito básico porque el Atestado se convierte en la prueba que necesitas para demostrar la responsabilidad de la Administración.

El Atestado puede reflejar puntos tan importantes como:

  • El estado de la vía.
  • La existencia de un obstáculo o desperfecto en la carretera como causa del siniestro.
  • Una señalización defectuosa.
  • Trayectoria y posición final del vehículo.
  • Manifestaciones de testigos presenciales.

 

Fotografiar y grabar el desperfecto

Las imágenes son una de las pruebas más importantes, porque se sacan en el momento inmediatamente posterior al accidente.

Siempre que te sea posible debes realizar fotografías generales y de detalle:

  • Baches
  • Socavones
  • Gravilla
  • Obras
  • Obstáculos.
  • Señalización.
  • Daños del vehículo.
  • Punto kilométrico.

Si es posible, también es útil grabar vídeo mostrando el entorno completo.

 

Recoger datos de testigos

Los testigos independientes pueden resultar decisivos para confirmar tu versión del accidente.

Pídeles su nombre y apellidos, teléfono, dirección y matrícula si son otros conductores que han presenciado lo ocurrido.

 

Acudir al médico si hay lesiones

 

Aunque las lesiones parezcan leves, es importante acudir a urgencias o al médico cuanto antes, y siempre en el plazo máximo de 72 horas desde que ocurrió el accidente.

El primer diagnóstico ayuda a relacionar médicamente las lesiones con el accidente.

 

Conservar facturas, presupuestos y justificantes

 

Es muy importante guardar toda la documentación relacionada con el siniestro:

  • Informes médicos, de evolución y pruebas diagnósticas.
  • Facturas y/o presupuestos de reparación.
  • Justificantes traslado grúa.
  • Pruebas del accidente (Atestado, testigos, fotos).
  • Gastos por indemnización en el accidente (farmacia, rehabilitación, desplazamientos, pruebas médicas)

Vas a necesitar toda esta documentación para justificar tu derecho a reclamar la indemnización.

 

La importancia de llamar a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil o Policía Local

 

El Atestado policial suele convertirse en una de las pruebas más importantes en este tipo de reclamaciones.

En carreteras interurbanas normalmente interviene la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

En vías urbanas suele actuar la Policía Local.

Cuando existen lesionados también puede intervenir el servicio de emergencias 112.

El informe policial recoge datos fundamentales como son:

  • Estado de la carretera.
  • Existencia del obstáculo o desperfecto.
  • Falta de señalización.
  • Escenario del accidente y posición final del vehículo.
  • Manifestaciones de testigos.
  • Circunstancias del accidente.
  • Juicio crítico sobre causa del accidente.

 

Aunque el Atestado no garantiza automáticamente el éxito de la reclamación, sí puede reforzar enormemente la credibilidad de la versión de la víctima de cara a la Administración.

Recogida de pruebas en el lugar: Fotografías, vídeos y testigos testimoniales

 

La recopilación de pruebas visuales es muy importante siempre que puedas hacerlo, pero no se trata sólo de hacer una fotografía rápida del vehículo.

Te dejamos una tabla con las recomendaciones de fotos y vídeos que te interesa hacer si tienes que reclamar los perjuicios:

 

Prueba Qué conviene fotografiar o grabar
Vista general Estado completo de la vía y entorno
Desperfecto Bache, socavón, gravilla u obstáculo
Señalización Señales existentes o ausencia de ellas
Vehículo Daños visibles y posición final
Ubicación Punto kilométrico o referencias
Entorno Iluminación, visibilidad y climatología

 

También resulta recomendable incluir objetos de referencia que permitan apreciar el tamaño o profundidad del desperfecto.

En cuanto a los testigos, es importante recoger:

  • Nombre y apellidos.
  • Teléfono de contacto.
  • Matrícula si circulaban en otro vehículo.
  • Explicación breve de lo ocurrido.

 

Los testigos imparciales tienen gran valor cuando la Administración discute el nexo causal.

El informe médico: Plazo máximo de 72 horas para acudir a urgencias

 

Si existen lesiones es imprescindible acudir a urgencias o al médico lo antes posible, y siempre dentro de las primeras 72 horas.

Retrasar la asistencia médica puede dificultar la relación causal entre el accidente y las lesiones.

La Administración o la aseguradora van a cuestionar que los daños personales tengan origen en el siniestro si no existe una atención médica dentro de las 72 horas.

