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Indemnización por accidente en cadena: quién paga, cómo se reparte la culpa y cómo reclamar

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Un accidente en cadena se produce cuando intervienen o se ven involucrados tres o más vehículos, y se conoce también como colisión por alcance o múltiple.

Si te ves involucrado en un siniestro de este tipo tu indemnización va a depender de factores como quién tiene la culpa, cómo se puede probar o qué posición ocupabas en el vehículo y en la dinámica del siniestro.

En este artículo te explicamos qué reglas rigen para determinar la culpa para reclamar los perjuicios sufridos, quién puede reclamar y en qué tienen que pagarte en la indemnización.

Cuando reclamas una indemnización por accidente en cadena es imprescindible contar con medios de prueba como el Atestado para acreditar la culpa y con ayuda legal de abogados expertos en siniestros desde el primer momento.

¿Quién tiene la culpa en un accidente en cadena? Reglas y escenarios más comunes

En la mayoría de los accidentes en cadena la culpa es del conductor que golpea primero, y ahí está el primer problema.

La causa más habitual de estas colisiones es no respetar la distancia de seguridad preceptiva con el vehículo que nos precede.

Pero al haber varios involucrados es fácil que se produzcan lanzamientos con colisiones casi simultáneas y culpas compartidas, por lo que la dificultad para determinar a quién reclamar es mayor.

Vas a tener este tipo de problemas:

  • Es complicado determinar quién es responsable para saber a qué aseguradora reclamar, al haber varios vehículos y varias compañías que pueden echarse la culpa unas a otras para no pagar.
  • Hay que acreditar documentalmente el alcance de los perjuicios porque las compañías se niegan a pagar cuando en estos accidentes hay pocos daños materiales y lesiones leves.

Regla general: el último que impacta suele ser responsable (distancia de seguridad)

La regla básica a tener en cuenta es que quien colisiona por detrás es responsable del accidente al no guardar la distancia de seguridad y no ir atento a las circunstancias del tráfico.

Este tipo de alcances son habituales en atascos y retenciones, sobre todo en accesos y salidas a las grandes ciudades en horarios punta, o en vacaciones y puentes

Este es un ejemplo típico:

Circulando lento o en caravana por las circunstancias del tráfico un vehículo no frena a tiempo, golpea al de delante y éste a su vez es “lanzado” contra el que tiene a su vez delante suyo.

Veamos los diferentes supuestos habituales en los accidentes en cadena.

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Cadena con 3 coches (A-B-C): qué pasa si B es “lanzado” contra A

Un primer escenario de accidente en cadena es el siguiente:

  • Tú circulas en el vehículo A, el vehículo B que circula detrás de ti te golpea por detrás, y un tercer coche C que va detrás del B le colisiona a su vez.
  • La culpa del accidente es del vehículo B, que te tiene que indemnizar a ti.
  • Pero también tiene culpa el vehículo C que tiene que indemnizar al B al colisionarle también.

Otro posible escenario es el siguiente:

  • El vehículo B se detiene correctamente detrás del A y el vehículo C que circula detrás suyo no frena a tiempo golpeándole y lanzándole contra el A.
  • En este caso el vehículo B no es culpable y el A tampoco: la responsabilidad total es del vehículo C, que tiene que indemnizar al vehículo A y al B.

Como en cualquier accidente necesitarás demostrar la culpa con pruebas como un Atestado, el estudio de los daños materiales, los posibles testigos o incluso las grabaciones de cámaras cercanas.

Doble alcance: cuando un vehículo recibe golpe detrás y delante

Muchos accidentes en cadena provocan daños materiales a un vehículo en la parte de delante y en la de detrás (es lo que se conoce como doble alcance).

Esto ocurre, por ejemplo, cuando te golpean por detrás y a consecuencia del impacto tu vehículo se desplaza colisionando al vehículo que tienes delante.

Tu coche va a tener daños delanteros y traseros, y esto puede provocar problemas con la aseguradora responsable por motivos como discutir la responsabilidad o su negativa a pagar los daños delanteros.

¿Y si el primero frena de golpe? Frenazo, visibilidad y causas externas

Muchos conductores tratan de justificar el provocar un alcance trasero con la excusa de “el de delante frenó muy brusco” o “no esperaba el frenazo y no pude evitar el golpe”.

En casi todos estos casos la culpa va a seguir siendo tuya, por muy brusca que haya sido la frenada del vehículo que llevas delante, salvo alguna excepción muy concreta.

