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Accidente de tráfico sin ITV: ¿se puede reclamar una indemnización?

Tener un accidente de tráfico sin la ITV en vigor crea mucha confusión a la hora de reclamar las posibles responsabilidades derivadas del siniestro.

Todos los conductores saben qué es la ITV, y también saben de su obligatoriedad.

Pero el dato más impactante nos lo da la DGT, y es que casi la mitad de los conductores incumplen con esa obligación y no pasan la ITV en los plazos establecidos.

Lo peor no es la sanción (porque la multa te cae seguro), sino el problema gordo que vas a tener si sufres un accidente de tráfico y no has pasado la ITV.

Puede que la tengas caducada, que sea negativa o que no la hayas pasado con éxito y sea desfavorable.

En todos los casos vas a tener problemas.

En Abogados Lesiones siempre recomendamos no cometer el error de circular sin ITV en vigor, no sólo por las multas (que son importantes).

También porque puedes poner en riesgo no sólo tu seguridad sino también la del resto de usuarios de la vía, con graves consecuencias si provocas un siniestro.

En este artículo analizamos qué puede ocurrir en un accidente de tráfico sin ITV en vigor, las sanciones y cuándo se puede reclamar una indemnización en este tipo de siniestros.

 

Qué puede pasar en un accidente de tráfico sin ITV en vigor

Si eres conductor y tu vehículo tiene más de 4 años ya te ha tocado pasar la famosa Inspección Técnica de Vehículos, conocida como ITV.

Si tienes una motocicleta de más de 4 años también te toca pasar la ITV, y si lo tuyo es un ciclomotor hasta los 3 años estás exento de pasar la ITV, y a partir de ahí también te toca.

Por lo tanto, lo primero que debes pensar es que este trámite es obligatorio si tu vehículo o moto tiene más de 4 años, y te tocará pasarla cada 2 años.

Cuando tu vehículo o moto llega a los 10 años desde que fue matriculado, la obligación de pasar la ITV es cada año.

Hoy en día es difícil que se nos “olvide” pasar la ITV, porque solemos recibir mensajes o un correo electrónico avisándonos de que tenemos que pasar la ITV.

Por lo tanto, no tienes excusa alguna para no cumplir con este trámite tan importante.

Y no hablamos sólo de la parte económica (porque las multas van a doler a tu bolsillo).

Por encima de las sanciones está tu responsabilidad como conductor, porque tu vehículo sin haber pasado la ITV se convierte en un elemento de riesgo para todos, incluyéndote a ti.

A partir de ahí, las consecuencias pueden ser terribles para tu persona y para tus bienes:

➯Podrías incurrir en responsabilidad penal si un Juez determina que el accidente con víctimas que has provocado se podría haber evitado de tener la ITV pasada y el vehículo en regla, lo que agrava más aún la situación.

➯Tu seguro se va a “lavar las manos”, y de hecho hoy en día muchas pólizas recogen una cláusula de exención de responsabilidad si no cumples con tus obligaciones administrativas, como es pasar la ITV en plazo.

Esto te puede suponer que tengas que hacerte cargo de tus daños y los de las víctimas, y la cosa puede ponerse muy complicada si causas muchos daños y te reclaman una indemnización por lesiones graves.

¿Qué debes tener presente en este tipo de siniestros?

  • Primero, que la culpa influye en una posible reclamación (quién es responsable y quién circulaba sin la ITV en vigor).
  • Segundo, que es necesario revisar a fondo tu póliza de seguro, porque todo varía según la compañía, la cobertura y el condicionado de la misma.

La importancia de tener en vigor siempre la ITV

Circular sin tener en regla la ITV es un gran error cuyas consecuencias van más allá de una simple multa.

Es posible que seas de los que piensan que este trámite no tiene tanta importancia o que es una pérdida de tiempo.

Sin embargo, pasar con éxito la ITV es una de las maneras de garantizar que nuestro vehículo es apto para circular y está en las condiciones técnicas y mecánicas adecuadas para hacerlo con seguridad.

En la inspección técnica se revisa a fondo el vehículo, se comprueba que está bien la estructura y carrocería y que sus sistemas funcionan correctamente (estado del motor, emisión de gases, transmisión, tuberías o batería, entre otras comprobaciones).

Siendo un trámite tan importante es lógico que las compañías de seguros quieran asegurarse en sus coberturas de que cumples con la inspección.