Esto es lo que debes tener en cuenta de cara a la primera asistencia médica:

  • Explica claramente cómo ocurrió el accidente.
  • Describe todos los síntomas (incluso molestias, por leves que sean).
  • Conserva todos los informes médicos hasta tu alta.
  • Sigue el tratamiento prescrito y las recomendaciones médicas.
  • Guarda justificantes de tratamiento y pruebas diagnósticas.

 

Si tienes que reclamar indemnización por secuelas los informes médicos de especialistas y las periciales médicas resultan determinantes para calcular la indemnización.

 

Procedimiento paso a paso para reclamar la indemnización

 

Aunque cada caso presenta particularidades, la reclamación por accidente por mal estado de la carretera suele seguir una serie de fases relativamente similares.

Conocer el procedimiento y tener asesoramiento legal especializado te ayuda a evitar errores y a actuar dentro de plazo.

 

Fase 1: La reclamación por vía administrativa previa

 

Cuando la responsabilidad del accidente es una Administración pública, el primer paso es presentar una reclamación previa de responsabilidad patrimonial en vía administrativa.

Este escrito debe incluir información suficientemente detallada sobre el accidente y los daños sufridos.

En general el escrito debe contener:

  • Datos personales del perjudicado.
  • Fecha, hora y lugar del accidente.
  • Identificación de la vía.
  • Descripción del desperfecto u obstáculo.
  • Explicación de cómo ocurrió el accidente.
  • Relación de lesiones y daños sufridos.
  • Cuantificación económica aproximada.
  • Fotografías y vídeos.
  • Informes médicos, pruebas diagnósticas y evolutivos del proceso.
  • Facturas y presupuestos de gastos.
  • Atestado policial.
  • Informes periciales si proceden.

Una vez presentada la reclamación, la Administración puede actuar de varias formas:

  • Estimarla total o parcialmente.
  • Rechazarla por no considerarse responsable.
  • Solicitar documentación adicional.
  • No responder dentro del plazo legal.

En la práctica, muchas Administraciones discuten el nexo causal, alegan culpa del conductor o no contestan para forzar a la víctima a acudir a la vía judicial si quiere seguir reclamando.

 

Fase 2: El recurso contencioso-administrativo ante los tribunales

 

Si la Administración rechaza la reclamación o no responde dentro del plazo correspondiente el siguiente paso es acudir a la vía contencioso-administrativa.

La reclamación judicial permite que un Juez revise:

  • Las pruebas que acreditan el derecho a reclamar.
  • La existencia del desperfecto u obstáculo que provoca el accidente.
  • La relación causal entre el siniestro y los daños sufridos.
  • La actuación de la Administración y su responsabilidad.
  • La cuantía de la indemnización.

Muchas reclamaciones inicialmente rechazadas por la Administración terminan obteniendo indemnización en sede judicial cuando existen pruebas sólidas.

Recuerda: una negativa administrativa inicial no significa necesariamente que el caso esté perdido.

La estrategia legal, las pruebas y el análisis técnico del accidente suelen resultar determinantes.

Plazos legales: ¿Cuánto tiempo tengo para interponer la reclamación?

 

En general, el plazo para reclamar responsabilidad patrimonial es de un año.

No obstante, el cómputo puede variar dependiendo del tipo de daños.

Cuando hay lesiones el plazo depende de su estabilización o curación, dado que para reclamar es necesario poder cuantificar económicamente el daño.

La Administración dispone de estos plazos:

  • 3 meses para responder a tu reclamación administrativa previa.
  • Si desestima esa reclamación o no responde en plazo dispones de 6 meses más después de haberse cumplido los 3 meses sin respuesta o con rechazo de la reclamación.

Dado que el cálculo de plazos puede generar dudas importantes te recomendamos revisar con tiempo tu caso con un abogado especializado en accidentes  y responsabilidad patrimonial.

 

¿Qué daños se pueden incluir en la indemnización?

 

Uno de los puntos clave de estas reclamaciones consiste en calcular correctamente todos los daños derivados del accidente.

Dependiendo del caso, pueden reclamarse dentro de la indemnización daños materiales, lesiones, secuelas, gastos médicos y perjuicios económicos.

 

Daños materiales del vehículo, ropa y objetos personales

 

Los daños materiales no incluyen sólo los desperfectos del vehículo.

