Cuando tienes que reclamar una indemnización por un accidente con conducción temeraria la cosa se complica porque es probable que haya un delito penal de por medio.
Si tú eres el infractor que circula de forma temeraria te enfrentas a multas, posibles penas de prisión y otras consecuencias penales.
Uno de los delitos más graves que pueden ocurrir circulando es la conducción temeraria, recogido en nuestro Código Penal.
Su gravedad se debe a que quien conduce temerariamente no ha respetado las normas de circulación, pero, además, pone en peligro la vida y la integridad física de los demás conductores.
Las consecuencias de esta conducta pueden ser gravísimas cuando provocan un accidente con heridos e incluso fallecidos.
En este artículo analizamos el delito, las consecuencias para víctima y para infractor, y qué debes hacer para reclamar la indemnización si eres parte perjudicada y has sufrido lesiones y daños.
Es imprescindible que como víctima tengas asesoramiento legal para defender tus derechos y reclamar los perjuicios sufridos, porque estos procedimientos suelen acabar en el Juzgado.
Recuerda que puedes aprovechar la cobertura por defensa jurídica de tu póliza para tramitar tu accidente con ayuda legal gratuita del abogado particular que quieras para asesorarte.
Problemas al reclamar una indemnización accidente con conducción temeraria
Seguro que ya sabes que en cualquier accidente de circulación donde hay que reclamar lesiones y daños pueden ocurrir muchas cosas que complican recibir una indemnización.
En los casos de conducción temeraria el problema no suele ser la culpa, porque si alguien circula temerariamente y provoca un siniestro es responsable sí o sí.
Pero en muchos casos la reclamación va a ir acompañada de un delito penal, lo que conlleva que se pongan en marcha actuaciones judiciales donde como víctima tienes que personarte.
Por desgracia, la conducción temeraria puede provocar siniestros muy violentos que causen lesiones graves o incluso fallecimientos, y que los familiares de la víctima tengan que reclamar la indemnización por muerte en un accidente, lo que complica más la reclamación.

A lo anterior tenemos que añadir el modo de funcionar de las compañías de seguros, que siempre actúan en su propio interés, máxime en estos casos donde las indemnizaciones pueden ser muy elevadas.
Como las aseguradoras no protegen el interés de las víctimas éstas siempre están en desventaja, y si no tienen ayuda legal van a recibir una indemnización menor de lo que les corresponde.
En los accidentes con conducción temeraria suele haber siempre Atestado de la policía o de la Guardia Civil, según el caso, que se remite al Juzgado Penal que corresponda.
Si eres víctima de uno de estos siniestros no vas a saber por dónde empezar: localizar el Atestado, personarse en el Juzgado, hacer la reclamación de los daños, el juicio penal…
El abogado especialista en accidentes de tráfico es imprescindible, no sólo porque lo necesitas por Ley para las actuaciones judiciales, sino también porque te va a acompañar en toda la reclamación con los trámites y la información que necesitas.
El tipo penal delictivo cuando reclamas indemnización por accidente con conducción temeraria
Los artículos 380 y 381 del Código Penal recogen el delito de conducción temeraria, considerado grave y de los llamados “delitos de peligro”.
Esto es así porque quien conduce de forma temeraria lo hace actuando con negligencia, sin hacer caso de las normas de circulación, y poniendo en grave riesgo la vida de los demás.
Por eso se considera un delito doloso, es decir, el conductor actúa de manera consciente y con intención sabiendo que su conducta es peligrosa y contraria a la Ley.
En este caso la seguridad de las personas es el bien jurídico que se protege, y el peligro se puede causar a terceros o también a los ocupantes del vehículo que circula de forma temeraria.
La conducción temeraria puede ser más o menos grave y las consecuencias penales para el conductor culpable varían en función de esa gravedad.
Estos son ejemplos de conducción temeraria que se cometen de forma más habitual:
➡️El conductor que circula con su vehículo o moto por el centro de la ciudad a 140 km/hora metiéndose entre los otros coches haciendo zigzag.