En caso de no hacerlo te vas a encontrar con exclusiones y cambios en sus condiciones que te afectan directamente en caso de tener un accidente de tráfico sin la ITV, en especial si eres culpable del mismo.

Recuerda esto:

➡️Casi la mitad de los vehículos no consiguen pasar la ITV.

➡️Si ocurre un siniestro con un coche o moto que no ha pasado la ITV la Ley de Contrato de Seguro determina que la aseguradora se puede negar a abonar las indemnizaciones derivadas del accidente.

➡️La clave para determinar la responsabilidad y ver si se puede o no reclamar los daños está en quién no lleva en vigor la ITV: si es la víctima o el culpable.

Las sanciones por circular sin ITV

La multa por no tener en regla la ITV es lo primero que te van a poner, y eso en todo caso, seas el culpable de un siniestro o seas la víctima, al tratarse de una infracción grave.

Las sanciones que te pueden imponer suelen ser elevadas y van a depender de la mayor o menor gravedad de la infracción cometida.

Recuerda que te van a multar tanto si no has pasado en plazo la inspección como si la has pasado pero el resultado es desfavorable, porque en todos los supuestos la ITV no está correcta.

Estas son las sanciones que pueden ponerte:

Multa de 200 euros y la posible inmovilización de tu vehículo si te pillan circulando y tienes caducada la ITV.

Los agentes de Policía te van a dar 10 días para que cumplas con el trámite, y no podrás seguir circulando si no cumples con ello.

Recuerda que a la multa tienes que añadir el coste que supone la inmovilización de tu coche o moto y el depósito municipal.

Multa de hasta 500 euros si has pasado la ITV, pero ha sido desfavorable por causa de fallos mecánicos.

Tienes 10 días para trasladarlo al taller y que te arreglen las causas que han provocado que la inspección haya sido negativa y no puedes seguir circulando hasta resolver el problema.

Multa de 200 euros si te pillan circulando y no has llevado el vehículo a reparar los defectos detectados al pasar la ITV en el plazo que te han concedido para arreglarlo.

Hasta aquí las multas que como ves son importantes.

Pero el peor escenario posible es sufrir un accidente de tráfico sin la ITV en vigor, y es un problema seas conductor de un vehículo o de una moto que no han pasado la inspección.

En estos casos interviene la aseguradora, y la principal consecuencia es que posiblemente se niegue a cubrirte los daños.

La situación es similar a los casos de accidente con alcoholemia, donde las compañías de seguros también utilizan las cláusulas de exención de responsabilidad.

¿Hay derecho a indemnización en un accidente de tráfico sin ITV?

Pues SÍ y NO.

Todo va a depender del conductor del vehículo que NO tenga la ITV en vigor, y de quién ha sido el responsable del siniestro.

Qué ocurre si tienes la culpa del accidente y tu vehículo no tiene la ITV en vigor

Este es el peor de los escenarios que te puedes encontrar y va más allá de la simple sanción por no tener en regla la inspección técnica de tu vehículo.

Recuerda que puedes ser claramente culpable o que el siniestro sea dudoso, por ejemplo cuando es un accidente con versiones contradictorias porque el otro conductor y tú no os pongáis de acuerdo sobre la responsabilidad.

Lo mismo ocurre si hay una concurrencia de culpas y ambos conductores habéis tenido una parte mayor o menor de responsabilidad.

En estos casos vas a tener problemas siempre con la compañía de seguros, porque intentarán echarte la culpa y apoyarse en que tampoco cumples con tu obligación de llevar en vigor la ITV.

Nuestra recomendación es NO dar nunca por buena esa supuesta culpa y asesorarte con un abogado especialista en accidentes, incluso si parece que en principio es tuya la responsabilidad.

Imagina que tienes la culpa exclusiva, está muy clara, y, además, circulas sin tener en regla la ITV.

De momento vas a tener que pagar la multa que te corresponda por la infracción grave de circular sin tener en vigor la ITV.

En cuanto al accidente de tráfico, hay que estudiar a fondo tu póliza de seguros, pero lo habitual es que tu compañía de seguros pague a las víctimas las indemnizaciones que correspondan por los daños sufridos.

Ahora bien, NO va a pagarte a ti cantidad alguna por tus propias lesiones y daños, al haber sido el responsable del siniestro.

Y lo que es peor: lo más seguro es que después tu compañía te reclame a ti las indemnizaciones que haya pagado a los perjudicados, aplicando la cláusula de exclusión que suelen incluir para estos casos en las pólizas.

