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Gastos por indemnización en accidente de tráfico: qué son y cómo puedes reclamarlos

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Reclamar los gastos por indemnización en accidente de tráfico no es nada sencillo y muchas víctimas ni siquiera saben que tienen derecho a que les paguen por todos ellos.

Hay mucha confusión con este concepto que se incluye dentro del llamado perjuicio patrimonial.

Pero, además, lo más probable es que tengas muchos problemas para que te los paguen:

  • Unas veces porque no los has demostrado.
  • Otras veces porque ignoras qué tipo de gastos puedes incluir en tu reclamación.
  • Y en muchas ocasiones porque desconoces que puedes reclamarlos.

Es muy importante saber que las compañías de seguros no te pagan ningún gasto si tú no lo reclamas.

Pero incluso cuando los reclamas, te van a poner muchos obstáculos para reconocerlos e incluirlos en su oferta de pago.

Da igual que tu accidente haya sido leve, grave o se trate de un fallecimiento, porque los gastos en la indemnización pueden reclamarse en los tres supuestos.

En este post vas a conocer qué se reclama como gastos, qué tipos hay, y las particularidades en caso de lesiones leves, grandes lesionados y fallecidos.

Es imprescindible que tengas asesoramiento legal para reclamar esta parte de tu indemnización, y en Abogados Lesiones sabemos cómo ayudarte a que te los paguen.

Qué son los gastos por indemnización en accidente de tráfico: el daño emergente

Cuando sufres un accidente sin tener la culpa exclusiva puedes tramitar una reclamación para que te paguen todos los perjuicios sufridos.

Esto incluye, por un lado, los daños materiales, y por otro, las lesiones o daños personales con sus secuelas y resto de factores de corrección.

Pero, además, el Baremo de Tráfico considera que la víctima debe ser indemnizada en su totalidad de los perjuicios sufridos.

Y parte de esos perjuicios que vas a tener son económicos.

Esta parte de la indemnización se conoce como perjuicio patrimonial e incluye dos tipos: el lucro cesante y el daño emergente.

El concepto de gasto comprende todo lo que hayas tenido que pagar por culpa del siniestro, gastos que no habrías tenido de no ser por el accidente.

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Eso es lo que se denomina “daño emergente” en el Baremo de Tráfico.

Esos desembolsos que has tenido que hacer te han supuesto un perjuicio patrimonial, y deben ser pagados por la aseguradora del responsable del siniestro.

Los gastos pueden ser presentes o actuales y futuros.

Los presentes son los inmediatos, que tienes que pagar durante el tiempo que te estás curando desde la fecha del accidente hasta tu alta médica.

Los futuros son los que previsiblemente vas a tener que pagar más adelante o el resto de tu vida, y son una consecuencia directa de tus lesiones y las secuelas que te queden.

Un ejemplo de gasto presente es el de farmacia, es decir, los medicamentos que has tenido que comprar para curarte, o el collarín cervical que te ha prescrito el médico.

Un ejemplo de gasto futuro es el que se reclama en una indemnización por lesiones graves cuando la víctima ha sufrido una amputación y va a tener que reponer cada X años la prótesis que le han puesto.

Hay dos requisitos claves para reclamar los gastos en una indemnización:

  • Tiene que haber una clara relación de causalidad entre el siniestro y los gastos que reclamas.
  • Es imprescindible acreditarlos y tienes que pedirlos tú en la reclamación, porque las compañías no los pagan si tú no los reclamas.

Los gastos por daño emergente son diferentes al lucro cesante

Muchos perjudicados en accidentes confunden la reclamación de los gastos derivados de un accidente (daño emergente) con el denominado lucro cesante, otro concepto que se puede reclamar dentro del perjuicio patrimonial.

En ambos casos hablamos de perjuicios económicos para la víctima, pero son diferentes.

Mientras que el daño emergente se refiere a los gastos que has tenido por el siniestro, el lucro cesante se refiere a las pérdidas económicas o beneficios no percibidos por el accidente.

Por ejemplo, si estás de baja laboral varios meses por culpa de tus lesiones y tu empresa te reduce la nómina a causa de la baja, estas cantidades dejadas de percibir son lucro cesante.