Dentro de este apartado y según el caso puedes reclamar:

  • La reparación del vehículo.
  • Daños en neumáticos.
  • Llantas, bajos, suspensión o carrocería.
  • Pérdida total del vehículo (siniestro).
  • Casco e indumentaria de moto si es el caso.
  • Gafas.
  • Teléfono móvil.
  • Objetos personales dañados.
  • Gastos de grúa.

 

En determinados casos, especialmente cuando el vehículo queda inmovilizado durante días, también pueden reclamarse gastos derivados de transporte alternativo.

Lesiones, secuelas físicas o psicológicas y días de baja

 

Los daños personales constituyen uno de los apartados más importantes de la indemnización, sobre todo si hay lesiones graves.

Dentro de las lesiones temporales puedes reclamar:

  • Días de curación (perjuicio personal básico).
  • Días de baja laboral o incapacidad para hacer tu vida normal (perjuicio particular moderado).
  • Días de hospitalización (perjuicio personal grave).
  • Días de estancia en UCI (perjuicio particular muy grave).
  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Secuelas funcionales o estéticas (se valoran por separado).
  • Secuelas psicológicas.
  • Otros factores incluidos en el Baremo como la reclamación de daños morales (por ejemplo, la pérdida de calidad de vida).

La cuantificación de tu indemnización dependerá de varios factores:

  • Los informes médicos que aportes.
  • Tu evolución clínica.
  • Los tratamientos realizados.
  • Los resultados de pruebas diagnósticas.
  • Las limitaciones funcionales o estéticas que te queden tras tu alta médica.
  • El Baremo aplicable a fecha del accidente.

Las secuelas psicológicas, como ansiedad o miedo a conducir tras el accidente, también pueden ser indemnizables cuando se encuentran médicamente acreditadas con informes de especialistas (Salud Mental, psicólogos o psiquiatras).

Gastos médicos, rehabilitación, desplazamientos y pérdida de ingresos

 

Además de los daños materiales y personales, también pueden reclamarse el perjuicio patrimonial que incluye:

  • Los gastos económicos derivados del accidente (daño emergente).
  • Las pérdidas económicas o ganancias que dejas de percibir a causa del siniestro (lucro cesante).

Para reclamarlos tienes que presentar pruebas que acrediten tanto los gastos como los perjuicios económicos, como pueden ser:

  • Facturas (farmacia, sesiones de rehabilitación, pruebas médicas, desplazamientos a consultas y médicos).
  • Justificantes de pérdidas económicas (nóminas, IRPF, certificados de empresa).

El perjuicio patrimonial es especialmente importante en víctimas graves que según el caso pueden reclamar, entre otros conceptos:

  • Daños morales.
  • Ayuda de terceras personas.
  • Adecuación de vivienda o adaptación de vehículo.
  • Asistencia sanitaria presente o futura.

En el caso de autónomos y profesionales, puede reclamarse la pérdida de facturación cuando el accidente impide desarrollar la actividad habitual (lucro cesante).

Cuanta más documentación exista, más fácil será acreditar económicamente el perjuicio sufrido.

 

En resumen, reclamar una indemnización por el mal estado de la carretera exige actuar rápido, reunir pruebas sólidas y dirigir la reclamación contra la Administración adecuada.

Muchas reclamaciones se rechazan por falta de pruebas o errores en los plazos y la Administración suele discutir la responsabilidad.

Por eso, cuanto antes te asesores mayores posibilidades tienes de poder acreditar la responsabilidad y reclamar la indemnización.

Si has sufrido un accidente por mal estado de la vía en Abogados Lesiones te ayudamos a valorar la viabilidad del caso, calcular los daños y defender tu reclamación frente a la Administración o la concesionaria responsable.

 

Fuentes normativas:

-Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en materia de reclamación extrajudicial y oferta motivada.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911

-Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Baremo de Tráfico para valoración económica de las secuelas y otros factores de corrección).

https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/23/pdfs/BOE-A-2015-10197.pdf

-Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas para el año 2026.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-3803

-Ley 40/2025 de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública por mal estado de la vía.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566

 

RESERVA EN LÍNEA

Programación rápida y sencilla de citas con Abogado Lesiones

Reserve su consulta gratuita en menos de un minuto. En Abogados Lesiones, facilitamos el inicio de su reclamación. Elija el día y la hora que mejor le convengan y un especialista analizará su caso de inmediato, sin compromisos y con total confidencialidad.
Accidentes gestionados
0
Casos ganados
0 %