Esto puede suponerte la ruina como hayas provocado un accidente de gravedad y las víctimas reclamen una indemnización por lesiones graves, porque tienes que pagar de tu bolsillo.

Lo mismo ocurre si en el siniestro ha habido algún fallecido, porque en este caso es la familia de la víctima quien reclama, y aunque pague tu compañía luego te va a reclamar a ti.

¿Y si viajabas como pasajero en el vehículo culpable del accidente que circula sin ITV?

En este caso puedes reclamar tu indemnización como ocupante sin problema alguno a la compañía de seguros del vehículo en el que viajabas.

Consejo legal: busca de inmediato ayuda legal especializada, sea como sea el accidente y digan lo que digan sobre tu culpa.

Recuerda que en un siniestro no todo es blanco o negro, y que el hecho de circular sin la ITV en vigor predispone a las compañías a considerarte culpable.

Qué ocurre si NO tienes la culpa del accidente, pero tu vehículo no tiene la ITV en vigor

En este supuesto hay que separar la parte de la sanción administrativa de lo que es la reclamación de una indemnización como parte perjudicada.

Dicho de otro modo, ser la víctima no te exime de tener que pagar la multa que te pongan por circular sin ITV.

Pero por otro lado hay un culpable del siniestro, y si has tenido lesiones y daños puedes reclamar como perjudicado a la aseguradora del culpable. 

Sin embargo, tienes otro “castigo” por no tener en regla la ITV: lo más seguro es que tu compañía aseguradora no te permita utilizar la cobertura por defensa jurídica.

Como sabes, esta cobertura te permite en caso de accidente de tráfico contar con ayuda legal gratuita, pudiendo elegir a un abogado de tu confianza para defender tus intereses.

Si circulas sin la ITV en regla te quedas sin esta cobertura, como una penalización adicional.

Nuestra recomendación es que busques cuanto antes ayuda legal, aunque no tengas defensa jurídica, por dos razones:

➡️Evitas posibles problemas si hay dudas sobre la culpa en el accidente.

➡️Tienes asesoramiento en todo el proceso de reclamación, tanto para valorar tus lesiones como para saber lo que tienes que reclamar.

Recuerda que tú no conoces el Baremo de Tráfico para calcular la indemnización que te corresponde, y no sabes cuánto y cómo puedes pedir.

No podemos olvidar que los cálculos de las compañías de seguros son siempre en valores mínimos, y si no tienes un buen asesoramiento lo más probable es que acabes cobrando una indemnización más baja de lo que te deberían pagarte.

Qué ocurre si NO tienes la culpa del accidente y es el contrario quien circula sin ITV en vigor

En realidad, esta situación a ti no te afecta.

Tú no eres responsable y te da igual que el otro conductor lleve o no en regla la ITV.

La sanción económica es para él y es a su compañía a quien vas a reclamar tus daños, que te pagará la indemnización, aunque luego reclame a su asegurado ejerciendo el derecho de repetición.

Qué ocurre si mi vehículo no tiene en vigor la ITV y el accidente se ha debido a un fallo mecánico o técnico

Este es un escenario que ocurre más veces de lo que crees.

Ten en cuenta que uno de los objetivos de la Inspección Técnica de Vehículos es detectar si hay algún tipo de problema mecánico o fallo técnico que afecte a la seguridad en la circulación.

Si tú no has pasado la ITV, puede ocurrir que tu vehículo tenga alguno de esos fallos y provoques un accidente de tráfico cuya causa sea, precisamente, ese problema que se habría detectado de haber pasado la inspección.

¿Qué ocurre en estos casos?

➯Tienes que pagar la multa que te corresponda por no tener en regla la ITV.

➯Tu compañía no te va a pagar los daños materiales de tu vehículo (salvo muy escasas excepciones en algunas pólizas de seguro a todo riesgo).

Tampoco va a hacerse cargo de indemnizarte por las lesiones sufridas en el accidente.

➯Si tú eres el culpable pagará a las víctimas, pero luego te va a repercutir esas cantidades que tendrás que devolver a la aseguradora.

➯Si el accidente es muy grave y hay grandes lesionados o fallecidos puedes tener una posible responsabilidad penal.

Resumiendo: lo mires como lo mires, circular sin ITV no te compensa de ninguna de las maneras, y las consecuencias pueden ser muy graves tanto para ti como para tu bolsillo.