Quién puede reclamar los gastos en un accidente de tráfico

Si tú eres el culpable exclusivo del siniestro no puedes reclamar ninguna indemnización, ni por daños materiales, ni personales, ni gastos ni lucro cesante.

OJO con esto porque todos sabemos que hay muchos siniestros donde hay dudas con la culpa, o el contrario y tú tenéis versiones contradictorias y no os ponéis de acuerdo.

Cuando esto ocurre nuestra recomendación es que consultes tu caso con un abogado especialista en accidentes, porque en muchos de estos casos controvertidos se puede reclamar indemnización.

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¿Qué ocurre si eres víctima no culpable?

En este caso puedes reclamar todos los gastos que hayas tenido por el siniestro (presentes y futuros) siempre que puedas acreditarlos y sean consecuencia directa del accidente.

¿Y en el caso de los ocupantes?

Los pasajeros de un vehículo que sufren lesiones y daños pueden reclamar siempre, y es indiferente que vayas en el vehículo culpable o en el que no es responsable.

Cuando reclames una indemnización como ocupante podrás incluir siempre los gastos que hayas tenido por el siniestro, al margen de la culpa.

Qué dice el Baremo de Tráfico sobre los gastos en la indemnización

El Baremo de Tráfico alude a los gastos como daño emergente distinguiendo tres tipos:

  • Los que pueda tener una víctima con lesiones temporales.
  • Los de víctimas con lesiones graves y grandes lesionados.
  • Los derivados del fallecimiento de la víctima en el accidente.

Cada caso es diferente, pero en el caso de fallecidos y lesionados graves siempre va a haber gastos que reclamar, mientras que en siniestros más leves puede que tengas gastos o que no los tengas.

Algunos gastos pueden darse en los tres supuestos, como son los de asistencia sanitaria, mientras que otros son específicos de cada tipo de víctima.

¿Qué problemas te vas a encontrar?

En el caso de perjudicados con lesiones leves las compañías minimizan el alcance del daño y discuten los gastos con más facilidad.

Esto ocurre cuando reclamas, por ejemplo, una indemnización por esguince cervical, la lesión más típica, donde la aseguradora puede incluso a negarse a pagarte las propias lesiones.

En los casos graves las compañías pueden aceptar que tienen que pagar gastos, pero hacen los cálculos a la baja y así pagan menos indemnización.

Esto te perjudica porque en lesionados de gravedad el daño emergente incluye también los gastos futuros, y es complicado determinar qué cantidad exacta va a necesitar por este concepto.

Qué tipo de gastos en indemnización por accidente de tráfico puedes reclamar

Cada tipo de perjudicado (leve, grave o fallecido) puede tener gastos que se reclaman como daño emergente en el perjuicio patrimonial.

Como abogados de siniestros siempre insistimos en que cada caso debe valorarse de forma particular porque no hay dos víctimas iguales, aunque hay unos gastos más habituales que otros.

Los gastos por indemnización en un fallecimiento

Cuando una persona fallece en un accidente de circulación hay unos gastos que se van a producir en todo caso.

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Son los derivados del traslado de la víctima, su entierro, incineración o funeral, que deben pagarse como daño emergente.

Si la víctima fallece fuera de su lugar de residencia y los familiares tienen que acudir al lugar del accidente van a tener gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento, que también contempla el Baremo de Tráfico como indemnizables.

La Tabla 1.C del Baremo recoge esta indemnización a reclamar por los beneficiarios del fallecido con unos importes determinados, y si los gastos a reclamar son mayores hay que justificarlos.

Los gastos derivados de las lesiones temporales

Lesiones temporales son las que sufren la mayoría de víctimas de un accidente.

El daño puede ser mayor o menor, curando las lesiones después de un periodo de tratamiento médico más o menos largo, y dejando secuelas más o menos graves según el tipo de lesión.

El Baremo de Tráfico alude a los gastos de asistencia sanitaria y a otros gastos diversos en sus artículos 141 y 142.

Los de asistencia sanitaria son todos los que hayas necesitado durante todo tu periodo de recuperación hasta que recibes el alta médica.

Tienen que estar debidamente justificados y ser “razonables” desde el punto de vista médico en función de las lesiones que has tenido.

Otros gastos diversos dependen de cada víctima en particular y deben valorarse de forma personal, justificándolos siempre.