El motivo es que hay que respetar siempre la distancia de seguridad, y más en condiciones de especial riesgo:

  • Un peligro sorpresivo.
  • Un semáforo que cambia de ámbar a rojo.

Malas condiciones climatológicas (niebla, lluvia, nieve).

Concurrencia de culpas: cuándo se reparte responsabilidad por porcentajes

En un accidente en cadena puede darse una situación de concurrencia de culpas, que ocurre cuando dos o más conductores implicados en el accidente tienen una parte de responsabilidad en el siniestro.

Esto es lo que puede ocurrir:

  • Que haya dudas sobre quién impactó primero a quién, o pueda haber varios impactos casi consecutivos.
  • Que dos o más conductores implicados hayan actuado de forma negligente contribuyendo en un porcentaje de culpa a la producción del daño.

Si se determina que hay concurrencia de culpas puedes tener derecho a recibir indemnización, pero ésta se reduce en proporción al porcentaje de culpa de cada parte.

Estas reclamaciones son más complejas y a menudo acaban en los Tribunales, por lo que te recomendamos asesorarte legalmente y no aceptar de primeras una oferta reducida porque te consideren responsable en parte del siniestro.

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¿Ibas en el coche del medio, el primero o el último? Qué puedes reclamar según tu posición

En un accidente en cadena tu posición en la dinámica del siniestro es determinante a la hora de saber a qué aseguradora debes reclamar.

Coche del medio: daños traseros, delanteros y cómo se atribuyen

Si tu vehículo es el que circula en medio pueden ocurrir dos cosas:

  • Que te golpee el vehículo de detrás y te desplace, golpeando tú al vehículo de delante.
  • Que te colisionen por detrás y tu pericia consiga evitar otra colisión con el de delante.

En el primer caso vas a tener daños materiales detrás y delante, y normalmente reclamarás todos ellos al vehículo que te golpea por detrás, que es el responsable.

Pasos que debes dar en estos casos:

  • Firmar dos partes amistosos: con el culpable que te da por detrás y con el que tu colisionas de delante, y en ambos casos explica que han intervenido tres vehículos, y cómo ha sido la dinámica del siniestro.
  • Si algún conductor no quiere firmar avisa a la policía de inmediato para que hagan un Atestado determinando cómo han ocurrido los hechos.

Primer coche: cuándo reclamas al último o al vehículo intermedio

Si tú eres el primer vehículo en el accidente en cadena esto es lo que puede pasar:

  • Cuando eres el vehículo A y recibes el golpe por detrás del vehículo B reclamas a la aseguradora del B, que es responsable del alcance trasero.
  • Si el vehículo B te colisiona por detrás y por ese golpe te lanzan y golpeas al vehículo C que tienes delante la culpa sigue siendo del B que te golpea a ti primero, y tanto tú como el vehículo de delante reclamáis al B.

Como en todo accidente en cadena es importante documentar con pruebas (Atestado, fotos, testigos, parte amistoso) la responsabilidad del vehículo que provoca la colisión en cadena.

Último coche: qué cubre tu seguro y qué riesgos de responsabilidad hay

En un alcance trasero lo habitual es que el último vehículo de la “cadena” tenga la culpa.

Si tú provocas el alcance en cadena pasa esto:

  • Tu aseguradora tiene que indemnizar las lesiones causadas a los demás vehículos (tanto al que colisionas directamente como al que pueda golpear este último a consecuencia de tu colisión).
  • Si tú tienes lesiones no podrás reclamar indemnización al ser culpable exclusivo del siniestro.
  • La reparación de tus daños materiales dependerá del seguro que tengas: a todo riesgo te lo cubre, a terceros no, y si tienes franquicia dependerá de lo que incluya.
  • Si eres culpable y llevabas ocupantes en el vehículo éstos pueden reclamar siempre sus lesiones, en cuyo caso paga tu aseguradora porque eres responsable.

Nuestro consejo es que te asesores si estás en esta situación, porque hay supuestos muy específicos donde, incluso siendo tú quien golpea por detrás primero, podrías no tener la “culpa absoluta”.

Ejemplo de accidente en cadena controvertido: tú golpeas por detrás, pero no eres culpable

Este es un ejemplo especialmente controvertido que ocurre a veces y que es difícil de reclamar, aunque con pruebas contundentes y ayuda legal puede ser viable:  

Tú circulas por un carril en el interior de la rotonda, y un vehículo B cambia de repente de carril y se coloca delante de ti sin señalizar la maniobra y sin dejarte espacio para reaccionar.