Si conduces superando en más de 60 kilómetros/h los límites establecidos de velocidad en una vía urbana o superando en más de 80 kilómetros/h esos límites en vías interurbanas ya estás cometiendo un delito de conducción temeraria.
➡️El clásico “kamikaze” que recorre la autovía en sentido contrario circulando a mucha velocidad.
➡️El conductor que circula sin luces o sin freno, sabiendo lo peligroso que es y teniendo altas probabilidades de colisionar con otros conductores.
➡️Quien circula de manera temeraria por una zona peatonal por donde no puede ir.
➡️Todos los que se pongan al volante habiendo consumido alcohol o drogas, algo tan habitual en España y que afecta a su capacidad de reacción y de conducción causando un grave riesgo.
➡️Los conductores de carreras ilegales, que pueden desembocar en siniestros muy graves, en especial si atropellan a personas o colisionan con otros vehículos.
➡️Quien realiza adelantamientos prohibidos, se salta un semáforo rojo o realiza cualquier otra maniobra peligrosa y no permitida.
En todos estos casos el conductor sabe que está actuando en contra de las normas de circulación y que su conducta dolosa puede provocar daños y lesiones a otras personas.
Las penas que se imponen en un delito de conducción temeraria
La gravedad de la conducta que constituya conducción temeraria es determinante a la hora de aplicar las penas para este delito.
Estas son las consecuencias de circular cometiendo el delito de conducción temeraria:
➯Hay penas de cárcel que varían dependiendo de la mayor o menor gravedad de la conducta delictiva:
- Artículo 380 CP: prisión de 6 meses a 2 años.
- Artículo 381.1 CP: prisión de 2 a 5 años.
- 381.2 CP: prisión de 1 a 2 años.
OJO porque la condena a prisión puede ser mayor cuando el infractor ha causado lesiones y daños a otras personas al provocar un accidente, y peor aún si alguna de las víctimas fallece en el siniestro.
➯Te retiran el carnet de conducir por un periodo entre 1 y 6 años dependiendo de si tu conducta delictiva ha sido más o menos grave.
➯Te enfrentas a multas que pueden oscilar entre 6 y 24 meses en función de lo grave que haya sido la infracción.
➯Como alternativa a la cárcel y sólo en casos muy concretos pueden condenarte a trabajos en beneficio de la Comunidad.

El Juez determinará la mayor o menor gravedad de la conducta.
Por ejemplo, no es igual si circulas por una autovía en sentido contrario a 150 km/hora a plena luz del día, que hacerlo de noche por una autovía vacía.
En el primer caso estás poniendo en peligro deliberadamente a otras personas, mientras que en el segundo tú te pones en riesgo, pero no hay riesgo para otros.
La infracción existe igual, aunque sea menos grave.
¿Cuándo es infracción administrativa si conduces de forma temeraria?
No siempre la conducción temeraria va a ser constitutiva de delito.
Para que haya conducta delictiva es necesario que se cumplan dos requisitos: circular con temeridad manifiesta creando una situación de peligro y poner en riesgo al resto de conductores o peatones.
De lo contrario hay conducción temeraria, pero se considera infracción administrativa, y cuando es grave pueden ponerte hasta 500 euros de multa y quitarte 6 puntos del permiso de conducir.
¿Eres la víctima que reclama indemnización por accidente con conducción temeraria? Así debes actuar
Si tú o alguien de tu entorno sufre lesiones y daños en un accidente donde el contrario circula de forma temeraria tienes derecho a reclamar indemnización por los perjuicios sufridos.
Si en el siniestro hay fallecidos es la familia de la víctima quien reclama las indemnizaciones que correspondan.
En estos casos son los beneficiarios del fallecido (cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados, como indica el Baremo de Tráfico) quienes reclaman la indemnización por fallecimiento en el accidente.
¿Qué ocurre en un siniestro con conducción temeraria?
Lo habitual es que estos accidentes sean graves, porque la conducta delictiva ya está generando de por sí una situación de peligro real.