Estos son los gastos derivados de lesiones temporales que se suelen reclamar más habitualmente:

➡️Farmacia, que incluye no sólo medicamentos, sino también collarines cervicales, muletas, sillas de ruedas, ortesis y cualquier otro que haya sido prescrito por el médico.

➡️Rehabilitación, siempre que esté prescrita por el médico y que se haya hecho dentro del periodo de curación del lesionado, debiendo justificarse con las facturas correspondientes.

➡️Consultas de médicos y especialistas (traumatólogos, neurólogos, oftalmólogos, otorrinos…) necesarios para valorar y tratar las lesiones sufridas.

➡️Pruebas médicas prescritas por el profesional que corresponda para valorar el alcance de una lesión, como resonancias, ecografías, radiografías o un electromiograma, entre otras.

➡️Gastos de desplazamiento que la víctima tiene que hacer a Hospitales, Centros Médicos y clínicas de rehabilitación para tratarse las lesiones, como los de taxi, VTC, transporte público o incluso la gasolina si te desplazas en vehículo privado o te tienen que llevar.

Para reclamar estos gastos de desplazamiento si vas en taxi o un VTC hay que aportar facturas donde se indique punto de salida y punto de llegada.

También deberás aportar cualquier otro ticket o justificante, y si vas en vehículo particular deberás justificar el gasto en gasolina y el kilometraje realizado.

➡️Gastos de ayudas técnicas que necesite la víctima durante el periodo que sea necesario para el desarrollo de su vida ordinaria.

Por ejemplo, un gasto a reclamar es el de contratación de una enfermera o cuidadora para que acuda a casa del lesionado cuando no puede valerse por sí mismo por las lesiones sufridas.

Un caso muy habitual es cuando te han atropellado y sufres lesiones que te impiden moverte durante un tiempo, necesitando ayuda en casa para tu día a día.

Importante: uno o varios de estos gastos puedes tenerlos con lesiones más leves o más graves.

Todo depende las circunstancias personales de cada lesionado, y de que estén directamente relacionados con el accidente y los perjuicios sufridos.

Los gastos en una indemnización por accidente de tráfico de los grandes lesionados

Cuando una víctima sufre lesiones muy graves los gastos a sufragar son mucho mayores, y no sólo los presentes, sino también va a necesitar en el futuro, lo que complica mucho más su cálculo y reclamación.

Los grandes lesionados van a tener dos problemas para reclamarlos:

✔Uno es calcular estos gastos futuros, porque hay que conocer muy bien el Baremo y realizar complicadas operaciones para determinar su importe.

✔Otro es conseguir que la aseguradora quiera pagarlos, y si aceptan pagarlos, que no los valoren a la baja, porque la diferencia económica puede ser de miles de euros.

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Los gastos a reclamar los lesionados graves se pueden dividir en dos grandes grupos: la asistencia sanitaria futura que necesite la víctima y los derivados de perder su autonomía personal.

Vamos con ejemplos:

➡️Lesionado que queda en silla de ruedas de por vida (las sillas de ruedas hay que sustituirlas cada cierto tiempo).

➡️Víctima que sufre una amputación y se le coloca una prótesis, que hay que reponer cada X años.

➡️Gran lesionado que reclama indemnización por paraplejia o tetraplejia en un accidente y va a necesitar ayudas y cuidados toda la vida.

➡️Víctima que se queda en estado de coma o vegetativo o con secuelas neurológicas muy graves o trastornos graves neuropsicológicos.

A este tipo de perjudicados hay que reclamarles como parte de su indemnización los gastos sanitarios futuros que van a necesitar.

El Baremo establece unos límites en la suma de los puntos de secuelas de estos perjudicados a partir de los cuales puede reclamarse como daño emergente este tipo de gastos.

También incluye desglosados estos gastos con una serie de importes que habrá que valorar para establecer la cantidad concreta que se reclama a la compañía de seguros por cada uno de ellos.

Es imprescindible que este tipo de víctimas cuenten con acompañamiento legal en todo momento, para no dejar sin reclamar ninguna partida de gastos y hacer bien los cálculos de lo que van a necesitar el resto de su vida por estos conceptos.

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¿Qué se reclama en concepto de gastos por perder la autonomía personal?