Tú golpeas por detrás al vehículo B que ha invadido tu carril por sorpresa, y el vehículo que circula detrás de ti te golpea a su vez por detrás.

Aunque la culpa en este caso sería del vehículo B que invade tu carril tendrías que demostrar una maniobra negligente que ha provocado el golpe, y todos los indicios apuntarán a que es tu culpa al ser quien golpea por detrás.

A su vez el vehículo que te ha golpeado por detrás en este caso tendría culpa si no guardaba la distancia de seguridad contigo, lo que ocurre en muchas ocasiones en las rotondas.

Nuestro consejo es que, aunque en apariencia parezcas culpable, no dejes de consultar legalmente tu caso, porque algunos de estos casos pueden reclamarse si hay pruebas sólidas

Si eras ocupante (pasajero): derecho a indemnización, aunque tu conductor sea culpable

El pasajero de un vehículo accidentado tiene siempre derecho a reclamar indemnización.

Lo que debes saber:

  • La reclamación se dirige a la compañía del vehículo culpable del accidente en cadena.
  • Si viajas en el vehículo responsable reclamas a su aseguradora, a ti no te afecta que tu conductor sea culpable a efectos de tu indemnización.
  • Si el culpable es un tercero reclamas a su compañía, igual que puede hacerlo el conductor del vehículo en que viajas cuando no es responsable.

Recuerda estas pautas:

  • Debes acreditar las lesiones y daños con documentos médicos, pruebas diagnósticas e informes del traumatólogo y el rehabilitador.

Tienes que demostrar quién ha sido culpable para evitar que la aseguradora a la que reclamas te ponga problemas para indemnizarte.

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Tipos de indemnizaciones que puedes reclamar tras un choque múltiple 

En un accidente en cadena puedes reclamar:

  • Los daños personales o lesiones.
  • Los daños materiales de tu vehículo y cualquier objeto que haya resultado dañado.
  • El perjuicio patrimonial si lo tienes (lucro cesante y daño emergente).

Para reclamar cada uno de estos conceptos necesitas justificar el daño documentalmente, valorar las lesiones aplicando el Baremo de Tráfico y tener siempre ayuda legal para tramitar la reclamación a la aseguradora.

Lesiones y secuelas: días de baja, tratamiento y perjuicio moral (Baremo)

El importe de tu indemnización por lesiones depende del daño que hayas tenido.

Aplicando el Baremo de Tráfico puedes reclamar por estos conceptos:

  • Los días de recuperación, que van desde el día que tuviste el accidente hasta el día que te dan el alta médica, cuyo pago varía según el tipo de días:

-Si has estado en tratamiento, pero haciendo tu vida habitual (perjuicio personal básico).

-Si has estado incapacitado para hacer tu vida normal, por ejemplo, estando de baja laboral por el accidente, o de reposo médico (perjuicio particular moderado).

-Si has estado ingresado en el Hospital por las lesiones sufridas (perjuicio particular grave).

-Si tuvieron que ingresarte en la UCI por el accidente (perjuicio particular muy grave).

  • Las secuelas que te hayan quedado después de darte el alta, tanto funcionales (como dolores o limitaciones de movilidad) como estéticas (como cicatrices, amputaciones o quemaduras).

Otros perjuicios recogidos en el Baremo asociados a víctimas más graves, como el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.

Esto debes saber sobre el cálculo de la indemnización por lesiones:

  • El cálculo no es automático, hay que conocer muy bien el Baremo y saber aplicarlo para asegurarte de que te pagan todo lo que te corresponde.
  • Es imprescindible acudir a Urgencias en un plazo máximo de 72 horas: si vas al médico más tarde no tendrás derecho a que te paguen las lesiones, aunque tengas informes posteriores a las 72 horas que demuestren el daño.
  • Tiene que haber una continuidad asistencial, es decir, demostrar tu evolución médica con informes del traumatólogo, rehabilitación, médico de familia, especialistas, y pruebas diagnósticas.