La velocidad es uno de los principales factores de riesgo y es normal que genere daños y lesiones mucho más graves a los perjudicados por el accidente.

¿Qué debes hacer?
Si se han personado los agentes de la autoridad en el lugar tras el siniestro, que es lo habitual, levantarán un Atestado que remiten al Juzgado Penal que corresponda.
El Juzgado abre unas Diligencias Previas donde tienes que personarte como acusación y parte perjudicada en el accidente.
Para ello necesitas hacerlo por Ley con un abogado de siniestros experto en accidentes de tráfico, para asegurarte que tiene los conocimientos necesarios para defender tus intereses.
Estos procesos judiciales suelen ser largos, y requieren una serie de trámites legales donde la víctima debe estar siempre bien asesorada.
Para valorar la indemnización hay que esperar a que la víctima se haya restablecido para determinar el alcance de sus daños y reclamar la indemnización correspondiente.
Tu abogado pedirá el Atestado y te irá indicando los pasos a dar tanto en la parte de tu evolución médica como en la parte legal de las actuaciones penales.
¿Qué puedes reclamar en una indemnización por accidente con conducción temeraria?
Como en cualquier otro siniestro puedes tener daños materiales, personales o el conocido como perjuicio patrimonial.
✔ El pago de los daños materiales comprende:
La reparación de tu vehículo o motocicleta, o el pago del siniestro total cuando el valor del arreglo es superior al valor de mercado de tu coche o moto.
En los accidentes por conducción temeraria es fácil que tu vehículo resulte siniestro total, sobre todo si el impacto se produce por exceso de velocidad.
Si en el accidente se dañan otros elementos u objetos como maletas, bolsos de viaje, un ordenador, un móvil, unas gafas, el casco de tu moto o bici, o cualquier otro elemento, puedes reclamar su reparación o sustitución.
Lo mismo ocurre si tienes que reclamar daños por un accidente de bicicleta donde el contrario es culpable de un delito por conducción temeraria.
✔ La indemnización por las lesiones sufridas
Es la parte más compleja de tu reclamación, porque es muy probable que tengas lesiones de gravedad en este tipo de siniestros.
La indemnización por lesiones graves tarda más en el tiempo, dado que la víctima necesita periodos más largos para restablecerse.
Pero, además, su cálculo es muy complejo y comprende multitud de factores que resultan de aplicar el Baremo de Tráfico, una normativa extensa y difícil de entender si no se conoce.
Las víctimas de gravedad y en especial los grandes lesionados suelen tardar meses e incluso años en estabilizarse, y les quedan multitud de secuelas que también hay que valorar.
Además, el Baremo establece otros factores de corrección que hay que ver si procede reclamar en cada caso particular, como es el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, que suele disparar la cuantía de la indemnización.
Es muy importante saber que el cálculo de este tipo de indemnizaciones no consiste en hacer una suma aritmética, sino que requiere cálculos muy específicos aplicando el Baremo.
En términos generales la indemnización en un accidente con conducción temeraria por las lesiones incluye:
➡️Los días totales que tardas en recuperarte, desde que tienes el siniestro hasta que tu médico decide darte el alta médica.
Se valoran con una u otra cantidad dependiendo de si has estado en el hospital o en la UCI, si estuviste de baja laboral o incapacitado para tus tareas habituales de la vida norma, o si estuviste en tratamiento rehabilitador.
➡️Las secuelas que tengas cuando tu médico te da el alta, tanto funcionales, orgánicas y sensoriales como estéticas, valorándose ambos tipos por separado.
Una de las partes más complicadas es saber cómo calcular los puntos de secuelas en un accidente de tráfico.

La dificultad está en que cada secuela tiene una horquilla de puntos que se valoran según su gravedad, y cada punto vale un dinero según la edad de la víctima.
En un accidente con conducción temeraria donde suele haber lesiones graves suele haber muchas secuelas que valorar, lo que complica el cálculo.
A esto añadimos que las compañías siempre intentarán pagar una indemnización menor, haciendo una oferta por secuelas menor de lo que deberían.