Reclamar por un accidente de tráfico sin ITV: en qué consiste la indemnización

Imagina que todo está claro, tú eres la víctima de un siniestro donde el culpable circulaba sin ITV, o lo hacías tú, pero no tienes la culpa del accidente.

En ambos casos y al margen del problema administrativo que supone no tener la ITV pasada, tienes que reclamar la indemnización que te corresponde por los daños sufridos.

¿Qué puedes pedir?

Tu indemnización va a depender de la mayor o menor gravedad del daño: cuanto mayor sea más se incrementa la cantidad a reclamar.

El punto de partida es el Baremo de Tráfico,  que hay que conocer muy bien porque no es sencillo de entender ni de aplicar.

Recuerda lo primero que cada siniestro es diferente, y por eso hay que estudiar a fondo las circunstancias de cada uno para saber qué puedes reclamar.

En términos generales tu indemnización, que se reclama a la aseguradora del culpable, tiene tres partes:

Daños materiales en tu vehículo (reparación o pago del siniestro si no puede repararse o el importe del arreglo supera el valor del coche o moto).

También se incluyen como daños materiales la restitución o reparación de objetos como equipajes, daños en unas gafas, en un teléfono, en un ordenador, o cualquier cosa que llevaras en el vehículo accidentado.

Daños personales, es decir, las lesiones sufridas.

Aquí todo va a depender de su mayor o menor gravedad.

Esta parte de tu indemnización es la más compleja de calcular, porque no puede hacerse de forma automática, ni es como sumar dos y dos.

A esto hay que añadir que las compañías de seguros calculan las indemnizaciones siempre tirando a valores mínimos, en lugar de tener en cuenta la realidad lesional de la víctima.

Esto ocurre tanto si has tenido daños leves como si han sido de gravedad.

Si tienes que reclamar daños leves como en una indemnización por esguince cervical, la aseguradora no te va a querer pagar si tus daños materiales son escasos, aplicando el artículo 135 del Baremo.

Tampoco en estos casos valoran secuelas, al considerar que este tipo de lesiones curan rápido, aplicando criterios estadísticos en lugar de valorar cómo te encuentras en realidad.

Si las lesiones son severas y tienes secuelas, aplicarán siempre la menor puntuación para pagar una indemnización menor.

Por eso la indemnización por secuelas en accidentes graves es tan compleja de valorar.

Puedes perder miles de euros si aceptas la oferta de la aseguradora sin que un abogado de tu confianza haga el cálculo y reclame lo que te corresponde.

En términos generales la indemnización incluye el pago de los días que has tardado en restablecerte y las posibles secuelas que te hayan quedado después de tu alta médica, tanto funcionales como estéticas.

El Baremo establece las pautas para este cálculo, que debe hacerse de forma personalizada en función de los daños concretos que has sufrido.

Hay otros factores a valorar que se aplican a los lesionados más graves, y que dependen de cada caso, como el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.

Insistimos en que cada caso es diferente, por eso necesitas ayuda legal ajena a las compañías que valore de verdad tu daño real y sus consecuencias.

Perjuicio patrimonial, que incluye valorar si has tenido pérdidas económicas por el accidente (lucro cesante) como el pago por la aseguradora de  los gastos que te ha supuesto sufrir el siniestro (daño emergente).

Ambas partidas son poco reconocidas por las compañías, y tienen que acreditarse muy bien para que te incluyan estos perjuicios en tu indemnización.

En algunos casos esta parte de la reclamación suma importantes cantidades, sobre todo en lesionados graves o cuando se reclama una indemnización por muerte en el accidente, donde reclama la familia de la víctima.

Resumiendo:

➡️NO cometas nunca el error de circular sin tener en regla la ITV: las consecuencias van mucho más allá de una sanción económica.

➡️Si tienes un accidente de tráfico sin ITV y tienes la culpa vas a tener un grave problema con el seguro y posiblemente la compañía acabe reclamándote las indemnizaciones de las víctimas.

➡️La responsabilidad no siempre está clara y esto te perjudica, predisponiendo a las compañías a considerarte culpable por el hecho de circular sin ITV.

➡️Busca asesoramiento legal especializado de inmediato, para saber de antemano si puedes reclamar o cómo defender tus intereses, al margen de la infracción administrativa que supone circular sin la ITV en vigor.

En Abogados Lesiones conocemos a fondo este tipo de reclamaciones y podemos ayudarte.

Aquí puedes dejarnos tu consulta y recibirás nuestro asesoramiento inicial sin coste ni compromiso.

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