Daños materiales: reparación del vehículo, accesorios y objetos personales 

La indemnización por los daños materiales incluye:

  • La reparación de tu vehículo (recuerda la importancia de las pruebas para justificar daños delanteros y traseros en un alcance en cadena, las compañías suelen poner pegas en estos supuestos).
  • El pago del siniestro total del vehículo si el importe de la reparación es superior a su valor venal (asegúrate de que te pagan el valor de afección o valor venal mejorado en el siniestro, muchas compañías no lo pagan si no lo reclamas).
  • El pago de cualquier daño en objetos que llevaras en el vehículo, como sillas infantiles, dispositivos como móviles o GPS, gafas, maletas, ordenadores y otros.

Para reclamar estos daños es fundamental hacer fotografías de los objetos, conservarlos por si quiere verlos el perito de la compañía, y pedir presupuestos de reparación o facturas de arreglo.

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Gastos y pérdidas económicas: rehabilitación, transporte y lucro cesante 

Si has tenido perjuicio patrimonial puedes reclamarlo en tu indemnización siempre que lo puedas demostrar documentalmente.

En este apartado reclamas:

  • Los gastos que te origine el accidente (medicinas, sillas de ruedas, desplazamiento a los médicos, rehabilitación privada), que se reclaman como daño emergente y deben justificarse con facturas a tu nombre y pagadas por ti.

Los ingresos que hayas dejado de percibir o no hayas obtenido por culpa del accidente, como puede ser una reducción de tu nómina durante el tiempo que estuviste de baja laboral por el siniestro, que se reclaman como https://www.abogadoslesiones.es/lucro-cesante-en-accidente-de-trafico-reclamarlo-en-tu-indemnizacion/.

Recuerda si tienes que reclamar perjuicio patrimonial:

  • Estos conceptos no se pagan por las compañías si no demuestras el perjuicio causado con los documentos que correspondan.
  • Las aseguradoras suelen discutirlos y pueden no pagarlos porque no los reconocen o hacer oferta de pago, pero por importe inferior al que deberían.
  • En una indemnización por lesiones graves o muy graves el perjuicio patrimonial es especialmente importante porque puede suponer para la víctima muchos miles de euros adicionales.

Nuestra recomendación es que no aceptes ninguna oferta de la aseguradora sin haber consultado antes a un abogado experto y ajeno a las compañías, para evitar recibir una indemnización menor que no incluya estos conceptos.

Vehículo de sustitución y otros gastos reclamables: cuándo proceden

Tener o no derecho a un vehículo de sustitución si tienes un accidente en cadena depende de lo que tengas contratado en tu póliza de seguro.

Si por las circunstancias del accidente necesitas un vehículo alternativo para desplazarte porque los daños de tu vehículo no permiten utilizarlo puedes reclamar su importe siempre que esté justificado.

Por ejemplo, estás de viaje con tu familia, tras el accidente la grúa se lleva tu vehículo, y tienes que contratar un taxi o coger un coche de alquiler para regresar a casa. 

Cualquier otro gasto relacionado con el accidente (grúa, peajes, parking, desplazamientos) también son reclamables como daño emergente siempre que se justifique su necesidad y puedas probar su pago.

Si eras ocupante: qué puedes reclamar, aunque tu conductor sea culpable 

Si eres pasajero de un vehículo involucrado en un accidente en cadena puedes reclamar siempre la indemnización a la aseguradora del culpable.

Como cualquier otra víctima, tu reclamación puede incluir:

  • Lesiones o daños personales (días, secuelas y resto de factores de corrección según el Baremo que te correspondan).
  • Daños materiales (objetos que llevaras en el coche accidentado que han resultado dañados).
  • Perjuicio patrimonial si procede porque has tenido gastos o pérdidas económicas.

Recuerda que ser pasajero de un vehículo accidentado, aunque sea el culpable del siniestro, no te deja sin derecho a reclamar, y puedes hacerlo con garantías.

 

En resumen, los accidentes en cadena o colisiones múltiples suelen ser siempre conflictivos porque al intervenir varios vehículos y varias compañías la dificultad para determinar quién es responsable y debe pagar es mucho mayor.

En Abogados Lesiones conocemos a fondo estos casos y sabemos cómo orientarte para demostrar la culpa y asegurar que te paguen tu indemnización.

Si tienes dudas puedes resolverlas contactando con nosotros para recibir toda la información que necesitas en una consulta gratuita y sin compromiso.

Raúl García Jiménez es abogado y director de Abogados Lesiones, especializado desde hace más de 23 años en reclamaciones por accidentes de tráfico e indemnizaciones. Destaca por su enfoque cercano, su experiencia en responsabilidad civil y su compromiso con la defensa de las víctimas.

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