➡️Los demás factores de corrección especiales que se aplican a cada víctima según tiene o no derecho a reclamarlos, que deben valorarse uno a uno (y siempre con ayuda legal).
✔ La reclamación del perjuicio patrimonial
Es muy normal que haya que reclamar este concepto en la indemnización de un accidente con conducción temeraria, pero las aseguradoras ponen muchas trabas para pagarlo.
Se incluyen en este apartado tanto el lucro cesante como el daño emergente, ambos relacionados con perjuicios económicos de la víctima.
Cuando se reclama lucro cesante es porque la víctima pierde dinero o deja de ganarlo por culpa del siniestro, por ejemplo, si está de baja por el accidente y no le pagan parte de su nómina.
En cambio, la indemnización por daño emergente se refiere a gastos relacionados el siniestro, que pueden ser desde pruebas médicas hasta de desplazamiento o facturas de farmacia.
OJO porque en las víctimas con lesiones graves, tan habituales en un accidente con conducción temeraria, estos conceptos son especialmente importantes y suelen consistir en cantidades económicas muy elevadas.
Todo este cálculo hay que realizarlo en su momento con ayuda legal para reclamar la indemnización correspondiente.
¿Qué ocurre si soy ocupante de un vehículo cuyo conductor circula de manera temeraria?
Cuidado con esto porque hay una importante diferencia que debes conocer.
Si tú vas voluntariamente en un vehículo que circula de forma temeraria, te expones a quedarte sin indemnización, porque estás aceptando el peligro de viajar así.
Pero si tú no quieres, pides al conductor que pare el coche para bajarte y éste se niega, podrás reclamar igualmente tu indemnización, con el agravante para el conductor que puede enfrentarse a otro delito adicional por negarse a que abandones el vehículo.
Por ejemplo, te subes con un colega que pone el coche a 150 km/hora en la autovía y se niega a aminorar la velocidad y dejarte bajar del vehículo.
Ahora bien, si eres ocupante de un vehículo no culpable involucrado en un siniestro con conducción temeraria podrás reclamar indemnización siempre.
¿Qué ocurre si eres el culpable en la reclamación de una indemnización por accidente con conducción temeraria?
Si eres tú quien circula de forma temeraria te enfrentas a un posible delito o que te impongan una infracción administrativa grave.
Las consecuencias penales ya sabes cuales son, y lo mismo si te ponen una multa administrativa, como hemos visto.

Pero lo que más te va a perjudicar es provocar un accidente circulando temerariamente y causar lesiones a otras personas o lo que es peor, el fallecimiento de alguna de ellas.
En este caso te enfrentas a penas mucho más graves, al margen de que los daños que tú hayas tenido no podrás reclamarlos al ser culpable y haber actuado con dolo y poniendo en riesgo la seguridad de los demás.
En resumen:
➡️Tienes derecho a una indemnización por accidente con conducción temeraria siempre que seas la víctima y no tengas culpa alguna en el siniestro.
➡️Cuando el conductor culpable es acusado de un delito de conducción temeraria deberás personarte en las actuaciones penales que se tramiten por el delito.
➡️La Ley te obliga a hacerlo siempre con abogado, y es fundamental que sea un experto en reclamaciones por accidentes de circulación.
➡️Como en cualquier siniestro las aseguradoras no van a ayudarte y van a valorar tus lesiones y daños siempre a la baja porque así pagan menos.
Si tú o alguien de tu entorno se encuentra en esta situación, asesórate legalmente de inmediato para garantizar que tu reclamación salga adelante con garantías.
En Abogados Lesiones somos también especialistas en Derecho Penal y accidentes producidos por delitos contra la Seguridad Vial, y podemos ayudarte en la defensa de tus derechos.
Puedes dejarnos tu consulta o llamarnos y resolveremos tus dudas sin compromiso para que tengas toda la información que necesitas.
Y no olvides nuestro compromiso contigo: si no ganamos, no cobramos.