El Baremo incluye una partida económica adicional para pagar a los lesionados que no van a poder hacer las actividades indispensables de su día a día de forma parcial o total a causa de las lesiones y secuelas sufridas.

Puede ser porque sufran un menoscabo físico, psíquico, orgánico o sensorial, y la cantidad a reclamar dependerá del alcance del daño y la situación de la víctima.

Los gastos que pueden reclamarse por pérdida de la autonomía personal son:

➡️Los que sean necesarios para adaptar la vivienda de la víctima a sus nuevas circunstancias.

Por ejemplo, hay que reformar las puertas de su vivienda para que pueda entrar una silla de ruedas, adaptar el baño o la cocina.

Cuando no es posible adaptarla el Baremo contempla la posibilidad de alquiler o compra de otra vivienda, siendo la aseguradora quien tiene que costear la diferencia entre la vivienda nueva y la anterior de la víctima.

➡️Los gastos relacionados con la movilidad de la víctima, como puede ser un vehículo adaptado a su nueva situación o el coste de los medios de desplazamiento que necesite.

El ejemplo más habitual es el del coche adaptado para personas en silla de ruedas o con extremidades amputadas.

➡️Los gastos para pagar la ayuda de otras personas en el cuidado de la víctima que ha perdido su autonomía personal, sean o no profesionales sanitarios.

Cómo acreditar los gastos por indemnización en accidente de tráfico para que te los paguen

Sean muchos o pocos gastos, todos los que hayas tenido debes reclamarlos en tu indemnización como daño emergente.

Pero ninguna compañía de seguros te va a pagar este concepto si no lo reclamas expresamente.

Para hacerlo es necesario probar su relación causal con el accidente y demostrarlos con la documentación correspondiente.

¿Qué debes hacer?

Pide facturas de todos los gastos y desembolsos que hagas por cualquier concepto relacionado con el accidente, y a tu nombre porque si las paga otra persona no podrás reclamarlas.

Guarda los justificantes de pago que acompañen a cada factura y evita pagos en efectivo (recomendamos pagar con tarjeta para dejar constancia, algunas compañías lo exigen).

➯Los gastos por pruebas diagnósticas y tratamiento rehabilitador sólo te las van a pagar si están dentro del periodo de curación y prescritas por un profesional sanitario.

➯Para los gastos de grandes lesionados será necesario contar con periciales médicas más específicas de expertos en valoración del daño corporal.

➯También pueden ser necesarios auditores, actuarios y otros profesionales que deben valorar el caso concreto para determinar qué cantidades reclamar por estos conceptos.

➯Si tienes que pagar a una persona para que te ayude en casa mientras estás convaleciente, sea para las tareas del hogar o para cuidarte, asegúrate de hacerlo bien (factura si es a través de empresas especializadas, o contrato laboral y alta en SS, según cada caso).

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Resumiendo, es posible reclamar los gastos por indemnización en accidente de tráfico, pero debes hacerlo siempre con ayuda legal.

Tener claro cómo y qué debes saber para calcular el daño emergente en un accidente de tráfico es indispensable si quieres que la aseguradora te pague todos tus gastos.

Recuerda en especial que nunca hablamos de sumas aritméticas en el cálculo de gastos futuros para grandes lesionados, un dinero que necesitan para el resto de su vida cuyo pago hay que exigir a la compañía.

No olvides que el Baremo para calcular la indemnización por un accidente de tráfico es complejo de entender y de aplicar.

Y ten en cuenta siempre que las aseguradoras tienden a no reconocer ni pagar los gastos de la víctima, por lo que debes acreditarlos bien para garantizar que te los paguen.

Si tienes preguntas o necesitas que te ayudemos con tu accidente de tráfico en Abogados Lesiones estamos aquí para resolver todas tus dudas sin compromiso.

Aquí puedes contarnos tu caso y contactaremos contigo para darte la información que necesitas sin coste alguno.

Nunca olvides nuestro compromiso contigo: si no ganamos, no cobramos.

Raúl García Jiménez es abogado y director de Abogados Lesiones, especializado desde hace más de 23 años en reclamaciones por accidentes de tráfico e indemnizaciones. Destaca por su enfoque cercano, su experiencia en responsabilidad civil y su compromiso con la defensa de las víctimas.

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